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Bienes Personales 2024: qué sucede con la declaración jurada informativa

La Resolución General 5531 eliminó la obligación de presentar la declaración informativa de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas
11/04/2025 - 06:49hs
Bienes Personales 2024: qué sucede con la declaración jurada informativa

La Resolución General 5531/2024 eliminó la obligación de presentar la declaración jurada informativa de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo que establecía la Resolución General 4003/2017.

Por ende, a partir del período fiscal 2023, inclusive, cuando el importe bruto de las rentas obtenidas en el año fiscal, resulte igual o superior al monto que publique anualmente ARCA, se deberá informar sólo los bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme las disposiciones vigentes del Impuesto Sobre los Bienes Personales, precisan desde Tributum.News.

Bienes Personales: qué monto establecerá ARCA para el período 2024

Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño señalan que la norma anterior (Resolución General AFIP 5349/2023), contenía un ajuste conforme al artículo 30 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, utilizando el coeficiente de variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

Con esta variación, se había establecido un umbral de $15.917.863,58 para el período 2023, por debajo del cual no era necesario presentar la declaración informativa. Con el índice RIPTE de octubre de 2024 siendo 2,7251, el nuevo monto para el período 2024 se eleva a $43.378.025,84, siendo este el valor a partir del cual se requiere la presentación de la declaración.

No obstante, la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes modificó el método de ajuste, adoptando el coeficiente derivado de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Según este nuevo criterio, el índice para el período 2024 es de 2,1776, lo que fija el umbral de presentación en $34.663.317,15.

Por ende, es probable que se opte por la actualización utilizando el IPC, lo que resultaría en un valor inferior al que se habría determinado con el método previo basado en el RIPTE. 

Bienes Personales 2024: quienes deben presentar la declaración jurada informativa

Recordemos que se encuentran obligados a realizar la presentación, aquellos sujetos que obtengan rentas, sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas, derivadas de las siguientes actividades:

  • Desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Nación.
  • Trabajo en relación de dependencia.
  • Jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujetos al pago del impuesto.
  • Servicios personales prestados por los socios de las sociedades cooperativas de trabajo, que trabajen personalmente en la explotación inclusive el retorno percibido por aquéllos.
  • Planes de seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, que se perciban bajo la modalidad de renta vitalicia previsional.
  • Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
  • Exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las gananciasExentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias
  • Desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Nación.
  • Trabajo en relación de dependencia.
  • Jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujetos al pago del impuesto.
  • Servicios personales prestados por los socios de las sociedades cooperativas de trabajo, que trabajen personalmente en la explotación inclusive el retorno percibido por aquéllos.
  • Planes de seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, que se perciban bajo la modalidad de renta vitalicia previsional.
  • Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.

Bienes Personales 2024: forma de presentación de la declaración jurada informativa

La presentación se realiza mediante el servicio ARCA con clave fiscal "Bienes Personales Web". La declaración jurada no puede arrojar saldo a pagar o a favor del contribuyente, ya que la misma tiene el carácter de informativa de los bienes.

Si el sujeto no se encuentra inscripto en el impuesto, la presentación podrá realizarse hasta el 30 de junio, inclusive, del año siguiente al período fiscal al que corresponde la información declarada.

En caso de que la declaración determine un importe a ingresar o un saldo a favor del contribuyente, la obligación se considerará cumplida para aquellos que estén inscriptos en el gravamen y hayan presentado la declaración jurada correspondiente.

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