Moratoria jubilatoria: cómo quedan los monotributistas y autónomos
Todos aquellos y aquellas que tengan deuda previsional, tanto como autónomos o como monotributistas, pueden ingresar en la moratoria, contando con una previa condonación de esa deuda. Recién ahí podrían declarar los meses no trabajados y los meses trabajados y no pagados, porque esa deuda ya quedaría condonada.
Así está estipulado dentro de la reglamentación de la ley de moratoria: "con el fin de poder adquirir la Unidad de Pago de deuda Previsional a la que refiere el inciso a) del artículo 2° de la ley que se reglamenta, se entiende que la persona solicitante no ha prestado servicios en carácter de autónoma y/o monotributista cuando los períodos fueran o hubieren sido renunciados dentro del marco de la Ley N° 25.321".
La ley estableció que los períodos a declarar en la moratoria deben ser anteriores a diciembre del 2008 inclusive, bajo el argumento de que la persona solicitante "no debe haber prestado servicios bajo relación de dependencia registrada y/o en carácter de autónomo/a y/o monotributista".
De aquí se desprende la idea de que los autónomos o monotributistas, que tengan deuda previsional por esos períodos, no podrían incluirlos en la moratoria porque fueron trabajados. En consecuencia, la reglamentación permite condonar esa deuda (gracias a la Ley N° 25.321).
Moratoria jubilatoria: cómo queda la deuda previsional
En resumen, se permite reemplazar años de deuda previsional "por igual cantidad de años por moratoria. Ergo, para los autónomos o monotributistas podría ser inferior el monto de la moratoria que haya adeudado", según declaró ante la prensa el especialista Guillermo Jauregui.
Por otra parte, todas las personas que hubieran optado por moratorias anteriores van a poder acceder al plan si esas moratorias estuvieran canceladas al 31 de diciembre de 2021.
En todos los casos, sobre la base de un conjunto de parámetros, la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) evaluará la situación socio patrimonial del solicitante antes de otorgar el beneficio. Si encuadra dentro de esos parámetros podrá jubilarse y le deducirán del haber el monto adeudado hasta en 120 cuotas. Caso contrario, deberá cancelar la deuda de la moratoria al contado.
Según los cálculos de la ANSES, las personas que en los próximos 2 años podrán necesitar la moratoria para jubilarse ya se sabe que son casi 800.000 personas.
Frecuentemente en la Argentina se abre algún período de moratoria previsional que permite a las personas jubilarse con pocos aportes, adquiriendo los años de contribuciones que les faltan para llegar a la jubilación.
Recientemente los legisladores de la Nación aprobaron una nueva moratoria previsional que permitirá a los interesados jubilarse con pocos aportes. Los detalles estarán más claros una vez que se reglamente e instrumente la normativa, pero la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ya dio algunas pautas.
¿Cuántos años de aportes se pueden comprar?
La última moratoria previsional aprobada por el Congreso Nacional no está reglamentada aún y no prevé un límite de años de aportes que podrán adquirir quienes intenten jubilarse con pocos aportes.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial a mediados de marzo a través del Decreto 132/2023. Rige ahora un período de 90 días para su reglamentación, de manera que esté operativa para que las personas puedan jubilarse con pocos aportes.
La normativa si indica que está destinada a quienes tienen la edad jubilatoria -60 años para las mujeres y 65 para los hombres- o ya saben que llegarán a la misma sin los años de aportes necesarios para acceder a la jubilación (30 años de aportes previsioonales)
Quienes ya tengan la edad requerida para retirarse, para jubilarse con pocos aportes podrán regularizar las deudas de aportes anteriores a diciembre de 2008, y los pagos serán descontados automáticamente de la jubilación que percibirán mensualmente. Y quienes estén a menos de diez años de cumplir la edad jubilatoria, podrán regularizar pagos pendientes anteriores al 31 de marzo de 2012.
¿Cómo me jubilo si no tengo todos los aportes?
Como mencionamos, en breve se implementará una nueva moratoria previsional que permitirá jubilarse con pocos años de aportes o sin llegar a los 30 años de contribuciones al sistema previsional, que son el requisito mínimo.
Una vez que se implemente la nueva normativa, las personas que estén en condiciones de adherirse y jubilarse con pocos años de aportes deberán presentar el trámite correspondiente en Anses. El paso a paso de cómo hacerlo estará disponible tras la reglamentación del mencionado Decreto 132/2023.
Y cuando su jubilación sea aprobada, comenzarán a cobrarla en la cuenta bancaria que les asignen, y con ese ingreso "comprarán" los años de aportes que les falten para acceder al beneficio.
El aporte a pagar se calculará por una Unidad de Pago de Deuda Previsional (UPDP) y el monto por cada mes adeudado equivaldrá al 29% de la remuneración mínima imponible que rija al momento de hacer este cálculo.
La remuneración mínima imponible al cierre de este artículo había sido establecida por Anses en 2022 en 16.881,84 pesos mensuales. El 29% de esa cifra se acerca a 4.900 pesos.
La deuda total se puede cancelar en hasta 120 cuotas, de acuerdo con la cantidad de años de aportes que necesiten quieran pagar. Y luego, el valor se irá ajustando según la fórmula de movilidad jubilatoria, de manera trimestral.
¿Cómo se jubila una mujer sin aportes?
Una mujer puede jubilarse con pocos aportes de la misma manera que cualquier otra persona que trabajó en la Argentina, como se viene describiendo en este artículo.
La única diferencia la hacen los años que se le reconocen de aportes en el caso de que haya dejado de trabajar en el mercado de trabajo para dedicarse a tener y cuidar de sus hijos.
Esta es una normativa reciente, de mediados de 2021, para reconocer la inequidad histórica con la cual están y estuvieron repartidas en el pasado las tareas de cuidado de terceros y del hogar, y que generaron que a muchas mujeres les costara más llegar a la cantidad de años de aportes necesarios para jubilarse.
Pero por el momento, estará vigente el Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Aporte por Tareas de Cuidado, por el cual a las mujeres que necesiten jubilarse con pocos aportes -el mínimo es de 30 años- se les reconocerá un año por cada hijo que hayan tenido a su cuidado.
Según las estimaciones del Gobierno, con esta modalidad unas 155.000 mujeres podrán acceder al beneficio previsional de jubilarse con pocos aportes, reconociendo el valor del tiempo y esfuerzo destinado a las tareas de cuidado.
¿Cuál es el mínimo de aportes para jubilarse?
Si bien en la Argentina muchas personas llegan a jubilarse con pocos aportes, hay un set de requisitos mínimos para acceder al beneficio previsional.
En principio, hasta el momento la edad de jubilación es de un mínimo de 65 años para los hombres y de 60 para las mujeres, excepto en casos donde se realizan tareas penosas o debido a que el convenio colectivo de trabajo de la actividad en particular establezca una jubilación anticipada.
Además de cumplir ese requisito, las personas deben contar como mínimo con 30 años de aportes al sistema previsional. Esto se realiza mediante trabajo registrado, aportando como autónomo, monotributista o empleado/empleada en relación de dependencia.
Si las personas cumplen esos dos requisitos, podrán acceder al haber jubilatorio que les corresponde sin problemas. Sino, deberán adherirse a una moratoria que les permita jubilarse con pocos aportes.