Rigen cambios respecto al haber máximo jubilatorio
Como consecuencia del aumento de los haberes jubilatorios en un 7,5% a partir de julio de 2008, desde Arizmendi detallan los montos y las fechas según fueron evolucionando los haberes mínimos y máximos jubilatorios
Detalles
De acuerdo con lo dispuesto por el decreto 279/08, se incrementa también el haber máximo jubilatorio de las prestaciones otorgadas o a otorgar en virtud de la ley de jubilaciones 24.241 y anteriores.
Igualmente, como consecuencia del incremento del haber, queda fijado el monto del haber mínimo de las prestaciones.
Monto del haber máximo jubilatorio
El artículo 9 de la ley 24.463, de Solidaridad Previsional, fijó el haber máximo del Régimen Previsional Público en 3.100 pesos. Ese importe fue incrementado, sucesivamente a partir de junio de 2006, quedando conformada la siguiente escala:
- Junio de 2006: Se incrementó el haber máximo en un 11% siendo de 3.441 pesos el haber máximo resultante.
- Enero de 2007: Se fija un incremento del 13% siendo el haber máximo de 3.883,33 pesos.
- Septiembre de 2007: El incremento fue del 12,5% resultando un haber máximo de 4.374,37 pesos.
- Marzo de 2008: Se estableció un incremento del 7,5% con lo que el haber máximo pasa a ser de 4.702,44 pesos.
- Desde julio 2008: Por último, se establece un incremento del 7,5 % , por lo que haber máximo queda fijado en 5.055,12 pesos.
Monto del haber mínimo jubilatorio
Por aplicación de las normas antes citadas, el monto mínimo se estableció en:
- Junio 2006: 470 pesos.
- Enero 2007: 530 pesos.
- Julio 2007: 596,20 pesos.
- Marzo 2008: 655 pesos.
- Julio 2008: 690 pesos.
De esa manera, los analistas resumieron la evolución de los montos desde junio de 2006.
Arizmendi
Departamento Legal y Técnico