Causa Vialidad: para el Tribunal hubo "connivencia y protección" a empresas de Báez
El Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py conformado por Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, concluyó que entre 2003 y 2015 hubo "manifiesta connivencia y protección de cuanto organismo estatal fuese necesario para garantizar la plena actividad del consorcio empresarial controlado por Lázaro Báez", según consta en los fundamentos de 1.616 carillas difundidos esta mañana, en relación al veredicto en la causa Vialidad.
Causa Vialidad: para el Tribunal hubo "connivencia y protección" a empresas de Báez
Los magistrados afirmaron que no existe especulación electoral en su fallo y acusaron a Cristina Fernández de Kirchner de realizar "una defensa mediática y extrajudicial" y definen al lawfare como "una nueva teoría conspirativa tan antigua como el propio Estado de Derecho".
Desde ahora todas las partes podrán apelarlo ante la Cámara Federal de Casación Penal, entre ellas la defensa de la Vicepresidenta, condenada a seis años de prisión en el juicio que culminó el 6 de diciembre pasado.
En tanto, se espera que Cristina Fernández de Kirchner aluda al tema en su aparición pública prevista para este viernes en Río Negro.
Los argumentos más fuertes de los fundamentos de la condena a Cristina Kirchner en la causa Vialidad
- "La magnitud de la empresa criminal aquí investigada supuso una planificación y sofisticación magnífica, en la que actuaron diferentes niveles administrativos encolumnados bajo una misma finalidad".
- "Se ha acreditado la intervención en la maniobra de integrantes de las más altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la Provincia de Santa Cruz, en connivencia con un empresario de la construcción dedicado a la obra pública, con el propósito de asegurarle un beneficio económico tanto a éste como a la sociedad conyugal integrada por los ex presidentes Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández de Kirchner".
- "Hemos visto una promiscua y absoluta confusión entre ambas esferas, marcada por acuerdos espurios entre las personas interesadas -con claras notas distintivas de las prácticas organizadas de corrupción estatal y empresarial y visos propios de los delitos económicos- tendientes a asegurar los beneficios pecuniarios a favor de los nombrados de acuerdo a su naturaleza y entidad".
- "La falta de sanción judicial de esas prácticas corruptas parece ser una función deseada del sistema y su sostenimiento en el tiempo con un claro fin: garantizar la impunidad".
- "Podemos afirmar que mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional en los términos y condiciones establecidos por la ley penal para habilitar una respuesta punitiva".
- "Los ejemplos evidencian la existencia de vínculos promiscuos y corruptos entre funcionarios de la administración pública (nacional y provincial) y las empresas contratistas del Estado pertenecientes al mencionado grupo empresarial".
- "Ha sido dirimente la comprobación de un interés manifiesto sobre el plan criminal de la por entonces Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, puesto de relieve a través de su participación en los beneficios económicos -producto del delito- obtenidos por intermedio de múltiples vínculos contractuales y comerciales con Lázaro Antonio Báez en forma concomitante a la ejecución de esta maniobra".
- "Nos hemos encontrado ante un hecho inédito en la historia del país, pues se ha acreditado que ciertas decisiones trascendentales respecto de la marcha empresarial del grupo fueron adoptadas siguiendo órdenes expresas de los más altos integrantes del Poder Ejecutivo Nacional".
- "Se han acreditado dentro de la maniobra diversos aspectos a través de los cuales se concretó un perjuicio descomunal y sin precedentes para las arcas públicas durante el período analizado".
- "El tribunal ha podido determinar dos ámbitos claramente mensurables con relación al perjuicio económico producido por la maniobra delictiva subrepticiamente implementada so pretexto de la política pública vial. El primero consiste en la diferencia entre los montos fijados por el Estado al confeccionar el pliego para la realización de una obra y el precio finalmente contratado, producto de la concurrencia cartelizada al proceso licitatorio. El segundo concepto está dado por la existencia de sobreprecios en al menos tres de las cinco obras viales peritadas".
- "La prueba ha evidenciado que durante al menos parte del período investigado (los informes producidos identifican obras viales por provincia con certificación de enero de 2010 en adelante), la provincia de Santa Cruz fue la principal receptora de inversiones en materia de obra pública vial".
Causa Vialidad: la condena
El 6 de diciembre, el tribunal condenó a la Vicepresidenta y a otras ocho personas, entre ellas Báez, el ex secretario de Obras Públicas José López, el ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti y a cinco ex funcionarios de Santa Cruz a penas de entre seis y tres años de prisión. Los jueces entendieron que cometieron el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración en la entrega de 52 obras públicas para la provincia a las empresas de Báez. A la ex presidenta también se la condenó a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Además, dispuso el decomiso de 84 mil millones de pesos por lo que entendieron era el producto del delito.
En tanto, otros cuatro acusados fueron absueltos, entre ellos el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, el ex subsecretario de Obras Públicas Abel Fatala, el ex funcionario de Planificación Federal y primo del ex presidente Néstor Kirchner, Carlos Kirchner, y el ex funcionario de Santa Cruz Héctor Garro.
Tras la condena, la vicepresidenta aseguró que no sería candidata a ningún cargo en 2023. Semanas después dijo que no era un renunciamiento, sino que se sentía proscripta. Recientemente, la jueza María Servini evitó referirse sobre una presunta inhabilitación aunque sugirió que CFK puede postularse en las elecciones.
En el veredicto, los jueces establecieron el 9 de marzo a las 9 como la fecha y el horario para dar a conocer los argumentos de su decisión. Sin embargo, por la trascendencia pública y política del caso, dieron a conocer un adelanto de su decisión. Lo hicieron en un escrito de ocho páginas que difundieron después del veredicto.
"Nos hemos encontrado ante un hecho inédito en la historia del país, pues se ha acreditado que ciertas decisiones trascendentales respecto de la marcha empresarial del grupo fueron adoptadas siguiéndose órdenes expresas de los más altos integrantes del Poder Ejecutivo Nacional. También quedó suficientemente probado que la estrategia delineada entre funcionarios y empresarios se aseguró mediante el dictado de actos administrativos de las agencias referidas, siempre operando bajo una apariencia de legalidad", señalaron.
Allí, explicaron que los motivos centrales de la condena a la Vicepresidenta fueron los negocios que tenía Báez y los mensajes encontrados en el celular de López, lo que la Fiscalía llamó el "plan limpiar todo". Los jueces hablaron de "vínculos promiscuos y corruptos" y "lazos que fueron determinantes para la concreción de una defraudación" para favorecer a la ex presidenta y a Báez.
"Ha sido dirimente, en esa lógica, la comprobación de un interés manifiesto sobre el plan criminal de la por entonces Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, evidenciado a través de su participación en los beneficios económicos producto del delito obtenidos por intermedio de múltiples vínculos contractuales y comerciales con Lázaro Antonio Báez en forma concomitante a la ejecución de esta maniobra", explicaron.
La referencia a los negocios son por las empresas Hotesur y Los Sauces, propiedad de la familia Kirchner que Báez les alquilaba y administrativa. Eso se daba en simultáneo a las obras que recibía con irregularidades. Por esos hechos hay una causa judicial en el que CFK y Báez, junto a otros imputados, fueron enviados a juicio oral y sobreseídos sin que se haga el proceso. Esa decisión fue apelada y debe ser resuelta por la Cámara Federal de Casación Penal.
El "plan limpiar todo" fue lo que surgió del celular de López cuando fue detenido en junio de 2016 en el convento de General Rodríguez con los bolsos de nueve millones de dólares. Allí aparecen mensajes de López con Báez, con Julio Mendoza -presidente de Austral Construcciones, la compañía más importante del empresario- y con otros funcionarios sobre reuniones con Cristina Kirchner y otras personas en el final de su mandato en 2015 para organizar el pago de las obras que restaban y cerrar las empresas.
Los jueces tuvieron una diferencia. Basso entendió que los acusados cometieron el delito de asociación ilícita, mientras que Gorini y Giménez Uriburu descartaron ese delito. En sus alegatos, los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola habían pedido condena por asociación ilícita.