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Para evitar fraudes, las ART piden terminar con los peritos y que se designen cuerpos forenses

La entidad que agrupa a las aseguradoras cuestiona que, en la actualidad, los profesionales de la salud cobran en función del resultado del juicio
14/12/2018 - 07:23hs
Para evitar fraudes, las ART piden terminar con los peritos y que se designen cuerpos forenses

La Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) volvió a destacar la baja significativa en los juicios que hubo luego de la reforma de febrero de 2017, pero resaltó que aún falta conformar los cuerpos médicos forenses en el ámbito del Poder Judicial, creados por la Ley 27.348, que reemplacen a los actuales peritos médicos que actúan en la Justicia Laboral.

Es que la entidad que agrupa a las empresas del sector considera que muchos de esos profesionales de la salud distorsionan los porcentajes de incapacidad de los trabajadores accidentados, en comparación con los litigios en donde actuó una comisión médica.

De esta manera, denuncia que se establece una "marcada diferencia" entre los porcentajes de incapacidad que dictaminan los peritos judiciales y los que fijan las comisiones médicas o las aseguradoras del sistema por aplicación del Baremo, es decir la tabla de incapacidades fijada por ley.

En este sentido, a casi dos años de entrada en vigencia de la ley, la titular de la UART, Mara Bettiol, explicó que “los máximos tribunales judiciales de cada provincia no han procedido aún en la creación y puesta en marcha de los cuerpos médicos forenses, conformados por médicos especializados, seleccionados por concurso, que devenguen honorarios en función de la tarea realizada (ya no más atados al monto de la sentencia) y apliquen de manera adecuada el baremo único o tabla de evaluación de incapacidades que forma parte de la ley 27.348”.

Este fenómeno se debe, según explicó, a que los peritos judiciales utilizan tablas diferentes o varias a la vez, "sin especificar el criterio, ni el uso realizado de ellas".

Por otro lado, enfatizó que el perito "cobra en función del resultado de juicio (a mayor porcentaje de incapacidad, mayor honorario)", y a las diferentes "interpretaciones" del Baremo de Ley o de los porcentajes máximos que dicho índice le permite.

Cada punto de incapacidad tiene un valor promedio de $ 25.000, y según Bettiol, el costo de las indemnizaciones fijadas en sede judicial se elevan adicionalmente hasta cerca de $500.000. A esta cifra luego hay que sumarle los intereses del orden del 80% anual más las costas del proceso, que se ubican en torno al 35% promedio.

El médico laboral Enrique Pereira señala que hoy la cuestión pericial es la parte del problema no resuelto derivada de la poca rigurosidad en la elección de estos profesionales y el hecho distorsivo de que los honorarios periciales se establezcan como porcentaje de la sentencia”.

Al respecto, el abogado Gonzalo Dabini, socio del estudio Bulló, resalta que el sistema vigente de valoración del daño en sede judicial, en la gran mayoría de las jurisdicciones del país se encuentra agotado, ya que tiene un efecto sumamente pernicioso sobre la litigiosidad.

“A esta altura de las circunstancias, es inadmisible que quien defina el alcance del daño sufrido por el trabajador, sea una perito médico o sicológico, sorteado de un listado al cual se accede por el solo hecho de anotarse, sin concurso de antecedentes alguno, y muchas veces sin la necesaria capacitación o experiencia para actuar en el sistema forense”.

La entidad que nuclea a las empresas del sector denunció que "hay 18,2 puntos de incapacidad adicionales a los que marca la aplicación del Baremo (tabla oficial)" para el caso de los juicios en donde el trabajador no pasó por la comisión, mientras que, para los procesos en donde el demandante sí pasó por una de ellas, la diferencia con la sentencia baja a 15,6 puntos.

"Pasando de 9,6 promedio a 22,1% promedio para los casos que no han tenido un paso previo por las comisiones médicas y llevando de 13,6 a 23,8 puntos de incapacidad para los casos que han tenido un paso previo por las comisiones", apunta la UART.

Y en la misma línea, enfatiza que "muchas veces la elusión histórica al paso por comisión médica se motiva en la no existencia de una incapacidad real. Casos que luego, producto del proceso y las prácticas periciales judiciales, terminan en algún grado de incapacidad".

A mediados de septiembre, la entidad advirtió sobre la asignación de causas por accidentes de trabajo a médicos sin sorteo informático previo y que, además, no estaban inscriptos en el padrón correspondiente, ante lo cual se quejó sobre el "total incumplimiento del procedimiento previsto en las normas que regulan el quehacer judicial en la materia".

"Esta irregularidad en la asignación de las causas saltó a la luz, a raíz de la imposibilidad de ubicar a dos médicos que supuestamente habían sido sorteados como peritos. Al constatar la falta de datos sobre los mismos, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 34 realizó un arqueo y pudo constatar que en 24 causas iniciadas contra nueve ART se había omitido el protocolo del sorteo reglamentario y se habían asignado las mismas a médicos que no figuraban en el listado oficial", precisó la UART.

La reforma del sistema de ART ya cuenta con la adhirieron de diversas jurisdicciones como la provincia y la Ciudad de Buenos Aires, además de Córdoba, Mendoza, San Juan, Entre Ríos, Río Negro y Neuquén, entre otras, establece que las comisiones médicas jurisdiccionales constituyen una instancia única, obligatoria y previa al inicio de cualquier demanda contra el sistema en el terreno de la Justicia. Aún falta por adherir la provincia de Santa Fe.

En este escenario, para las aseguradoras no son muchas: o se constituyen los Cuerpos Médicos Periciales en el ámbito de la Justicia Laboral en forma inmediata de manera tal que las pericias de ajusten a los valores de ley o habrá que prever el financiamiento adecuado para cubrir ese desfasaje judicial.