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Freelancer: sin cepo, ¿cobrarán el total de dólares o aún sigue la restricción?

Los freelancers se preguntan si el levantamiento del cepo implica que cobrarán el total en dólares o sigue el cupo de u$s36.000 anuales
14/04/2025 - 15:47hs
Freelancer: sin cepo, ¿cobrarán el total de dólares o aún sigue la restricción?

En el medio de las nuevas medidas cambiarias que levantan el cepo casi por completo, los freelancers se preguntan que pasa con el cupo de u$s36.000 anuales que podían quedarse en dólares billete, sin liquidarlos en el mercado oficial de cambios (MCL), y que otros cambios aparecen para esta actividad.

La respuesta es que permanece el cupo de los u$s36.000 anuales que los exportadores de servicios pueden mantener sin liquidarlos en el mercado oficial de cambios, o sea, en billetes o en su cuenta en dólares. Pero ahora no hay más un tratamiento cambiario diferencial con respecto al resto de sus ingresos en dólares, y queda permitido hacer CCL para volver a mandar las divisas al exterior.

"El viernes pasado el BCRA publicó la Comunicación "A" 8226 que levantó el cepo al dólar. Si sos freelancer o exportás servicios desde Argentina, esto es lo que tenés que saber para no confundirte con los titulares", precisa Augusto Iraola, de Craneandotax (www.craneandotax.com).

Qué cambió para la liquidación de dólares de los freelancers

Qué no cambió del resto de las normas cambiarias

  • Se mantienen los u$s36.000 billete, para lo que hay que acudir al banco, adherirse a la resolución del Banco Central que otorga la no pesificación de ese monto anual y solicitar que los fondos se acrediten en la cuenta en dólares. Luego se pueden retirar, usar el dinero en dólares o invertirlo.
  • Sigue vigente la obligación de ingresar y liquidar en el mercado oficial todos los cobros por exportación de servicios.
  • No se permite mantener los dólares en el exterior, sin importar el monto facturado.
  • Todo ingreso debe ser canalizado a través del mercado cambiario formal (MLC), salvo excepciones con autorización expresa del BCRA.

Qué implica esto para vos si trabajás para el exterior

  • Debés seguir ingresando tus cobros en dólares a una cuenta local y liquidarlos en el mercado oficial.
  • Ya no hay múltiples tipos de cambio ni distinciones según montos: se simplifica la operatoria, pero no se flexibiliza la obligación de repatriar los fondos.

Por su parte, Francisco Abeal, del estudio Marval, O'Farrell & Marval, describe que "se mantiene el cupo de u$s36.000 sin pesificar, desaparece el Blend y también la restricción de comprar dólares mediante contado con liquidación que regía por ese monto para los freelancers. Ahora todos los exportadores de servicios pueden comprar dólares en el mercado libre de cambios y hacer CCL".

El dólar Blend era el mix en el que los exportadores liquidaban parte en el mercado oficial y parte en el MEP.

Cómo es el mercado de los freelancers

En 2023 las exportaciones de servicios ascendieron a u$s16.523 millones, lo que supuso un récord histórico. Las exportaciones de servicios se concentran en cuatro categorías: viajes (32,9% del total); servicios empresariales (32,1%); de telecomunicaciones, informática e información (15,7%) y de transporte (12,3%).

Desde 2022, se permitió a estos freelancers recibir hasta u$s12.000 en billete desde su cuenta bancaria en dólares en el país. A mediados de año, ese monto subió a u$s24.000 y luego pasó a u$s36.000. Este límite es anual, por lo que, si no se utiliza completamente, se puede aprovechar el saldo restante hasta fin de año.

Además, los freelancers pueden optar por registrarse como monotributistas o como exportadores de servicios, y en ambos casos, se puede emitir una factura E.

Al respecto, es posible mantenerse en el régimen de Monotributo como exportador de servicios, o bien optar por el régimen general de IVA Ganancias y autónomos, ya que las exportaciones están exentas de IVA y el impuesto provincial sobre los Ingresos Brutos.

Cuáles son los freelancers afectados

Las actividades que pueden ingresar dólares al país sin pasarlos a pesos, según las disposiciones del Banco Central sobre operaciones de exterior y cambios, son las de quienes exportan servicios en determinadas categorías, entre las que se encuentran las siguientes:

  •  Mantenimiento y reparaciones
  • Construcción
  • Telecomunicaciones
  • Informática y servicios de información
  • Cargos por uso de la propiedad intelectual
  • Investigación y desarrollo
  • Servicios jurídicos, contables y gerenciales
  • Publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública
  • Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos
  • Comercio y otros servicios empresariales
  • Servicios audiovisuales y conexos
  • Servicios personales, culturales y recreativos
  • Otros servicios de salud
  • Enseñanza educativa

Ahora, el levantamiento del cepo unifica el tratamiento cambiario para las operaciones de exportación de servicios, como las de los freelancers, al tiempo que mantiene el cupo de u$s36.000 que podían mantener en moneda extranjera sin liquidarlos en el mercado oficial de cambios.

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