Empleada doméstica: todo lo que tenés que saber sobre los despidos y la indemnización hoy
En el marco de la media sanción que tuvo en el Senado el Contrato de Trabajo que afecta a temas relacionados con el aguinaldo, la jubilación y las remuneraciones correspondientes de las empleadas domésticas, surgen algunas dudas sobre esta actividad.
Una de ellas se relaciona con los despidos. Muchas trabajadoras se preguntan si sus empleadores pueden despedirlas en estos tiempos de pandemia y, de hacerlo, cuando deberían cobrar de indemnización.
Actualmente, no están permitidos los despidos ni de las empleadas domésticas como del resto de los trabajadores hasta el 30 de noviembre. Una empleada por supuesto que puede renunciar, pero esto ya es voluntario. De no ser así, no puede ser desvinculada, de manera que debe seguir cobrando el sueldo.
La única opción es si hay un acuerdo de voluntades entre ambos, pagarle una indemnización y la empleadora con su abogada o abogado ir al Ministerio de Trabajo y homologar una indemnización justa.
Desde el mes pasado, el personal doméstico está habilitado para retomar sus tareas en la Ciudad de Buenos Aires y pudo regresar al trabajo siempre y cuando tuviese un solo empleador y bajo el cumplimiento del protocolo establecido para la actividad que establece cuidados básicos para evitar el contagio de coronavirus.
Empleada doméstica: cuál es la escala salarial vigente
Desde octubre, el sueldo de las trabajadoras de casas particulares formales o registradas que cumplen una jornada laboral completa y que realizan tareas generales bajo la modalidad con retiro, es un 5,9% más bajo que el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Esto es así, ya que el salario mínimo fue fijado en $18.900, mientras que esa categoría del personal doméstico desde mayo tiene una remuneración de $17.785,50. También es inferior a los $18.128,25 del haber mínimo jubilatorio que rige desde septiembre.
El sueldo de la empleada doméstica tuvo un aumento del 10% en dos tramos este 2020. El primero en marzo y el segundo en mayo pasado, a través de la resolución 1/2020 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, publicada en el Boletín Oficial.
Esa resolución estableció un incremento para las empleadas domésticas a hacerse efectivo 5% a partir del 1 de marzo pasado y el mismo porcentaje, no acumulativo, a partir del 1 de mayo pasado.
Además de este aumento del 10%, el Gobierno Nacional autorizó a las empleadas domésticas a la tramitación del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).
Con el aumento que se concretó este 2020, desde el 1 de mayo pasado, la escala salarial para las empleadas domésticas quedó de la siguiente manera:
Empleadas domésticas / Supervisora Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
- Hora: $174,50 Mensual: $21.818,50 con retiro
- Hora: $191,00 Mensual: $24.303,50 sin retiro
Empleadas domésticas / personal para tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.
- Hora: $165,00 Mensual: $20.270,50 con retiro
- Hora: $181,00 Mensual: $22.564,50 sin retiro
Empleadas domésticas / Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
- Hora: $155,00
- Mensual: $19.777,00
Empleadas domésticas / asistencia y cuidado de personas: Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.
- Hora: $155,00 Mensual: $19.777,00 con retiro
- Hora: $174,50 Mensual: $22.039,50 sin retiro
Empleadas domésticas / personal para tareas generales: Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
- Hora: $144,50 Mensual: $17.785,50 con retiro
- Hora: $155,50 Mensual: $19.777,00 sin retiro
La resolución precisó que se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 25% sobre los salarios mínimos establecidos para cada categoría respecto de las empleadas domésticas que presten tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego, y en la ciudad bonaerense de Patagones.
¿Cuáles son las categorías de las empleadas domésticas?
Empleada doméstica / Supervisora
Es el personal encargado llevar a cabo la coordinación y el control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. Por ejemplo, un supervisor que controla las tareas de limpieza de un grupo de empleados.
Empleada doméstica / Personal para tareas específicas
Esta categoría incluye principalmente a los cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, como así también toda otra tarea doméstica que requiera habilidades especiales del personal para poder llevarla a cabo.
Empleada doméstica / Caseros
Hace referencia al personal que presta tareas relacionadas con cuidado general y la preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Es la única categoría que se presume sin retiro.
Empleada doméstica / Asistencia y cuidado de personas
Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Esta categoría es la que determina cuál es el sueldo de una niñera o de cuidadores domiciliarios (por ejemplo, una persona que cuida adultos mayores).
Empleada doméstica / Personal para tareas generales
El personal encargado de prestar tareas generales es aquel que realiza tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Es la categoría más utilizada, ya que comprende a la empleada doméstica o mucama que presta servicios de limpieza y mantenimiento en casas de familia.
¿Qué significa empleada doméstica con o sin retiro? Modalidades de trabajo
¿Cómo calcular y pagar el sueldo de una empleada doméstica? Esto va a depender principalmente de la modalidad de trabajo, la cual puede ser con o sin retiro.
Existe modalidad de trabajo sin retiro cuando el personal vive en el mismo lugar en el cual presta sus servicios.
Por el contrario, existe trabajo con retiro se da cuando el personal no reside en el mismo lugar en el cual presta sus servicios. Es la modalidad más habitual, y puede ser con retiro para un mismo y único empleador o con retiro para distintos empleadores.
¿Cuántas horas tiene que trabajar una empleada doméstica?
Ya mencionamos que la escala salarial de las empleadas domésticas establece un monto para cada categoría y modalidad de prestación. Sin embargo, en cuanto a la cantidad de horas de servicio prestado, se plantean dos remuneraciones: un valor mensual para el personal que desempeña una jornada laboral de tiempo completo (48hs semanales) y un valor por hora trabajada.
Pero existe una serie de cuestiones importantes detrás de la determinación del salario de una empleada doméstica que no están del todo explicadas en la ley que vamos a intentar dejar en claro a continuación.
¿Se puede determinar el sueldo en forma proporcional?
Empecemos por lo que está claro. El sueldo de una empleada doméstica por 8 horas diarias de lunes a sábados (lo que es igual a 48 horas semanales) debería ser como mínimo, según la escala, igual al sueldo establecido como remuneración mensual.
Sin embargo, las dudas comienzan a aparecer cuando una empleada trabaja menos de la jornada laboral completa. Por ejemplo, 8 horas de lunes a viernes, sin trabajar los sábados (40 horas semanales). En este caso: ¿Sería correcto calcular el sueldo de la empleada doméstica en forma proporcional?
La Resolución 1/2020 de la Comisión de Trabajo en Casas Particulares viene a aclarar esta cuestión, estableciendo que la empleada doméstica que trabaje 24 horas semanales o más deberá cobrar el sueldo mensual proporcionado según las horas trabajadas.
Para casos como el mencionado anteriormente, te dejamos un enlace a la calculadora de sueldo para servicio doméstico que te va a permitir calcular el sueldo que corresponde cobrar tomando como base salario de jornada completa según la escala salarial actual.
Dicho todo esto, todavía queda una cuestión por aclarar…
¿Cuando corresponde el pago por hora a la empleada doméstica?
La misma resolución mencionada en el punto anterior determina que la empleada doméstica que trabaje menos de 24 horas a la semana deberá calcular su sueldo multiplicando la cantidad de horas trabajadas por el valor hora establecido en la escala salarial vigente.
Empleadas domésticas: cómo pagar y generar el recibo de sueldo
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detalla el mecanismo para pagar y darle el recibo de sueldo a las empleadas domésticas.
De acuerdo a lo publicado en el sitio web, el empleador podrá elegir entre generar los volantes de pago y el recibo mensual a través del Registro de Empleadores de la AFIP o seguir completando el Formulario 102/B (Formulario 102/RT desde octubre de 2014), a fin de cumplir con las empleadas domésticas.
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A continuación, el paso a paso para generar el recibo de sueldos de empleadas domésticas:
- Ingresar con clave fiscal al sitio de la AFIP o mediante Homebanking (Link o Banelco).
- Hacer click en el servicio "Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social".
- En la columna de la derecha, seleccionar la opción denominada "Generar Recibo de Sueldo".
- Seleccionar el CUIL del empleado y período del recibo de sueldo y aceptar.
El sistema va a mostrar los datos registrados, que se pueden modificar. Se deben completar los datos que faltan (entre ellos, el número de comprobante de pago de los aportes y contribuciones) y luego apretar "Generar recibo".
En este caso, se mantiene el esquema del formulario F102/RT, donde se consigna el salario básico (no se explica si es bruto o neto) y no se prevé desagregar el monto de aportes del trabajador, aunque se pueden poner con signo negativo.
Luego aparecerá el recibo de sueldo de la empleada doméstica listo para su impresión.
Si se sale del sistema y se necesita modificar datos o reimprimir el recibo de sueldo, se puede ingresar en "Modificaciones, Bajas y Consultas" / "De Recibos de Sueldo".
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A su vez, la AFIP brinda los pasos para pagar aportes y contribuciones de empleadas domésticas:
- Ingresar al servicio "Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social" con clave fiscal.
- Seleccionar en la columna de la derecha: "Generar Volante de Pago AFIP".
- Al igual que al generar el recibo de sueldo, elegir el CUIL del trabajador y el período y luego marcar "Seleccionar".
- En la lista que se desplegará, elegir el formulario que se va a generar y la cantidad de horas semanales trabajadas y presionar "Siguiente".
- El sistema va a mostrar los importes que se deben ingresar. Si es correcto, seleccionar "Generar VEP".
Luego, seleccioar el VEP y la entidad de pago: Link, Pagomiscuentas, Interbanking. Esta modalidad no permite que se imprima el volante y se pague en un banco o una oficina de Rapipago o Pago Fácil.