Cómo aplicar el aumento del 1,7% en la liquidación de sueldos de marzo 2025 para Empleados de Comercio
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En marzo de 2025, corresponde aplicar el último tramo de aumento de la paritaria 2024-2025 para empleados de comercio. Este incremento del 1,7% es no remunerativo e implica también la incorporación de sumas no remunerativas al básico.
A partir de abril, se iniciará la discusión paritaria para un nuevo acuerdo, dado que las paritarias de Empleados de Comercio abarcan el período de abril a marzo de cada año.
Empleados de Comercio: incrementos pactados en el acuerdo de enero 2025
En enero de 2025 se acordó un incremento no remunerativo del 5,1%, distribuido en tres tramos acumulativos:
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1,7% a partir de enero 2025, sobre base diciembre (ya aplicado).
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1,7% a partir de febrero 2025, sobre base enero (ya aplicado).
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1,7% a partir de marzo 2025, sobre base febrero (se aplica ahora).
Cada base de cálculo mensual incluye el básico de convenio más las sumas no remunerativas. El efecto acumulativo de los aumentos resulta en un porcentaje total del 5,18% en el trimestre.
Ejemplo de aplicación
Datos del trabajador:
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Categoría: Administrativo A
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Tipo de jornada: Completa
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Antigüedad: 10 años
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Obra social: O.S.E.C.A.C.
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Afiliado al sindicato: No
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Feriados: 2 no trabajados y 1 trabajado
Cálculo de la liquidación
Básico febrero 2025: $815.260
El básico de marzo se determina sumando al básico de febrero las sumas no remunerativas de junio 2024 y febrero 2025:
- Básico febrero 2025: $764.279
- + No remunerativo junio 2024: $35.280
- + No remunerativo febrero 2025: $15.701
- Básico marzo 2025: $815.260
Adicionales
Antigüedad: Se calcula aplicando el 1% del básico por cada año trabajado:
$815.260 × 10 × 1% = $81.526
Asistencia y puntualidad: Este adicional se obtiene dividiendo por 12 la suma del básico más la antigüedad:
($815.260 + $81.526) / 12 = $74.732,17
Sumas no remunerativas
En marzo de 2025, continúan en vigencia las sumas no remunerativas acordadas previamente:
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Junio 2024 (correspondiente a julio y agosto).
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Septiembre 2024 (completo).
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Enero 2025 (completo).
Cálculo del tramo final del acuerdo enero 2025:
- El 1,7% adicional se calcula sobre la base de cálculo de febrero 2025:
- Básico febrero 2025: $764.279
- + Saldo acuerdo no remunerativo junio 2024: $95.255
- + Acuerdo no remunerativo septiembre 2024: $64.068
- + Acuerdo no remunerativo enero 2025: $15.701
- Base de cálculo: $939.303
- % de aumento: 1,7%
- Suma no remunerativa marzo 2025: $15.968
Consideraciones sobre sumas no remunerativas
Estas sumas no generan aportes ni contribuciones a la seguridad social, salvo:
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Aportes y contribuciones a OSECAC.
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Aporte del trabajador según los artículos 100 y 101 del CCT 130/75.
Feriados
En marzo hubo tres feriados nacionales, por lo que deben liquidarse según hayan sido trabajados o no:
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3 y 4 de marzo (Carnaval).
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24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia).
Feriados no trabajados:
Cálculo sobre el básico, antigüedad y asistencia/puntualidad:
($815.260 + $81.526 + $74.732,17) / 25 × 2 = $77.721,45
Feriado trabajado:
($815.260 + $81.526 + $74.732,17) / 25 × 1 = $38.860,72
Feriado trabajado sobre sumas no remunerativas:
Según el quinto párrafo del acuerdo de junio 2024, los importes no remunerativos deben considerarse para calcular feriados y domingos trabajados. El cálculo es:
($59.976,00 + $5.997,60 + $5.497,80 + $64.068,00 + $6.406,80 + $5.872,90 + $15.968,00 + $1.596,80 + $1.463,73) / 25 × 1 = $6.673,91