• 22/12/2024

Licencias de conducir: qué pasa con las multas pendientes a la hora de renovarlas

La Ley Nacional de Tránsito regula las licencias de conducir; también establece las infracciones pasibles de castigo. Conocé qué hacer para renovarla
18/01/2022 - 08:48hs
Licencias de conducir: qué pasa con las multas pendientes a la hora de renovarlas

En Argentina, las licencias de conducir están regidas en la Argentina por la Ley Nacional de Tránsito. De todos modos, su tramitación está a cargo de la administración de los municipios, los que obligan a contar con el certificado de libre deuda para poder realizar la renovación de este tipo de documentos que habilitan para circular manejado un vehículo con motor.

A pesar de que algunos fallos judiciales se expresaron en favor de planteos de ciudadanos que rechazaron la obligación de pago, la renovación del registro de conducir tienen que cumplir con el libre deuda: es decir, ser tienen que pagar las multas de tránsito pendientes.

De hecho, una resolución judicial de 2019 en la provincia de Buenos Aires, en favor de un ciudadano que interpuso un recurso para que le renovaran la licencia sin tener que pagar las deudas acumuladas, no afectó que se mantuviera la decisión administrativa de en lo sucesivo exigir el pago de infracciones pendientes.

¿Para renovar el registro hay que pagar las multas de tránsito pendientes
¿Para renovar el registro hay que pagar las multas de tránsito pendientes?

Donde pagar las multas de tránsito

Para cancelar las deudas por multas que un conductor tiene acumuladas primero se tiene que consultar en el sitio oficial de cada provincia para constatar la información. Sucede que el libre deuda ya no es un papel sellado que hay que pagar extra, como antes, sino una situación de existencia de actas pendientes que surge del Sistema de Infracciones.

El portal para consultar infracciones en la Ciudad de Buenos Aires.En la ciudad de Buenos Aires, antes de reservar el turno para tramitar la licencia, conviene ingresar a www.buenosaires.gob.ar/consulta-de-infracciones para chequear si hay actas pendientes. Las multas están relacionadas con el documento nacional de identidad de cada ciudadano y no con el vehículo sobre el que se haya cometido la infracción.

En caso afirmativo, se puede pagarlas online con descuentos (por pago voluntario) o, si se opta por discutirlas, hay que sacar un turno con el controlador de faltas más cercano.

Dónde se consultan las multas en la provincia de Buenos Aires

En la provincia de Buenos Aires, en tanto, el mismo trámite de consunta de realiza en el sitio https://infraccionesba.gba.gob.ar/consulta-infraccion. El pago, por lo general, también es posible hacerlo online a través de medios electrónicos en territorio bonaerense.

Así, cuando la persona paga sus multas o consigue que el Estado las desestime, esto impacta en los registros oficiales. Así, el conductor queda de inmediato liberado para hacer el trámite de la renovación del registro.

Alcoholemia, una de las infracciones más comunes
Alcoholemia, una de las infracciones más comunes

Las infracciones de tránsito que generan multas

Según la ley número 24.449, que regula el tránsito en la República Argentina, hay una serie de infracciones por las que un conductor es pasible de ser sancionado con una multa.

A saber:

  • Obstruir la circulación.
  • Dificultar o impedir el estacionamiento y/o la detención de los vehículos del servicio público de pasajeros y de emergencia en los lugares reservados.
  • Ocupar espacios reservados por razones de visibilidad y/o seguridadAfectar por contaminación al medio ambiente.
  • Conducir vehículos sin estar debidamente habilitados para hacerlo.
  • Circular sin la documentación exigible.
  • Circular con vehículos que no tengan colocadas sus chapas patentes reglamentarias, o sin el seguro obligatorio vigente.
  • Fugar o negarse a suministrar documentación o información quienes estén obligados a hacerlo.
  • No cumplir con lo exigido en caso de accidente.
  • No cumplir, los talleres mecánicos, comercios de venta de repuestos y escuelas de conducción, con lo exigido en la presente ley y su reglamentación.
  • Librar al tránsito vehículos fabricados o armados en el país o importados, que no cumplan con las exigencias del territorio.
  • Circular con vehículos de transporte de pasajeros o carga, sin contar con la habilitación extendida por autoridad competente o que teniéndola no cumpliera con lo allí exigido.
  • Provocar, por exceso de peso, una reducción en la vida útil de la estructura vial.
  • Conducir en estado de intoxicación alcohólica, estupefacientes u otra sustancia que disminuya las condiciones psicofísicas normales.
  • Violar los límites de velocidad máxima y mínima establecidos en esta ley, con un margen de tolerancia de hasta un diez por ciento (10%).
  • Conducir en rutas, autopistas y semiautopistas, a una distancia del vehículo que lo precede menor a la prudente de acuerdo a la velocidad de marcha, conforme los parámetros establecidos por la presente ley y su reglamentación.
  • Conducir vehículos sin respetar la señalización de los semáforos.
  • Conducir vehículos transportando un número de ocupantes superior a la capacidad para la cual fue construido el vehículo.
  • Conducir vehículos utilizando auriculares y/o sistemas de comunicación manual continua y/o pantallas o monitores de video VHF, DVD o similares en el habitáculo del conductor.
  • Conducir vehículos propulsados por el conductor, tracción a sangre, ciclomotores y maquinaria especial por lugares no habilitados al efecto.
  • ​Conducir motocicletas sin que alguno de sus ocupantes utilice correctamente colocado y sujetado el casco reglamentario.

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