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El caso Bieber y la polémica: ¿cómo reclamar la devolución del dinero si se cancela un evento?

Miles de fans se quedaron con las ganas de ver a su artista favorito y muchos padres se agarraron "la bronca de sus vidas" por haber gastado miles de pesos
11/11/2013 - 10:03hs
El caso Bieber y la polémica: ¿cómo reclamar la devolución del dinero si se cancela un evento?

"Nos bancamos horas de cola, gastamos miles de pesos en entradas, transporte y alojamiento", se quejó una lectora de Bahía Blanca a este medio a través de un mail.

La mujer se encontraba indignada por la suspensión del recital de Justin Bieber en el estadio de River el pasado domingo.

Explicó que habían salido el sábado por la mañana con sus hijas desde su ciudad de origen (a unos 700 kilómetros de la Capital Federal) y que apenas llegaron al centro porteño se dirigieron al hotel donde se alojaba el artista. El domingo temprano fueron al estadio e ingresaron apenas abrieron las puertas a las 16 horas. Escucharon a varios artistas en el marco Festival Z, pero al momento en que estaba pactado el comienzo del concierto del famoso artista canadiense (20.30 horas), éste no comenzó.

Allí se enteraron que el joven se había intoxicado al ingerir alimentos en mal estado (según la versión oficial) y que no se había presentado al meet & greet con sus fans que llegaron a abonar por esto más de $8.000.

El show finalmente arrancó a las 22.05 y, abruptamente, concluyó 50 minutos más tarde.

Algunos recordaron el antecedente de Chayanne en 2007 y, curiosamente, en el mismo estadio. En aquella oportunidad, el cantante portorriqueño interrumpió su recital después de sólo cinco canciones. "Tengo la voz muy rota y no sé si voy a poder hacer el show", que, en efecto, no continuó. Dicho espectáculo se realizó tres semanas después y a aquellos que no pudieron ir en la segunda oportunidad se les reintegró el dinero.

En este caso, sin embargo, ni los organizadores del evento, ni la productora Fénix Entertaiment Group, ni TopShow (quien vendió los tickets) confirmaron otro recital o cómo pensaban devolver el dinero a los espectadores.

Fenix Entertainment se limitó a indicar que "sus operadores están atendiendo los reclamos por vía telefónica" y que las líneas se encontraban colapsadas.

Además, señaló que habilitará una línea directa 0810 y un formulario accesible vía teléfono móvil para hacer el trámite correspondiente a la devolución del importe correspondiente al Service Charge; es decir, hasta el momento, la productora se comprometió a restituir sólo el costo de servicio pero no el valor de la entrada.

De acuerdo con la Ley de Defensa del Consumidor, respecto de este concepto, debe responder cualquiera de las partes de la cadena organizativa ya sea, la organizadora, productora o quien vende los tickets. Luego deben arreglárselas y compensarse entre ellos.

"Siguiendo los lineamientos de la Ley de Defensa del Consumidor, deberían responder (para el caso de frustración de un espectáculo) el organizador, el productor, el comercializador. El usuario puede reclamar frente a todos ellos, o a alguno/s de ellos, sin perjuicio del derecho de repetición que los responsables tengan entre sí", explicó Flavio Lowenrosen, director del Suplemento de Derecho del Consumidor de elDial.com.

Quejas de diversa índole"Yo entiendo que es un ser humano y por ende puede enfermarse, pero no mientan, el show comenzó a las 22.07 y lo suspendieron a las 22.55. No cantó una hora sino solo 5 temas y hubo mucho intervalo de música electrónica", se quejó una madre en la página de Facebook de la productora.

"Fenix Entertainment sabe que el atractivo principal del espectáculo era Justin Bieber y que nadie pagó estas entradas, tan caras, para ver ni a Owl City, ni a Cody Simpson, Carly Rae Jepsen, ni a Fabian Manuk por más que todos estos músicos hayan hecho su presentación, el motivo principal del recital era Justin Bieber y corresponde que devuelvan el importe de las entradas", se quejó otra madre.iProfesional dialogó con varios especialistas en defensa del consumidor, quienes explicaron que los damnificados pueden reclamar no solo por la devolución de las entradas sino también los otros daños ocasionados por esta suspensión (tales como alojamiento o transporte).

Desde la Asociación Protectora explicaron que, para los casos de sobreventa de entradas, suspensión o cancelación del concierto o espectáculo, deberá devolverse en las mismas condiciones que se compró todo el importe pagado, cualquiera sea la causa.

"Conforme a la Ley de Defensa al Consumidor, dispone de la posibilidad de reclamar daño directo por los perjuicios ocasionados", agregaron.

http://www.youtube.com/watch?v=o0C_CZFnkCk&feature=youtu.beCómo reclamar

De acuerdo con la mencionada asociación, primero se debe reclamar por teléfono (pidiendo el número correspondiente al trámite de queja), por Internet, por carta documento (guardando copia y recepción) o por nota firmada (conservando su constancia de recepción, al igual que en el caso anterior).

De no haber sido satisfecho dicho reclamo o no haber sido plenamente satisfactoria la respuesta, porque no se hubieran abonado intereses por la demora en la devolución del dinero, o los daños y perjuicios respectivos o por los trastornos ocasionados, el damnificado deberá concurrir a formular la denuncia al Organismo Gubernamental de Defensa del Consumidor.

En la misma deberá expresar el motivo respectivo (explicando si el concierto o espectáculo se ha sobrevendido, suspendido, cancelado, o fue deficiente en su performance, por ejemplo, si no se escuchaba o si duró menos de lo previsto). En definitiva, si no se cumplió con la oferta promocionada para el evento y las condiciones en las que fue comprada la entrada o ticket.

Además, se deberá agregar original y copia de la entrada, ticket o comprobante que se tenga de la adquisición (por duplicado), la constancia, de haber hecho el reclamo previo (si fue necesario), o el número si fue telefónico o por Internet.

Los proveedores deberán adjuntar toda la documentación que obre en su poder y que resulte necesaria y suficiente para resolver la cuestión planteada (art. 53 LDC).

Luego se deberá solicitar, en su caso, reintegro de lo pagado por el evento o en lo que se hubiera visto perjudicado el comprador.

Es decir, de acuerdo con la ley, se puede pedir un resarcimiento por daño directo por el efectivamente sufrido, los gastos generados, la pérdida de tiempo en hacer efectiva la queja -para evitar que los daños queden sin reparación y "en abstracto"-, y hacer operativos los derechos de consumidor.

Además, se puede solicitar la aplicación de una multa.

En el caso que la audiencia de conciliación fuera dispuesta a una fecha remota, que prolongue el trámite innecesariamente en el tiempo, se puede reclamar judicialmente, sin necesidad de agotar la vía administrativa, o recurrir en forma previa.

Para iniciar una acción judicial, es necesario contar con un abogado que asesore al cliente y lo patrocine.

"Vale mencionar que todas las acciones planteadas a través de Defensa al Consumidor gozan de gratuidad, por lo que no se abonará ninguna tasa o gasto para su inicio", agregaron desde Protectora.

Y destacaron que el art. 40 bis de la Ley de Defensa del Consumidor dispone que todos los daños y perjuicios que tenga el damnificado, serán indemnizados con un monto de hasta $6.300.

En tanto, en el caso de ir a juicio, dicha suma se tomará a cuenta de lo que disponga como indemnización el magistrado, concluyeron.

"Cuando se posterga la fecha prevista en origen o cuando se aborta (ya que no se realizará en la fecha pactada y no se hará en otra a posteriori) un espectáculo público qué es anunciado con antelación, y cuyas entradas se comercializaron con anterioridad al evento (es decir no se sacan en ventanilla al momento de ingresar al mismo) se entiende que el organizador debería avisar por medios publicitarios, con suficiente plazo, el diferimiento del evento o su suspensión definitiva", indicó Lowenrosen.

Es decir, en caso que el evento no se realice y ya se hayan vendido entradas, el productor u organizador o comercializador de las entradas debería articular e implementar los mecanismos suficientes que permitan que los adquirentes puedan recuperar íntegramente (sin descuento, ni debito alguno) las sumas correspondientes al "ticket" adquirido.

Es decir, ellos tendría n que correr con todos los gastos que surjan de la transferencia del dinero, en lugar del damnificado.

"Pero, asimismo, el usuario tendría derecho a ser resarcido por el daño emergente soportado. Podría solicitar el reintegro de los gastos derivados del traslado al lugar del evento y/o de pernoctar en la noche del mismo en la ciudad donde se realiza cuando se haya trasladado desde otro lugar, siempre que acredite que el traslado fue con causa exclusiva en el espectáculo. Debería contar en su poder con la prueba que acredite su lugar de residencia, gastos de traslado y de alojamiento", concluyó el especialista de elDial.com.

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