Camuzzi suspendió su reclamo contra la Argentina ante el CIADI
Camuzzi International comunicó hoy al gobierno argentino su decisión de suspender los juicios en el Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), en los que reclamaba por los efectos que la crisis vivida por la Argentina durante 2001 y 2002 produjo en sus empresas del sector energético por un monto cercano a los u$s220 millones.De esta manera pone fin a una parte importante de los reclamos que tiene vigentes en ese tribunal internacional dependiente del Banco Mundial.El alcance de esta importante decisión involucra a las siguientes compañías:
- Empresa Distribuidora de Energía Atlántica (EDEA), concesionaria de la distribución de energía eléctrica en la región Este de la provincia de Buenos Aires.
- Empresa de Energía de Río Negro Sociedad Anónima (Edersa), distribuidora de energía de Río Negro.
- Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Patagonia Sociedad Anónima (Transpa), la única firma transportadora del Sistema Patagónico.
"Nuestra relación con la Argentina, como hemos sostenido en cada oportunidad, con nuestras acciones e inversiones aún en los peores momentos de la crisis, es una relación de largo plazo, estamos comprometidos con el desarrollo del país y de su gente y creemos que esta decisión es un paso muy importante en esta relación", expresó Fabrizio Garilli, principal accionista del Grupo Camuzzi.
La causaEn abril de 2003, la firma, que tiene su sede en Luxemburgo, presentó una solicitud de arbitraje ante el CIADI, debido a que las medidas económicas adoptadas por las autoridades argentinas "habrían modificado el marco regulatorio vigente para inversores extranjeros", afectando la inversión de la demandante en tres empresas de distribución y transporte de energía eléctrica en la Argentina.En su solicitud, la empresa invocó las disposiciones del convenio entre la Argentina y la Unión Económica Belgo-Luxemburguesa para la Promoción y la Protección Recíproca de las Inversiones, suscrito el 28 de junio de 1990, ratificado por las partes en 1994.En el reclamo, Camuzzi había solicitado que el tribunal declare que la Argentina violó el artículo 3º de aquel tratado por:
- No otorgar a sus inversiones un tratamiento justo y equitativo
- No haberles conferido la seguridad y protección permanente comprometidas
- Obstaculizar, mediante medidas injustificadas y discriminatorias, la gestión, el mantenimiento, y el uso y goce de su inversión.
También había dicho que la Argentina transgredió el artículo 5º y que le otorgó un tratamiento menos favorable que el reconocido en el derecho internacional, al adoptar medidas con efectos expropiatorios sobre sus inversiones en la Argentina, sin observar los compromisos específicos adoptados. Así, reclamó una indemnización por expropiación por la suma de 215, 5 millones de dólares.