El Senado consensuó cambios y avanza el proyecto que pena a empresarios por pagar coimas
El Senado avanzó el miércoles con el proyecto de ley sobre Responsabilidad Penal Empresaria en un marco de consenso entre oficialismo y oposición, aunque su votación podría postergarse hasta octubre.
La iniciativa que busca penalizar a empresas por delitos de corrupción obtuvo dictamen de mayoría en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, con las firmas de senadores de Cambiemos, del PJ-FPV y del Interbloque Federal.
Finalmente se decidió establecer que la responsabilidad por la comisión de un delito recaerá tanto sobre la empresa como sobre el empleado que lo haya perpetrado y, además, que las compañías deberán tener un Programa de Integridad para la prevención de ilícitos si quieren ser contratadas por el Estado.
El proyecto fue enviado por el Poder Ejecutivo y aprobado con cambios por la Cámara de Diputados, que deberá recibirlo nuevamente en caso de que el Senado lo sancione, debido a las modificaciones que se le hicieron.
La iniciativa contempla los delitos de cohecho (pago de coimas); tráfico de influencias nacional o transnacional; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; concusión (exacciones ilegales); enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y falsificación de balances.
Según el proyecto, relevado por la agencia NA, las empresas serán responsables por esos delitos cuando "hubieren sido realizados, directa o indirectamente, con su intervención o en su nombre, interés o beneficio" y quedarán exentas "sólo si la persona humana que cometió el delito hubiere actuado en su exclusivo beneficio y sin generar provechoal guno" para la compañía.
Si la persona que intervino en el delito no puede ser identificada, la persona jurídica podrá ser condenada de todas formas, siempre que la Justicia concluya que el delito no podría haber sido cometido sin su tolerancia.
Entre las penas que correrán para las empresas figuran: una multa de dos a cinco veces el monto del "beneficio indebido obtenido"; la suspensión de actividades por un plazo no mayor a diez años y la suspensión para participar en concursos o licitaciones estatales por no más de diez años.
En caso de que la empresa haya sido creada únicamente a los efectos de la comisión del delito o si ese acto fuera su principal actividad, la Justicia deberá ordenar la disolución y liquidación total de la personería.
Asimismo, la empresa solamente será eximida de pena cuando denuncie espontáneamente un delito tras una investigación interna, cuente con un Programa de Integridad y devuelva el beneficio del ilícito, simultáneamente.
El presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, destacó que "el proyecto acordado entiende que las empresas también tienen que recibir sanciones ante este tipo de delitos" y explicó que "hasta ahora se da un choque entre el derecho penal de las personas y el de las empresas".
"A partir de esta ley apuntamos a que los delitos de corrupción sean investigados de forma rápida. Buscamos poner un marco regulatorio para resolver los temas de corrupción en tiempo y forma", precisó el legislador.
El proyecto también señala que la persona jurídica podrá celebrar con el Ministerio Público Fiscal un acuerdo de colaboración eficaz para revelar información que contribuya al esclarecimiento de los hechos y la identificación de sus autores. Para celebrar ese acuerdo la empresa deberá cumplir con varias condiciones, como pagar una multa, restituir las cosas o ganancias producto del delito y abandonar en favor del Estado los bienes que resultarían decomisados su fuera condenada.
Los Programas de Integridad que las empresas estarán obligadas a conformar en caso de que se apruebe la ley, deberán contener un código de ética, reglas y procedimientos para prevenir ilícitos en el ámbito de concursos y licitaciones, capacitaciones y análisis periódicos de riesgos. La existencia de un programa de este tipo será, de acuerdo al proyecto, una condición excluyente para poder contratar con el Estado nacional.
El Senado eliminó la cláusula que había introducido la Cámara de Diputados para declarar imprescriptibles los delitos de corrupción y estableció que la acción penal contra las personas jurídicas prescribe a los seis años de la comisión del delito.
Si bien el proyecto ya cuenta con dictamen de la comisión, el Senado podría votarlo recién en la primera semana de octubre si se decide postergar la sesión que estaba prevista para el 27 de septiembre, algo que todavía no está definido.