Despidos e indemnizaciones: de qué se trata la "regla de oro" que la oposición busca reinstalar
Con una inflación en alza y aumentos de precios disparados, muchas empresas y Pymes ya comenzaron a recortar gastos y anticipan posibles despidos ante la imposibilidad de mantener la estabilidad de su personal.
Ante esa situación, el diputado radical, Martín Tetaz, presentó un proyecto "para volver a darle previsibilidad al mercado laboral" y volver a instaurar "la regla de oro de las indemnizaciones. En el mundo que funcionó hasta la década del noventa y aseguraba un sueldo por cada año de trabajo".
Despidos e indemnizaciones: la oposición busca reinstalar la "regla de oro"
"Esa lógica se rompió con las leyes del menemismo que buscó formalizar la economía y penalizar la registración e hicieron que las multas estén asociadas a eso para que formen parte de la indemnización. Eso generó incentivos para fomentar la industria del juicio laboral", explicó a iProfesional, Martín Tetaz.
Según Tetaz, el proyecto busca "derogar esas leyes y destrabar el mercado laboral, sin tocar la ley de Contrato de Trabajo ni los derechos de los trabajadores".
"Lo único que hacemos es desconectar la indemnización de las multas de la AFIP, y que la AFIP trabaje por su cuenta para mejorar el problema de registración", señaló el diputado nacional.
Qué plantea el proyecto
Según Tetaz: "El escenario actual de recesión e inflación del cuál las PYMES y empresas de nuestro país no son ajenas, luego de haber atravesado la pandemia acaecida por el Covid-19, lleva a replantearnos normas existentes en pos de una reforma acorde a la situación actual con el afán de ayudar a una de los eslabones más importantes de nuestra economía".
Para Tetaz, "es necesario actualizar y modernizar las normas laborales. En este proyecto como primera medida venimos a derogar la ley 25.323 que fue promotora de las indemnizaciones agravadas e incrementadas en caso de empleo no registrado".
"Consideramos que el tratamiento correcto es tratar dicho incumplimiento como multas que le corresponden a todo empleador y afrontar por incumplimiento normativo y no deben formar parte de la indemnización de los trabajadores. Desde la sanción de dicha norma que aquí venimos a derogar, hace ya más de 20 años, los juicios laborales se han incrementado, lo que conlleva a que, lamentablemente infinidad de PYMES vayan a la quiebra o no contraten personal", precisó.
¿Qué dice la ley?
La Ley 25.323 sancionada en septiembre de 2.000, que se busca derogar, establece que las indemnizaciones previstas por la Ley N° 20.744 (texto ordenado en 1976) o las que en el futuro las reemplacen "serán incrementadas al doble cuando se trate de una relación laboral no registrada o que lo esté de modo deficiente".
También, se busca derogar artículos de la ley N° 24.013 referidos a indemnizaciones agravadas a empleadores con personal no registrado, por considerar que tal hecho es motivo de multa al empleador, y no debe formar parte de indemnización alguna al trabajador.
Además, en aras a modernizar y adaptar las normas existentes al contexto actual se propone "sustituir el artículo N°7 de la citada ley 24.013 por uno que evidencia cómo se entiende en la actualidad que una relación laboral está debidamente registrada, es decir, cuando el empleador registra al trabajador ante AFIP realizando el alta temprana en los términos y condiciones fijados".
"En un país con un contexto económico adverso, donde no hay estabilidad monetaria, se vuelve vital el rol de las PYMES y creemos que esta medida fomentará la creación de fuentes de empleo", afirmó el diputado en los fundamentos del proyecto.
¿Qué es el trabajo no registrado?
Es el llamado trabajo en negro que se da cuando el trabajador no está inscripto en el libro de registros que debe llevar el empleador y, por lo tanto, no está dado de alta en la ANSES. Por el contrario, el trabajo registrado contempla la inscripción en una obra social, asignaciones familiares, aportes jubilatorios, cobertura en caso de accidente de trabajo y seguro por desempleo.
Para poder saber si un trabajador está registrado, se debe solicitar al empleador que muestre el libro de registros y hacer la consulta en las terminales de autoconsulta de la ANSES.
De todos modos, la firma de un contrato no indica que ya se esté registrado, pero sirve de prueba si el empleador quiere desconocer la relación de trabajo.
Qué establece el proyecto
Ley de Reforma Laboral empleo no registrado
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionan con fuerza de Ley.
- Artículo 1º: Deróguese la ley 25.323 y los art. 43 y 45 de la ley 25.345.
- Artículo 2º: Sustituir el artículo 7° de la ley N° 24.013 por el siguiente:
- "ARTICULO 7°: Se entiende que la relación o contrato de trabajo ha sido registrado cuando el empleador hubiere inscripto al trabajador en el sistema registral de AFIP, tramitando la correspondiente "Alta temprana" del trabajador, en los términos y condiciones establecidos.
- Las relaciones laborales que no cumplieren con los requisitos fijados en el presente artículo se considerarán no registradas."
- Artículo 3º: Deróguense los artículos 8°, 9°, 10°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15°, 16° y 17° de la ley N° 24.013.
- Artículo 4°: En función a los cambios introducidos por medio de la presente norma a la ley N° 24.013, reordénese la misma.
- Artículo 5°: De forma.