El Gobierno logró el apoyo del peronismo y limitará facultades de la CNV para intervenir empresas
El Congreso está cada vez más cerca de aprobar una de las leyes más solicitadas por el presidente Mauricio Macri y su equipo económico.
Se trata del proyecto de Ley de Financiamiento Productivo, cuya sanción fue pedida expresamente por el mandatario durante la apertura de las sesiones ordinarias ya que la considera clave para incentivar la producción e inversión privada.
La norma, que en un principio se había denominado Ley de Mercado de Capitales, ya fue avalada por Diputados en el recinto y por el Senado durante el debate en comisión, pero deberá volver a la cámara baja porque –para destrabarse- el oficialismo introdujo algunos cambios solicitados por el peronismo "dialoguista".
Entre las modificaciones aceptadas por el oficialismo figura la forma de la designación del presidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Según el proyecto aprobado en Diputados, el funcionario queda confirmado si el Senado no se expide después de 60 días de elevado el nombre del candidato por parte del Gobierno. La modificación eliminaría ese acuerdo, adoptándose en cambio el texto del artículo 7 de la Carta Orgánica del Banco Central.
El otro cambio alude a las excepciones al pago del impuesto a las ganancias para operaciones de compraventa de acciones, debido a que este punto se contradecía con la ley de reforma tributaria ya aprobada y en la que sí se gravaba esas operaciones.
Ahora, el Gobierno espera que el Senado la apruebe en el recinto durante la primera sesión del año y que Diputados lo ratifique lo antes posible para poder implementarla a la brevedad. Desde los distintos ministerios y organismos involucrados ya trabajan en la reglamentación.
Esta norma modificará varias leyes relevantes en la materia, tales como la Ley 26.831 de Mercado de Capitales, la Ley 24.083 de Fondos Comunes de Inversión, la Ley 23.576 de Obligaciones Negociables, la Ley 20.643 referida a Caja de Valores y otra legislación complementaria (incluyendo el Código Civil y Comercial en lo atinente al contrato de fideicomiso, la Ley General de Sociedades y el régimen de letra de cambio y pagaré).
Uno de los objetivos de esta reforma es eliminar las "excesivas facultades" que la reforma impulsada por el kirchnerismo en el 2012 le otorgó a la CNV para supervisar, regular, inspeccionar, fiscalizar y sancionar tanto a los agentes autorizados como a las empresas cotizantes en la Bolsa de Comercio.
Entre otras cuestiones, se le criticaba además que la ley habilitaba a la Comisión Nacional de Valores (CNV) a inspeccionar e intervenir empresas si se afectaban derechos de los socios minoritarios.
Limitación de facultadesCon respecto al accionar de la CNV, la iniciativa que pronto tratará el Senado en el recinto:
- Elimina las facultades del artículo 20 de la LMC que le permitían nombrar veedores con poder de veto e incluso intervenir una empresa, desplazando a su directorio, sin orden judicial. Para el macrismo, ello significaba otorgar prerrogativas excesivas.
Con la ley actual, una "simple" denuncia de un accionista minoritario ante la comisión, (respecto de un determinada accionar del directorio -que pueda ser tildado como grave-) podría servir de disparador para que se proceda a la remoción de uno o todos sus miembros por 180 días.
La crítica de los empresarios surgía porque se le daba, en los hechos, a la CNV la capacidad de "inmiscuirse en la vida privada de las sociedades y la posibilidad de ser juez o juzgar por parte de los organismos administrativos".
Durante el kirchnerismo, por este artículo, varias compañías decidieron "no ir al mercado de capitales" para financiarse porque temían que el Estado, -accionista minoritario en muchas empresas cotizantes a través de la ANSES-, los presione con el fantasma de la intervención.
Con esta reforma, los especialistas consideran que se mejoran las garantías de las empresas que sean sumariadas por la CNV en otros aspectos como el plazo de los recursos, la obligatoriedad de la audiencia previa, la posibilidad de desestimar denuncias sin fundamentos, la necesidad de recurrir a la justicia para el auxilio de la fuerza pública, entre otras cuestiones.
- Cambia el fuero de revisión de resoluciones o sanciones de la CNV. La propuesta vuelve a la justicia en lo comercial en lugar del fuero contencioso-administrativo. Además, dispone que los recursos tendrán efecto suspensivo (no solo devolutivo, como en la norma vigente).
- Amplía las facultades para dictar regulaciones tendientes a mitigar situaciones de riesgo sistémico, como fijar aranceles máximos a percibir por parte de los mercados, crear o modificar categorías de agentes, fomentar la simplificación de la negociación de valores negociables para los usuarios y dictar normas tendientes a promover la transparencia e integridad de los mercados de capitales para evitar conflictos de intereses.
- Permite reglamentar la "oferta privada", para que no califique como "oferta pública", de acuerdo a los medios y mecanismos de difusión, ofrecimiento y distribución, y el número y tipo de inversores a los cuales se destina la oferta.
- Propone cambios en el funcionamiento interno de la CNV. Su Presidente, por ejemplo, tendrá voto dirimente en caso de empate. También le permite tomar resoluciones urgentes junto a un director en circunstancias excepcionales que impidan la reunión del Directorio.
- Elimina la facultad de intervención del Banco Central -en ejercicio de sus funciones de regulación de la moneda, el crédito y la ejecución de la política cambiaria- para limitar con carácter general y por el tiempo que estime necesario, la oferta pública de nuevas emisiones de valores negociables que establece la actual LMC. Fortalece, de tal modo, a la CNV como órgano regulador del mercado de capitales, sin la intromisión del Banco Central.
Otros cambios
Además, la iniciativa crea una factura de crédito electrónica para MiPyMEs que reemplazará los comprobantes de ventas y las facturas de crédito vigentes.
De acuerdo al proyecto, se busca mejorar el marco normativo para permitir el lanzamiento de nuevos productos para las Pymes, entre los que se incluyen el descuento de facturas en el mercado, y facilitar existentes, como la emisión de obligaciones negociables simples.
Y las pequeñas y medianas empresas podrán descontar sus facturas electrónicas, ya que habrá un plazo legal de pago, como si fuera un cheque, para evitar que las multinacionales se financien a través de sus proveedores, "estirando" los pagos.
También habilita la creación de fondos comunes que replican rendimientos de otros activos (ETF) y fondos para inversores calificados, mientras que otorga a los fondos cerrados la condición de transparencia impositiva, eliminando la doble imposición tributaria.
Por el lado del mercado hipotecario, renueva las condiciones necesarias para la emisión de letras hipotecarias, que serán emitidas por los bancos y respaldadas por las hipotecas que otorguen, y estarán destinadas a inversores institucionales, como fondos comunes y compañías de seguros, quienes a su vez podrán emitir pólizas ajustadas por CER.
Además permite la actualización por inflación de los seguros de vida, retiro y de capitalización.
Y para estimular el volumen de operaciones en la Bolsa porteña, contempla beneficios impositivos para empresas con más de 25% de capital flotante en el mercado. Así, lograría trasladar el financiamiento de las empresas desde los bancos hacia el mercado de capitales, de modo que las pymes puedan financiarse a través de él.
A continuación, el texto completo de la ley que fue modificada en el Senado y que volverá a discutirse en Diputados.