Otra sorpresa para Alberto: ola de fallos a favor de empresas que cuestionan el "reperfilamiento"
Entre los problemas que Alberto Fernández heredará de la gestión macrista figura uno que puede resultar sorpresivo: una potencial ola de reclamos judiciales por parte de empresas privadas que habían invertido en títulos estatales y que ahora sufren el "reperfilamiento".
Un fallo en favor de Swiss Medical le ordenó al Estado la inmediata devolución del 50% del monto de las Letras del Tesoro, por entender que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 596/19 -que "reperfiló" deudas del Tesoro Nacional y prorrogó los plazos de pagos- ponía en riesgo el normal funcionamiento de la compañía y, por ende, la atención de sus afiliados.
Los expertos creen que este criterio es aplicable a muchas otras empresas que habían invertido su liquidez financiera en títulos estatales y que ahora se encuentran con que no pueden disponer de recursos con los que contaban para la fecha del vencimiento. La mayor parte de estos reclamos en marcha tendrá su resolución cuando Fernández haya asumido la presidencia.
Según lo dispuesto por el decreto de Mauricio Macri, en estos "reperfilamientos", el acreedor se desprende de los papeles con vencimientos más cercanos -aunque rindan una tasa mayor- y los canjea por otros que permitirán cobrar intereses por más tiempo.
Pero, dado que las compañías invertían en este tipo de mecanismos porque les permitía "capear" la inflación y obtener liquidez rápidamente, al ver afectada esa posibilidad se abre el escenario conflictivo.
Para muchas firmas comerciales esto generó una complicación de grandes magnitudes no solo en sus propias finanzas, sino también en las de las compañías con las que se vinculan contractualmente y en la de sus propios empleados porque no podrán (o tendrán dificultades) para cancelar obligaciones.
Un fallo seguido por el ámbito empresarial
El caso líder en este escenario de litigiosidad contra el Estado es el del Grupo Swiss Medical, que obtuvo un fallo favorable del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N°9, que concedió una medida cautelar a diversas empresas del holding contra esa norma.
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En concreto, las firmas Swiss Medical y Swiss Medical ART solicitaron que se ordene la inmediata suspensión de los efectos del Decreto 596/19, con la consecuente entrega total de las acreencias –más los intereses correspondientes, en el caso de los activos vencidos– que debieron haber percibido o que deberán percibir a la fecha de vencimiento prevista en las condiciones originales de emisión.
Este problema para las empresas comenzó el pasado 29 de agosto pasado, cuando el Gobierno emitió un DNU mediante el cual se resolvió prorrogar el cumplimiento de las obligaciones de pagos de los títulos de deuda pública nacional de corto plazo (como las Letes y las Lecaps), de acuerdo a los siguientes parámetros:
1) En las fechas de vencimiento originales de los Títulos de Corto Plazo se cancelará el 15% del monto adeudado.
2) A los 90 días corridos del pago indicado en el punto anterior, se pagará el 25% del monto adeudado a la fecha de vencimiento original, más el interés devengado sobre el saldo de dicho monto, neto del pago efectuado anteriormente.
3) A los 180 días corridos del pago del punto 1, se cancelará el saldo remanente.
El argumento: perjuicio a los afiliados
El principal ejecutivo del grupo, Claudio Belocopitt, sostuvo que los títulos de la deuda pública cuyos vencimientos extendió por seis meses el Gobierno "es dinero de la economía real, que se utiliza para gastos corrientes y que se necesite que circule".
En ese sentido, indicó: "Si uno tiene que cobrar hoy y te dicen que te la van a pagar en 90 y 180 días, que además es muy probable que este ministro y estas autoridades no estén, con tasas de interés que están volando... es un disparate".
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"Además, no hay antecedentes de un default en pesos, es una cosa que no tiene sentido, no hacía falta. Están provocando estragos en la economía que ya venía lastimada", alertó.
En consecuencia, Swiss Medical fue una de las primeras en plantear una medida judicial contra el decreto. Desde su punto de vista, la falta de disponibilidad de sus fondos generará consecuencias en sus afiliados, empleados y prestadores.
Para la empresa se encontraban en juego el derecho a la salud y derechos de carácter alimentario –consistentes en las prestaciones que brindan– y la posbilidad de cubrir los gastos corrientes.
Entre estas obligaciones se encontraban el pago de indemnizaciones por accidentes de trabajo (enfermedades profesionales, accidentes in itinere, pago de tratamientos médicos mientras subsistan síntomas incapacitantes y hasta la curación total del siniestrado) y el pago de salarios por incapacidad laboral temporaria previstos para las fechas de vencimiento originales del los títulos involucrados.
Es decir, también afectaba a los beneficiarios de las indemnizaciones (que son de carácter alimentario y tienen un régimen especial, distinto al de otras prestaciones monetarias), quienes podrían cobrar solo una parte de sus acreencias.
Precisamente, este fue uno de los ítems que los empresarios más criticaron porque "cuando un contrato se quiebra, se debilitan las instituciones".
Para Swiss Medical, el dictado de la cautelar pretendida no afectaba el interés público, en tanto propende al resguardo del principio de buena fe de los actos del Estado y al principio de legalidad de los mismos.
El Estado alega afectación del interés público
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En tanto que, para el Estado nacional, de accederse a lo peticionado por la empresa, se afectaría gravemente el interés público, e implicaría una afectación de la división de poderes del Estado, por la indebida intromisión del Poder Judicial en las decisiones adoptadas por el Ejecutivo en materia política y económica.
De acuerdo al juez Pablo Cayssials, las medidas cautelares son de aplicación restrictiva y de carácter excepcional en los litigios contra la administración pública en virtud de la presunción de validez de que están investidos, los actos de los poderes públicos.
El magistrado consideró acreditadas las razones fundadas por la empresa en cuanto a que una demora en ese pago podría afectar los derechos de las personas que -en definitiva- son las destinatarias de sus servicios y prestaciones.
"Estos destinatarios no son sólo un consumidor sino beneficiarios de un sistema de salud, en virtud de la singular trascendencia de la función social que tiene a su cargo una empresa de medicina prepaga, que se encuentra por encima de toda cuestión comercial, considerando –sobre todo– los delicados intereses en juego concernientes a la integridad psicofísica, salud y vida de las personas", explicó el juez.
En las causas en las que se encuentra involucrado el derecho constitucional a la salud, además de la especial atención que merecen las personas por parte de quienes están directamente obligados a su cuidado, requieren también la de los jueces y de la sociedad toda, agregó el magistrado.
Ante la trascendencia que esta resolución puede tener, Cayssials hizo uso de la facultad prevista en el Código Procesal Civil y Comercial, que lo habilita a disponer una medida precautoria distinta de la solicitada, o limitarla, "teniendo en cuenta la importancia del derecho que se intentare proteger, con la finalidad de evitar perjuicios o gravámenes innecesarios al titular de los bienes".
Por ello, le ordenó al Poder Ejecutivo Nacional que proceda a la inmediata devolución del 50% del monto de las Letras del Tesoro involucradas en el caso, cuyo pago restante se encuentra alcanzado por la medida dispuesta en el Decreto 596/19, y que fueran adquiridas por las mencionadas empresas, por encontrarse comprometido el derecho a la salud de los beneficiarios de sus servicios.
El Estado nacional apeló la sentencia y la cámara hizo lugar a la solicitud suspendiendo momentáneamente los efectos del fallo, pero los especialistas consultados por iProfesional confiesan que, en los próximos días, habrá novedades y allí se tendrá un poco más de certeza sobre el escenario.
Es que en los tribunales saben que se trata de una sentencia que puede tener gran impacto en las arcas estatales y también "abrir la canilla" para que se sumen otras empresas afectadas.