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¿Cuál es el tope para no pagar Bienes Personales en 2025?

ARCA, ex AFIP, recientemente actualizó los montos por los que los contribuyentes se encontrarán alcanzados por Bienes Personales
Por IM
21/03/2025 - 09:40hs
bienes personales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, más conocida como ARCA, organismo que reemplazó a AFIP, actualizó el valor mínimo a partir del cual se debe abonar el Impuesto a los Bienes Personales.

Este tributo alcanza tanto a los bienes situados en el país como, en algunos casos, a los radicados el exterior que los contribuyentes posean al 31 de diciembre de cada año. Asimismo, el Gobierno Nacional también confirmó la implementación del Régimen Especial de Ingreso Anticipado de Bienes Personales (REIBP). De esta forma, los usuarios podrán anticiparse y tributar los vencimientos de este tributo correspondientes a los siguientes 5 años.

ARCA: cuál es el tope para no abonar Bienes Personales

Según el paquete fiscal 2024, el valor mínimo no imponible para este tributo es de 100 millones de pesos. Además, la deducción especial por vivienda familiar pasó de 56 millones de pesos a 350 millones.

Por lo tanto, una persona que tenga una vivienda familiar, es decir, aquella que destina a su habitación permanente igual o por debajo de los 350 millones de pesos y cuente con bienes iguales o inferiores a 100 millones de pesos, no pagará Bienes Personales.

Para aquellos que se encuentren alcanzados, la alícuota del tributo es variable, la cual va del 0,5% al 1,25%. El monto más bajo aplica cuando se supere el patrimonio previamente mencionado, pero no supere los $13.688.704 aproximadamente. Luego, se aplica un porcentaje del 0,75% para quienes superen el valor anterior, pero lo hagan con un tope total de $29.658.858.

La tercera alícuota es de 1% sobre el excedente del piso para patrimonios de hasta $82.132.244. Finalmente, la alícuota más elevada implica un pago de $712.953,34 con el 1,25% sobre el excedente de $82.132.224. No obstante, es importante aclarar que algunos activos se encuentran exentos de este tributo.

Cuáles son los activos alcanzados y cuáles se encuentran exentos de Bienes Personales

El Impuesto a los Bienes Personales alcanza diversos tipos de activos, tanto dentro del país como en el extranjero, gravando propiedades, derechos y distintos tipos de patrimonio.

Entre los bienes alcanzados se encuentran los inmuebles ubicados en Argentina y en el exterior, junto con los derechos reales sobre estos. Asimismo, el impuesto aplica a naves y aeronaves, sin importar su matrícula, y a vehículos automotores registrados en cualquier jurisdicción para contribuyentes residentes.

En cuanto a los bienes muebles, el impuesto recae sobre aquellos registrados en Argentina, incluyendo los que se encuentran en residencias permanentes o temporarias dentro del país.

También están alcanzados los bienes personales de quienes residen en Argentina, así como los que se localicen en el país al 31 de diciembre de cada año, sin distinción entre permanentes o transitorios.

El gravamen abarca el dinero en efectivo y los depósitos bancarios en Argentina y en el exterior al cierre del ejercicio fiscal, salvo excepciones como las cajas de ahorro.

Asimismo, se incluyen dentro del impuesto los títulos, acciones, cuotas o participaciones sociales y otros valores de capital emitidos por entidades públicas o privadas, sin importar su país de radicación.

Para los residentes permanentes en Argentina, se aplica el criterio de imposición "universal", lo que significa que deben tributar por sus bienes tanto en el país como en el extranjero.

En el caso de las actividades empresariales, los patrimonios de explotaciones unipersonales dentro de Argentina están gravados, al igual que los activos digitales, incluyendo criptomonedas y otros criptoactivos.

Respecto a los créditos, están alcanzados por el impuesto cuando el deudor tiene domicilio en Argentina. También se incluyen los derechos de propiedad intelectual —científicos, literarios o artísticos— y los de propiedad industrial, como marcas, patentes y diseños, siempre que su titular resida en el país al finalizar el período fiscal.

Además, el impuesto incluye bienes muebles y semovientes ubicados en el exterior, junto con depósitos en bancos extranjeros. Finalmente, se gravan los títulos negociables emitidos por sociedades que captan capital del público a largo plazo, como las obligaciones de entidades domiciliadas fuera de Argentina.

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