Salir del Veraz: qué hacer en el caso de que tengas deudas impagas y qué tipo de deudor sos
Aparte del Veraz, la Central de Deudores del Banco Central surge como otra herramienta valiosa para conocer el estado de las deudas. Para acceder a esta información, se debe visitar el sitio web oficial del Banco Central y explorar la sección "Central de Deudores". Allí, se requerirá ingresar el número de CUIL o CUIT, seguido de un clic en "consultar".
Este proceso permitirá determinar si se poseen deudas dentro del sistema financiero, además de visualizar los registros de cheques rechazados en los últimos 24 meses. De acuerdo con el Banco Central, las categorías de deuda se desglosan de la siguiente manera:
- Normal: Atrasos en el pago que no superan los 31 días
- Riesgo bajo: Atrasos en el pago de más de 31 hasta 90 días desde el vencimiento
- Riesgo medio: Atrasos en el pago de más de 90 hasta 180 días
- Riesgo alto: Atrasos en el pago de más de 180 días hasta un año
- Irrecuperable: Atrasos que exceden el año
- Irrecuperable por disposición técnica: Deudas con más de cinco años de antigüedad.
Guía para consultar el Veraz con tu DNI
Acceder al Veraz con el DNI en mano es una tarea posible y relativamente sencilla. La página oficial de Veraz ofrece una plataforma para este propósito. Dentro de la sección de "Individuos", los usuarios encuentran la opción "Mi Veraz". Completar los datos personales es el siguiente paso. El informe resultante proporciona un panorama detallado que incluye:
- Verificación de datos personales
- Relaciones comerciales con terceros, como el estado civil en el caso de individuos o detalles sobre sociedades
- Historial financiero relacionado con la adquisición o cancelación de productos y deudas en bancos asociados a la base de datos del Veraz
- Información sobre el cumplimiento de obligaciones reportadas por el Banco Central, la AFIP y los propios clientes de Veraz
- Detalles sobre cheques rechazados en los últimos 24 meses
- Datos concernientes a procesos judiciales y extrajudiciales
- Información sobre pedidos de quiebra, juicios, concursos o deudas comerciales
Si el deseo es obtener el informe del Veraz de manera gratuita, se puede lograr mediante una llamada al número 011 5352-4800.
Veraz gratis: cómo acceder
El amparo de la Ley de Protección de Datos Personales 25.326 establece que todas las personas tienen el derecho de acceder a su información de manera gratuita cada seis meses. Para realizar esta consulta, se pueden seguir estos pasos:
- Comunicarse telefónicamente al (011) 5352-4800, en horario laboral. La contestadora indagará si la consulta es para el propio solicitante o para un tercero.
- Se solicitará el género, el número de DNI y otros datos personales. Estos datos serán repetidos por la contestadora, y su confirmación será necesaria.
- A continuación, se plantearán tres preguntas aleatorias para verificar la identidad del solicitante. Estas pueden abarcar la fecha de nacimiento, la existencia de cuentas o tarjetas en bancos específicos, entre otros.
- Seguidamente, se indagará si se desea ejercer el derecho de acceso a la información crediticia, requiriendo una respuesta afirmativa.
- El sistema proporcionará un código que deberá ser anotado o solicitado por mensaje de texto. Dicho código se ingresará en la sección "Acceder a su Derecho de Acceso" en la página de Veraz.
Alternativamente, se puede realizar el procedimiento en línea, proporcionando los mismos detalles en el sitio web de Veraz. En ambos casos, solo es posible obtener un informe gratuito cada seis meses.
Cómo salir del Veraz por una deuda inexistente o incorrecta
Hay de opciones para salir por deuda inexistente o incorrecta:
- Por teléfono: llamando al (011) 5352-4800 de lunes a viernes de 9 a 18 hs. Deberá elegir la opción "nuevo reclamo". La operadora ofrecerá dos opciones: "actualizar información" o "desconozco información de deuda". Una vez seleccionado el tipo de reclamo, lo comunicarán con un representante de Equifax, quien le pedirá que provea documentación probatoria. Ese trámite tiene los mismos pasos anteriormente mencionados. Nuevamente se deberá llamar y elegir la opción "enviar un documento probatorio por fax". Por ese medio, se enviarán los documentos certificantes del pago de la deuda.
- Por internet: ingresando a la página de reclamos de Veraz. Allí se deberá elegir la opción "información de deudas y cheques realizados". El usuario deberá escoger, según el caso, "actualización de deudas" o "desconocimiento de deudas". También deberá aclarar si está haciendo el reclamo para sí mismo o para un tercero y, a su vez, debe ingresar sus datos personales. Luego podrá adjuntar documentación probatoria.
Una vez concluido el trámite, que dura entre siete y diez días hábiles, podría cambiar su información en la base de datos. Para seguir el proceso, se deberá ir a la sección "Consultar estado/subir documentación".
Cómo salir del Veraz por una deuda existente impaga
En este caso, también hay dos opciones de resolución:
- Cancelar la deuda: el usuario continuará figurando en la base de datos durante dos años (aunque figuraría como paga). Si el acreedor no avisa del pago de la deuda, podría seguir estando en la lista de morosos. Para salir de este estado, se deberán seguir los pasos anteriormente mencionados sobre deuda inexistente o incorrecta. Si la cancelación se hizo durante el transcurso de un determinado mes, deberá esperar la actualización y publicación de ese mes, que se producirá en fecha cercana a la finalización del mes siguiente. Por ejemplo, si pagó a mediados de junio, es conveniente consultar los últimos días de julio o primeros de agosto. Para demostrar su actual situación frente a las entidades, puede mostrar los certificados que obren en su poder.
- No cancelar la deuda: no figurará en la lista de morosos para siempre. Según la ley vigente, los datos pueden ser guardados por un tiempo máximo de cinco años. Luego, se puede realizar la supresión total de la información que figure acerca de esa deuda en cualquier base de datos, siempre y cuando el acreedor no haya iniciado juicios o el deudor haya comenzado un plan de pagos. En este caso, se interrumpiría el plazo de la prescripción.