PASILLOS EN TRIBUNALES

Después de 17 años, confirman sentencia a un banco por utilizar "coleros" en plena restricción cambiaria

El Banco de San Juan deberá pagar 18 millones de dólares por el ardid utilizado en aquel momento de restricciones en el contexto del "corralito"
LEGALES - 23 de Septiembre, 2019

El Banco de San Juan SA fue condenado a pagar una multa equivalente a casi 18 millones de dólares por haber presuntamente recurrido a "listados" y/o "coleros", parte de una organización que operaba puertas afuera de la entidad para operaciones de cambio que violaron las disposiciones del Banco Central en plena vigencia del corralito en el 2002.

La sentencia acaba de firmarse en la Cámara Federal de Mendoza que rechazó planteos de prescripción a pesar de los 17 años transcurridos.

Los "coleros" formaban "parte de una organización que operaba puertas afuera de la entidad¬" y "proveía a la entidad bancaria inspeccionada de individuos, que a cambio de una comisión diaria colaboraron en la maniobra delictiva, aceptando figurar como "clientes", proporcionado sus datos personales, que quedaban en poder de los agentes de la entidad a los fines  de  completar  los  boletos  mediante  los  cuales  se  instrumentaron  las  operaciones  de cambio sospechadas", sostuvo el fallo.

La condena recayó sobre el Banco y ocho empleados de la entidad en ese entonces y consiste en el pago de una multa equivalente en pesos argentinos a 17.766.561,29 dólares estadounidenses más 4.474 pesos argentinos por infracciones al Régimen Penal Cambiario cometidas sobre disposiciones del Banco Central que limitaban la compra de dólares en el marco de la crisis post 2001.

De acuerdo a la sentencia confirmada, habría "realización de operaciones de cambio simuladas en beneficio del propio intermediario financiero, mediando falsas declaraciones en su tramitación"

Entre las conductas enumeradas hubo, según la investigación, "diferencias significativas de trazado, tamaño y estructura entre las firmas de los diferentes clientes insertas en los boletos de autorización, respecto de las que constan en los tickets-boletos de las operaciones cuestionadas, con montos idénticos; la existencia de una firma similar a la consignada en los tickets-boletos emitidos a nombre de diferentes personas, lo cual fue aceptado por dicha entidad bancaria; la existencia de tickets-boletos y boletos de autorización emitidos a nombre de un cliente y firmado por otro o tickets-boletos sin firma alguna de cliente; la verificación de supuestos en los clientes masculinos operan con cuit-cuil femenino y viceversa".

También "operaciones de un mismo titular en diferentes fechas, con diferentes firmas para un mismo cliente; la advertencia de firmas borradas con corrector que no se   corresponden con la firma del comprador", entre otras irregularidades.

"El intermediario financiero investigado procedió a cobrar comisiones excepcionales en 69 casos" y además por ejemplo hubo operaciones cambiarias hechas "después del horario normativamente habilitado por la institución e incluso en ciertos casos realizadas exclusivamente después de las 19".

"Se corroboró la realización de más de una operación por minuto", un dato que avaló la hipótesis judicial vinculada a que "las operaciones llevadas a cabo y materia de investigación serían simuladas" entre el 1 de mayo al 15 de octubre de 2002.

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