• 21/11/2024

Blanqueo: qué provincias acordaron no tener retenciones sobre depósitos especiales

El blanqueo en efectivo en esta primera etapa se puede realizar depositando dólares o pesos en cuentas especiales bancarias antes del 30 de septiembre
12/09/2024 - 17:41hs
Buenos Aires, Ciudad y 21 provincias más decidieron que no habrá retenciones sobre los depósitos

Veintitrés provincias, entre las que están Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y la ciudad de Buenos Aires, decidieron que no practicarán retenciones de Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre los depósitos en cuentas especiales de dinero del blanqueo, aunque la mayoría tampoco adherirá a la medida del Gobierno nacional.

El blanqueo en efectivo solo puede realizarse en esta primera etapa del régimen de regularización y, para ello, se deben depositar dólares o pesos en cuentas especiales bancarias denominadas CERA antes del próximo 30 de septiembre.

La medida tomada por las provincias, según la fuente consultada, llevó alivio al Banco Central, porque se espera que muchos que blanquean, vendan dólares en el mercado blue, y luego depositen pesos, lo que aliviaría el esfuerzo diario por arbitrar que no suban los dólares financieros. Es que los depósitos alcanzados por el sistema de retención provincial SIRCREB son los que están en pesos.

Blanqueo: Buenos Aires, Ciudad y otras provincias no tendrán retenciones sobre los depósitos

El plenario de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, que se encarga de la distribución del Impuesto sobre los Ingresos Brutos entre las provincias, se reunió este jueves para discutir qué hacer con los dólares y los pesos que ingresan a las cuentas CERA de los bancos por el blanqueo.

Esto se debe a que muy pocas provincias adhirieron al blanqueo o lo piensan hacer, e incluso, la pionera que fue Neuquén no prevé la exención total de Ingresos Brutos, sino que emitió una ley de adhesión "con costo".

Como se había hecho en 2018, las 22 provincias reunidas en la Comisión Arbitral y adheridas al sistema de retenciones bancarias de Ingresos Brutos (SIRCREB) votaron por mantener o no la inclusión de las cuentas especiales CERA del blanqueo en el padrón de ese mecanismo.

En ese conteo, las 22 jurisdicciones adheridas al SIRCREB votaron por no retener sobre depósitos del blanqueo. En tanto, de las dos que no adhieren al sistema unificado de retención bancaria, Tucumán adhirió a la decisión de no retener, quedando únicamente afuera Misiones.

La decisión abarca a los depósitos de contribuyentes "de convenio", o sea a los que tributan en varias provincias, pero también a los locales, que solo están inscriptos en una jurisdicción.

De este modo, los bancos de provincias como Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y Río Negro, junto a la ciudad de Buenos Aires, la mayoría de las cuales no adhirió ni adherirá al blanqueo, no retendrán Ingresos Brutos de las cuentas especiales CERA del blanqueo.

Hasta ahora, esas jurisdicciones estaban reteniendo 3% por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre los depósitos en pesos, ya que desde 2021, las provincias reunidas en la Comisión Arbitral no retienen sobre los depósitos en dólares por un acuerdo entre ellas.

Qué pasa si las provincias no adhieren al blanqueo

El blanqueo ofrece un "tapón fiscal", donde libera a quienes se adhieran de todo tributo nacional que podría haberse adeudado al 31 de diciembre de 2023 sobre los bienes que se declaran y, más importante en algunos casos, por cualquier bien o tenencia no declarado que hubieren poseído con anterioridad a esa fecha y los hayan consumido, comenta Francisco A. Blanco, socio de FABTAX.

Pero la adhesión o no de las provincias y municipios al blanqueo es un factor muy importante, dado que estas tienen la potestad de determinar sus tributos locales, como el Impuesto sobre Ingresos Brutos y la Tasa de Seguridad e Higiene, advierte.

Pero son muy pocas las adhesiones hasta ahora, y con la experiencia del blanqueo de 2017, no debe descartarse la posibilidad de que algunas provincias establezcan sus propios "impuestos especiales" sobre aquellos contribuyentes locales que resuelvan adherirse al régimen, afirma.

Fue el caso de La Pampa, que aplicó un "impuesto especial" cuya alícuota era del 5% y se determinaba tomando como base imponible la totalidad de los bienes sincerados, se encontraren o no dentro de la provincia, ejemplifica.

En otras palabras, aquellos contribuyentes radicados en La Pampa o con bienes allí sujetos al sinceramiento, se encontraban expuestos en una situación que la que se veía hasta duplicado el costo de ingresar en aquel régimen, remarca.

No hay indicios de que en el actual blanqueo las provincias estén pergeñando "impuestos especiales", pero poseen las potestades tributarias para dar rienda suelta a su creatividad fiscal, señala.

Cómo recortar el riesgo en el caso del blanqueo en una empresa

En el caso de que una empresa sea la que quiera ingresar al régimen, el efecto de los tributos locales (en especial, el Impuesto sobre los Ingresos Brutos) cobra mayor preponderancia, subraya.

De todos modos, de no obtenerse novedades por parte de las provincias, cabe destacar que este régimen posee como novedad la posibilidad que los accionistas o socios puedan declarar y regularizar activos a su nombre y el efecto liberatorio se extiende a las empresas; esto podría ser un punto importante dado que las personas humanas en la mayoría de los casos están menos incididas por la tributación provincial y municipal, aclara.

Mientras tanto, las provincias dieron un paso importante para facilitar el blanqueo, al acordar no retener en cuentas bancarias especiales del blanqueo, a través del mecanismo SIRCREB, por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.