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Corte revocó fallo que triplicaba indemnización laboral por una lesión

La cámara laboral porteña otorgó un resarcimiento de $4 millones a una empleada de una transportadora de caudales. Para la Corte, fue "arbitrario"
04/10/2017 - 01:47hs
Corte revocó fallo que triplicaba indemnización laboral por una lesión

La Corte Suprema de Justicia revocó un fallo de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que condenaba a pagar $4 millones en concepto de indemnización por accidente laboral.

La denuncia fue presentada por una "re-contadora de billetes" que trabajó en la transportadora de caudales Brink's Argentina desde mayo de 2008 hasta febrero de 2011.

Tras ser despedida, promovió un juicio laboral contra la empresa y su ART reclamando una indemnización de $482.112 por las lesiones físicas que dijo haber sufrido en virtud de ese trabajo, argumentando que le causaron una incapacidad del 50%.

Durante el juicio se comprobó con el examen médico que la trabajadora había sufrido de tendinitis en sus muñecas, lo cual le provocaba una incapacidad física del 7,32%.

El fallo de la Sala III, firmado por la jueza Diana Cañal y al que adhirió el juez Néstor Rodríguez Brunengo, sostuvo que de esa lesión se derivaba también una incapacidad psíquica del 10%.

La sentencia ordenó que la empresa y su ART debían pagar una indemnización por daño material y moral de $1.150.000, suma a la que le añadió otra todavía más elevada en concepto de intereses, llevando la condena a un total de $4 millones.

La Corte revocó este fallo señalando que los jueces de la cámara fijaron la indemnización en una suma cercana al triple del importe estimado por la propia trabajadora apoyándose en pautas sumamente genéricas que "no permiten verificar cuáles han sido los fundamentos o el método seguido para establecerla".

Esta es la segunda vez que la Corte revoca un fallo de la Sala III de la cámara laboral porteña por resultar arbitrario.

El 4 de julio de este año, en la causa "López c/Horizonte", se revocó la sentencia dictada por la doctora Cañal y el doctor Rodríguez Brunengo que eximía al trabajador de pagar los gastos generados por el juicio laboral que había perdido por su propia culpa.

El fallo de la Corte fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz.