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El nuevo proyecto por el aborto llegará al Congreso en plena campaña electoral y ya provoca fisuras internas

Los bloques no tienen una postura uniforme y, salvo excepciones, casi todos tienen legisladores verdes o celestes. Qué indica la nueva iniciativa
28/05/2019 - 05:42hs
El nuevo proyecto por el aborto llegará al Congreso en plena campaña electoral y ya provoca fisuras internas

Este martes se  presentará por octava vez consecutiva el proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) por parte de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.

Este año la presentación cobra más fuerza porque no solo se trata de un año electoral sino que será la primera vez en que la iniciativa se introduce tras haber sido tratada por el Congreso, donde logró media sanción. Hace un año fue aprobada por Diputados, pero en agosto fue rechazada por el Senado. Además, se realizarán simultáneamente "pañuelazos" en más de 100 ciudades del país y del exterior como Madrid, Berlín, Estocolmo, Toulouse y San Francisco.

El texto amenaza con generar diversas grietas en todos los espacios electorales (salvo la izquierda), ya que cuentan con legisladores y futuros candidatos que se manifiestan a favor de la posición abortista, pero también hay un número significativo que pregona la idea de "salvar las dos vidas".

Por ejemplo, en Cambiemos, si bien reconocen que el presidente Mauricio Mari habilitó el debate, pese a manifestarse en contra de la iniciativa, destacan que la mayoría continúa rechazando el texto. En ese sector también se ubica la gobernadora bonaerense, María Eugenia Vidal.

En tanto, en el cristinismo remarcan que la expresidenta Cristina Kirchner y su bloque de Unidad Ciudadana en el Senado y en Diputados avaló la iniciativa, una posible apertura al peronismo provincial, donde hay un fuerte rechazo a la propuesta, puede generar una grieta.

En ese punto, Alberto Fernández, candidato a presidente por el kirchnerismo, en su primera entrevista sostuvo que el aborto no tiene que ser un delito pero consideró innecesario "avanzar tan rápidamente en la legalización, porque la legalización es un tema que divide a los argentinos".

De todas maneras, luego consideró que el aborto "es un tema de la salud pública y hay que buscarle una solución. Por lo pronto me parece que no debe ser un delito y que eso podríamos empezar a trabajar sin necesidad de avanzar tan rápidamente en la legalización, porque legalización es un tema que divide a los argentinos".

Consultado por el diario La Opinión Austral, si en caso de llegar a la presidencia, Fernández indicó que el aborto sería legal, seguro y gratuito.

Para este año se espera una situación incierta, pero las fuentes parlamentarias consultadas por iProfesional no descartaron que se trate, al menos en Diputados. Es que en el Senado, donde fue rechazado, no  hubo un cambio de composición de la cámara.

Desde la  Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal quieren que los distintos candidatos exterioricen sus posturas para que se tenga certeza de la opinión del Congreso en este tema.

Tras la presentación del proyecto habrá una conferencia de prensa en coincidencia con el Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres.

"El reconocimiento del derecho al aborto en leyes e instituciones es la gran deuda de la democracia para con las mujeres y personas con capacidad de gestar", aseguró en un comunicado la Campaña.

Qué dice el nuevo proyecto

El nuevo texto introduce modificaciones al proyecto que obtuvo media sanción. Entre otros puntos:

- Permite la interrupción del embarazo hasta la semana 14. Este plazo podrá extenderse en casos de violación o si corre riesgo la vida o salud integral de la mujer o persona gestante. En la media sanción establecía las 12 semanas.

- No se habla sólo de mujeres con derecho a la interrupción voluntaria del embarazo. La ley describe como sujeto de derecho al aborto a "toda mujer u otras identidades con capacidad de gestar".

Para la Campaña, este punto se incluyó se dio "en el marco de la ampliación de derechos respecto del reconocimiento y respeto de la identidad de género de cada persona, entendida como la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento".

- La cobertura de la práctica, en tanto, deberá ser "integral y gratuita" en los tres sectores del sistema de salud (público, de seguridad social y privado).

- No se requerirá autorización judicial y deberá realizarse "en un plazo máximo de 5 días corridos desde su requerimiento".

En cuanto a la despenalización, el proyecto indica que "No es delito el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional".

Además añade que "la mujer o persona gestante que causare su propio aborto o consintiere que otro se lo causare en ningún caso será penada".

- No incluye la objeción de conciencia, ya que entiende a la interrupción legal del embarazo como un derecho.

Este fue un punto clave para destrabar la discusión legislativa ya que muchos legisladores votaron a favor de la propuesta una vez que se incluyó la posibilidad de objeción de conciencia de los profesionales. De todas maneras prohibía la objeción de conciencia institucional, algo que reclamaban más de una decena de clínicas, hospitales y sanatorios de la ciudad de Buenos Aires y de varias provincias.

Allí se establecía: "El/la profesional de la salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción voluntaria del embarazo tiene la obligación de garantizar el acceso a la práctica y no puede negarse a su realización. El/la profesional mencionado/a en el párrafo anterior sólo puede eximirse de esta obligación cuando manifestare su objeción previamente, de manera individual y por escrito, y la comunicare a la máxima autoridad del establecimiento de salud al que pertenece. (…) Cada establecimiento de salud debe llevar un registro de los profesionales objetores, debiendo informar del mismo a la autoridad de salud de su jurisdicción. Queda prohibida la objeción de conciencia institucional y/o de ideario".

Fuentes oficialistas consultadas por este medio indicaron que para poder avanzar, con la composición actual del Congreso, será necesario reintroducir el concepto de objeción de conciencia.

- Establece una pena de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena "la autoridad de un establecimiento de salud, profesional o personal de salud que dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados. La pena se elevará de uno a tres años de prisión si, como resultado de esta conducta se hubiera generado perjuicio en la salud de la mujer o persona gestante. Si como consecuencia de esa conducta resultara la muerte de la mujer o persona gestante, la pena se elevará a cinco años de prisión".

- Exige la implementación de la Ley de Educación Sexual Integral y asegura que "el contenido curricular sobre aborto debe ser enseñado como un derecho de las mujeres y personas gestantes, a través de contenidos científicos, laicos, confiables, actualizados y con perspectiva de género que puedan fortalecer su autonomía".

También insta a garantizar a la persona que demanda el aborto "información objetiva, pertinente, precisa, confiable, accesible, científica, actualizada y laica sobre los distintos métodos anticonceptivos disponibles, así como la provisión" de los mismos.

"La iniciativa parlamentaria propone la sanción de una ley fundamental y que dará resolución a una problemática de salud pública como son los abortos inseguros en nuestro país, la necesidad de reforzar políticas preventivas en Educación Sexual Integral y programas de salud sexual y reproductiva", señaló la Campaña.

El texto que obtuvo media sanción en Diputados reducía las penas establecidas en el artículo 88 del Código Penal para estos casos: de la prisión de entre uno a cuatro años se pasó a un período de tres meses a un año. En el texto que se presentará el martes este artículo fue quitado y se mantienen las penas para los o las profesionales de salud que realicen la intervención sin el consentimiento de la mujer o persona gestante, eliminando también castigo para aquellos que actuaran con el debido acuerdo de quien requiriera la intervención.