Los abogados lograron frenar una polémica resolución de la AFIP
La Justicia emitió una nueva medida cautelar impulsada por la Federación Argentina de Colegios de Abogados, en contra de la resolución 4838 de la AFIP que los obligaba a informar las maniobras de "planificación fiscal".
Un juzgado en lo contencioso administrativo de la Ciudad de Buenos Aires falló en favor de los abogados y le reconoció a la entidad la legitimidad para actuar en nombre de sus representados de todo el país.
Los abogados lograron frenar una polémica resolución de la AFIP
En la cautelar, el juez federal Pablo Cayssials le ordenó al fisco nacional que se abstenga de aplicar la resolución 4838 que obliga a informar las maniobras de supuesta elusión o evasión fiscal.
En el caso de la federación de abogados, el juez decidió "rechazar el planteo de falta de legitimación activa opuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos" y admitir "formalmente la acción colectiva intentada por la Federación Argentina de Colegios de Abogados, en resguardo de los intereses de todos los abogados presuntamente afectados por lo dispuesto en la Resolución General AFIP 4838/20".
En su decisión, el titular del juzgado federal número 9 explicó que "el colectivo se encuentra integrado por todos los abogados presuntamente afectados por la Resolución General AFIP 4838/20 y que el objeto de autos se ciñe a que se declare la inconstitucionalidad e inaplicabilidad" de la mencionada norma que estableció un Régimen de Información de Planificaciones Fiscales (carga pública) "sin ley". La norma, explicó el juez, dispuso convertir "como sujetos obligados a informar a los abogados asesores fiscales, conminándolos con sanciones y condicionando el ejercicio profesional".
Por este motivo, decidió "hacer lugar a la medida cautelar requerida por parte actora y, en consecuencia, ordenar a la Administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General Impositiva, que se abstenga de aplicar la Resolución General AFIP Nº 4838/20 respecto de los abogados en el ejercicio profesional". Esta medida cautelar estará vigente "hasta tanto se dicte sentencia definitiva".
Cómo defenderse
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba) puso a disposición de los contadores un modelo de nota para que quien se desempeñe como asesor fiscal pueda notificar al contribuyente su decisión de abstenerse de cumplir con el régimen informativo de planificaciones fiscales, amparado en el secreto profesional.
En el modelo, también se pide al cliente que releve al contador de esa tarea mediante el servicio web dispuesto para tal fin, según lo establecido en la resolución de la AFIP.
Félix Rolando, de Andersen Argentina, advirtió que el profesional quedará liberado pero no el contribuyente. Este último siempre debe informar, enfatizó.
Teresa Gómez, del estudio Teresa Gómez, Quian & Asociados, agregó que la nota del Cpcecaba es "excelente", en tanto que sugiere a sus matriculados la estrategia frente a supuestas obligaciones derivadas de la RG 4838.
"Los contadores tenemos claro que debemos respetar el secreto profesional, tal como indica nuestro Código de Ética. Esa nota nos marca el camino de nuestra conducta y constituye un faro en momentos en los cuales cada Consejo se encuentra litigando sobre la legitimidad de la Resolución", dijo Gómez.
Los deberes de colaboración están en cabeza del contribuyente, es él quien debe informar/reportar, remarcó Gómez.
"Se pretende trasladar la obligación de delación a los profesionales sin la previa existencia de una ley que así lo establezca. Yo hago público mi agradecimiento al Consejo porteño por actuar como entidad rectora y guía", destacó Gómez.
Por su parte, Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, opinó que es muy importante que la nota la haya publicado el Consejo, porque se convierte en algo institucional, aunque la pueden utilizar otros asesores fiscales, porque es libre.
Pero Domínguez aceptó que la AFIP siempre puede ir contra el contribuyente.
Si bien los consejos profesionales hicieron presentaciones ante la Justicia contra el régimen de planificaciones fiscales, no se conoce de ningún contribuyente que haya seguido sus pasos, recordó Domínguez.
Los contadores y la información
César Litvin, CEO del estudio Lisicki, Litvin & Asociados, aclaró que la obligación que la AFIP establece para que el contador informe sobre planificaciones contables no se confunde con la ayuda del profesional para que el contribuyente pueda cumplir con el régimen informativo.
El contador, explicó Litvin, no viola el secreto profesional si ayuda a su cliente a presentar la información sobre planificaciones fiscales, que es su opción firmar y presentar.
Litvin reconoció que la Justicia de distintas jurisdicciones no fue unánime respecto de las medidas cautelares que presentaron los consejos profesionales contra el régimen de planificaciones fiscales.
De todos modos, afirmó Litvin, es una violación al secreto profesional.
La AFIP con su régimen informativo avanza sobre el secreto profesional, que es sagrado porque es la base de la confianza entre el cliente y el contador, y la confianza es sagrada, aseveró Litvin.