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Financiar impuestos es más barato que pedir un préstamo

Empresas eligen adherir a planes de pago impositivos, que cobran 2% mensual, y cancelan deudas comerciales y bancarias, cuyo costo financiero llega a 15%
21/09/2007 - 14:01hs
Financiar impuestos es más barato que pedir un préstamo

Las empresas enfrentan hoy una importante carga tributaria –impositiva, aduanera y seguridad social, entre otras- a nivel nacional, provincial, municipal. Y, al mismo tiempo, tienen que hacer frente a diversas deudas, que son las que realmente sustentan su negocio, para las que acuerdan fechas de vencimiento con proveedores, bancos y acreedores en general.

En un contexto donde las variaciones en las tasas del mercado para descuentos de documentos -las que se aplican al pedir un préstamo- o de descubiertos bancarios contrastan con el bajo costo financiero de los planes de pago -de impuestos vigentes-, los empresarios se ven seducidos por pagar a sus proveedores con fondos de obligaciones impositivas que difieren en el tiempo.

Mientras la tasa que cobran los bancos puede llegar al 6% mensual para descontar cheques, organismos como la AFIP o Rentas "financian" muy por debajo de los valores del mercado, alcanzando apenas un 2% por mes.

Frente a ese cuadro, algunas empresas se plantean las siguientes disyuntivas cuando las cobranzas y la obtención de créditos se hacen difí­ciles: ¿pagan las mercaderí­as, los impuestos o cancelan un rojo bancario? Siempre mirando las consecuencias, que pueden ser el corte de la cadena de aprovisionamiento, multas e intereses de la AFIP, el cierre de una cuenta o la limitación de los giros en descubierto. El pago de impuestos es una obligación indeclinable e incurrir en incumplimientos implica evasión, pero ello no sucede cuando se regulariza la deuda en un plan de pagos.

Por ello, según explicaron empresarios, éstos evalúan cómo cumplir con esos múltiples objetivos, y hoy encuentran en los planes de pago una alternativa para diferir la cancelación de deudas impositivas y destinar estos fondos a las deudas que no admiten aplazamientos. 

Un análisis del mercado valida la conveniencia de elegir financiar deudas tributarias por lo bajo de las tasas que se cobran. Son sensiblemente menores a las que ofrecen otras ví­as de financiación.

Panorama financiero

El cash flow, las polí­ticas en torno a créditos y cobranzas y el presupuesto dictan los pasos que deben seguir los empresarios en un contexto donde las oscilaciones en las tasas y los riesgos del mercado signan el costo financiero de no pagar al contado.

Así­, aparecen opciones como descontar cheques para cubrir pasivos, donde para hacerse de fondos los bancos de primera lí­nea cobran alrededor de 15,5% anual a 30 dí­as (tasa vencida), según datos promedio recolectados por infobaeprofesional.com.

También está la ví­a de negociar cheques diferidos en la Bolsa de Comercio. Según las caracterí­sticas de la empresa, la tasa aplicable a estas operaciones se ubica entre el 9,75 y 17 por ciento anual a 30 dí­as (tasa vencida).

Las financieras ofrecen descuentos, pero la tasa llega al 6% mensual más el Impuesto al Cheque correspondiente.

Frente a ese escenario, especialistas aseguraron que aquellos números ponen de relieve la conveniencia de posponer el pago de los impuestos en favor de la cancelación de deudas comerciales, fondeándose con el monto que se destinarí­a al IVA, cargas sociales, Ingresos Brutos y anticipos de Ganancias, pero al mismo tiempo incluyendo la deuda en regí­menes de regularización a bajo costo y sin incurrir en incumplimientos.

Incluso, el interés "resarcitorio" que cobra por ejemplo la AFIP –cuando el contribuyente se atrasa en el pago de una cuota- desde julio de 2006, es del 2% mensual, porcentaje muy inferior a los valores de mercado. Alberto Abad, titular de la AFIP, sostuvo al respecto que "más del 90% de los planes de pagos refinancian deudas de las Pyme", en alusión a la importancia que tienen los regí­menes de pago como herramienta financiera y de cumplimiento.

El escenario bonaerenseAnte la avanzada fiscal de Santiago Montoya, subsecretario de Ingresos Públicos de Buenos Aires, las empresas evalúan con cuidado las consecuencias de la falta de pago de los impuestos provinciales.

En este sentido, la falta de pago puede implicar embargos y otras medidas cautelares, como el "popular" secuestro de bienes, además de las clásicas intimaciones y otras tan controvertidas como el uso de "obleas".

Rentas admite la posibilidad de "financiar" la deuda a través de planes de pago y estar, al mismo tiempo, al dí­a con el fisco con sólo abonar un 1,5% mensual.

En este esquema, expertos explicaron que es más económico adherir a las "moratorias" bonaerenses en cuotas y con significativos descuentos por tributos como Ingresos Brutos, Patentes y hasta el renombrado Impuesto Inmobiliario. En materia de descuentos, se otorga hasta 30% de reducción del monto de los intereses y la condonación del importe de los recargos, según la forma de cancelación -cuotas y al contado- y los términos de la disposición normativa B-31/07.

Para deudas porteñasRentas de la Ciudad lanzó a comienzos de este mes, y con vigencia hasta el próximo 8 de noviembre, un nuevo plan de pagos para poner al dí­a deudas como Ingresos Brutos, Patentes y ABL, entre otros.

Las autoridades del organismo aseguraron que la medida beneficia a 250.000 contribuyentes por deudas devengadas antes de 2007. La recaudación que esperan generar por esta ví­a se estima en $250 millones.

En este esquema están previsto pagos al contado y en cuotas. En esta última modalidad, el interés por financiación se fijó en un 0,25% mensual.

También se ofrece un 50% de descuento sobre los intereses resarcitorios, siempre que se cumpla con el requisito de que la deuda no se encuentre transferida a juicio y no tener vencimientos impagos del 2007.

El pago de la primera cuota de plan vence el dí­a 25 del mes siguiente al de la solicitud de acogimiento y así­ sucesivamente.

Independientemente de la financiación, se debe tener en cuenta que existen montos mí­nimos de las cuotas mensuales que respetar. En Ingresos Brutos del régimen general es de $100. En el resto de los tributos y en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos es de 25 pesos.

La resolución que fija cómo calcular el monto de las cuotas surge de la resolución 2299 de la DGR.

De la mano de la AFIP

El fisco nacional propone dos alternativas de regularizar deudas, que se encuentran vigentes dependiendo del perí­odo al que corresponde la deuda y que, según el caso, presentan el atractivo de poder "escalonar" el capital, es decir, fraccionarlo en el tiempo. Las dos modalidades que plantean el lema "Hagamos un trato" son los planes "Mochila fiscal" por deudas de la crisis de fines 2001 y anteriores a agosto de 2005, y los "Permanentes", que permiten incluir deudas corrientes.

Un indicador del nivel de adhesión que presentan estos planes consiste en que más de 500.000 casos ya fueron regularizados por deudas, y que en total superaban los $10.000 millones, considerando desde diciembre de 2005 al presente. De estos planes, el 23% corresponden al primer grupo y el resto son deudas de 2006 y 2007.

Se incluyen impuestos, aportes y contribuciones de la seguridad social en general, percepciones, retenciones, deudas de autónomos y monotributistas, ajustes y multas conformados que nacen por determinaciones de oficio por impuestos y contribuciones de la seguridad social, además de deudas en gestión judicial, que también incluye a multas y recargos con origen aduanero.

Tanto en un tipo de plan como en otro, la tasa de interés no supera el 2% mensual.

Además, las autoridades fiscales indicaron que "los contribuyentes y/o responsables, por las deudas impositivas y de los recursos de la seguridad social- excepto retenciones y percepciones impositivas y los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia - que cumplan con el ingreso de las cuotas del plan de facilidades de pago, así­ como con las obligaciones formales pertinentes, accederán a un régimen de bonificación que consistirá en el reintegro del 30% de las sumas abonadas en concepto de intereses de financiamiento".

Para los "Planes Permanentes", la tasa máxima llega al 2%, pero para contribuyentes que facturan más de $50 millones y quienes estén por debajo de este nivel de facturación alcanza un máximo de 1,5% al mes.

En tanto, ara la "Mochila fiscal", la tasa máxima es de 1,5% por mes. Si las deudas son menores a $200.000, que habitualmente corresponden a las Pyme, se puede pagar en hasta 72 cuotas mensuales. Si superan este monto, se admite llegar hasta 60 cuotas.

Sobre la modalidad de fraccionar el capital, Abad sostuvo que "restaba dar una mejor financiación para las Pyme, de modo que quienes estén recuperándose paguen al principio una cuota menor y al final, un monto mayor y apenas superior al de una cuota donde el capital amortizado es constante".

En estas deudas de vieja data, se pueden financiar, por ejemplo, en cinco años $500.000, tanto en 24 cuotas que incluyan $ 20.833,33 más intereses o usando opciones "a medida", donde el capital puede "escalonarse" de la siguiente manera:

  • En las cuotas del primer año, sólo el 5% del capital; es decir $25.000.
  • Luego en el segundo año, el capital de cada cuota equivale al 10% de $500.000; es decir, $50.000.
  • Al tercer año serí­a del 20% equivalente a $100.000 para cada cuota.
  • Al cuarto año cada cuota incluye un 30% del monto de capital; esto es $150.000.
  • Al quinto año, el 35% del capital serí­a $175.000.

En conclusión, $25.000 más $50.000, más $100.000, más $150.000, más $175.000 totalizan los $500.000 adeudados a los cuales obviamente se agregaran los intereses.

Otro ejemplo serí­a:

Por otra parte, como variante de financiación, este año y para liquidar Ganancias y Bienes Personales por el año 2006, directores y socios de compañí­as encontraron como alternativa "financiar" en hasta tres cuotas y sin intereses el pago ambos tributos, si "elegí­an" liquidarlos con la nueva versión del programa aplicativo que puso a disposición para liquidar ambos tributos en forma conjunta.

Esta modalidad fue obligatoria para quienes tuvieron ingresos superiores a $1 millón anuales.

Samanta Linares

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