Profesionales: por qué el trámite de Ingresos Brutos con multa de $3 millones es engorroso y será prorrogado
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La ciudad de Buenos Aires obliga a todos profesionales y empresas que tributan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a registrar los domicilios de explotación en CABA, sean propios o alquilados, bajo amenaza de multas que pueden llegar a $3 millones. Este trámite vencía este lunes 31 de marzo, pero es tan engorroso, que será prorrogado.
En qué consiste la obligación de domicilio de Ingresos Brutos
La Resolución 24/2022 de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) obliga a todos los contribuyentes del Impuesto a los Ingresos Brutos de CABA – locales o convenio multilateral – a registrar todos los domicilios de explotación en la ciudad, sean propios o alquilados, indica el asesor tributario Hernán D'Agostino.
Esta información es exhaustiva e incluye hasta el número de partida inmobiliaria del inmueble, lo que hace el rellanado del formulario comenzando desde cero muy engorroso, explica.
Lo que es obligatorio, según la Resolución, es ratificar o rectificar el domicilio informado anualmente. El problema es que esta obligación es de imposible cumplimiento, ya que cuando el contribuyente accede al sistema para ratificar o rectificar lo informado el año anterior, se encuentra con que la información no está pre cargada, advierte.
Es decir, que para evitar problemas con AGIP hay que volver a cargar toda la información con el correspondiente despilfarro de tiempo y recursos del contribuyente que no ha cambiado su domicilio. Tengamos presente que la mayoría de los contribuyentes no cambia de domicilio todos los años, enfatiza.
Cómo será la prórroga
La obligación vence el 31 de marzo de cada año. No obstante, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño indicó que se espera una prórroga, que todavía no tiene fecha, debido justamente a que la carga de trabajo es monumental, si cada año debemos "cargar" toda la información de cada contribuyente nuevamente, informa D'Agostino.
Esto también genera amplia resistencia al cumplimiento de una norma que impone una carga al contribuyente que podría resolverse tildando en una casilla y confirmando así el domicilio cargado en vez de tener que cargar todo de nuevo, lo que resulta una obligación irrazonable, remarca.
En qué consiste el registro del domicilio
En el año 2021, la AGIP creo un Registro de Domicilios de Explotación (RDE) mediante el cual los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, tanto locales como de convenio multilateral, con local, sucursal u oficina situado en la CABA, deberán informar el domicilio del inmueble donde ejercen o desarrollan, total o parcialmente, su actividad económica.
El o los domicilio/s informados en el RDE deberán ratificarse o rectificarse anualmente, hasta el 31/3 de cada año, indica un informe del Grupo GNP.
A tales efectos, se deberá ingresar, con CUIT y Clave Ciudad nivel 2, al aplicativo "Registro de Domicilios de Explotación (RDE)" disponible en la página web de la AGIP.
El incumplimiento de la ratificación o rectificación implicará una infracción a los deberes formales. La Ley Impositiva del año 2025 dispone una multa mínima de $70.500,00 para personas humanas y de $354.180,00 para el caso de sociedades, y una multa máxima $3.103.500,00.