A TENER EN CUENTA

Empleadas domésticas: ¿cómo finalizar la relación laboral correctamente?

En caso de renuncia o despido, es importante contar con la información adecuada para saber cómo actuar y evitar posibles conflictos
LEGALES - 18 de Abril, 2023

Finalizar una relación laboral es un tema complejo dentro del sector de las empleadas domésticas y más cuando se trata de una relación de dependencia, es decir, un "trabajo en blanco".

Una vez que comienza el contrato laboral, ninguna de las partes puede disolverlo sin previo aviso. Lo que corresponde realizar en estas situaciones es la notificación de "pre-aviso".

Empleadas domésticas: ¿cómo debe ser la notificación "pre-aviso"?

- En el caso de la trabajadora, ella debe avisar a su empleador con 10 días de anticipación que dejará el trabajo.

- En el caso del empleador, debe avisarle a su empleada con una antelación de 10 días si la antigüedad laboral es menor a un año. En caso de ser por más tiempo, el pre-aviso debe hacerse con 30 días de anticipación.

En esta etapa de "pre-aviso", el personal sin retiro tiene 10 horas semanales remuneradas para poder buscar una nueva ocupación. 

s

¿Cuáles son los motivos para finalizar una relación laboral?

  • Por mutuo acuerdo: ambos deben formalizarlo ante una autoridad judicial o administrativa competente.
  • Por renuncia del trabajador: debe estar formalizado por un telegrama, carta documento o de forma personal ante la autoridad judicial o administrativa, y enviar el "pre-aviso".
  • Por fallecimiento del trabajador: en estas situaciones, los causahabientes (herederos declarados) tiene derecho a una indemnización del 50% de la prevista en caso de indemnización por despido.
  • Por incapacidad permanente y definitiva del trabajador.
  • Por jubilación del empleador.
  • Por el fallecimiento del empleador: en este caso, le corresponde al trabajador una indemnización del 50% de la prevista en caso de indemnización por despido.
  • Por fallecimiento de la persona para cuya asistencia personal se contrató al trabajador: el trabajador tiene derecho a una indemnización del 50% de la prevista en caso de indemnización por despido.
  • Por denuncia sobre el contrato de trabajo con causa justa por parte del empleador o el trabajador.
  • Por abandono de trabajo por parte del trabajador.

¿Qué hacer en caso de un despido sin expresión de causa o justificación?

  • Si la trabajadora está embarazada y es despedida por ese motivo, el empleador debe pagarle una indemnización equivalente a un año de remuneraciones.
  • En el caso de que la trabajadora este por contraer matrimonio y es despedida, el empleador tiene que pagarle una indemnización equivalente a un año de remuneraciones.

Te puede interesar

Secciones