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Aportes autónomos: ARCA establece nuevos valores para marzo 2025
ARCA, la ex AFIP informó, a través de su página web, los nuevos valores de los aportes a ingresar mensualmente por los trabajadores autónomos a partir del período devengado marzo 2025, con vencimiento en abril 2025.
AFIP autónomos: nuevos valores para marzo 2025
A continuación, los nuevos valores:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
Categorías:
- I $ 50.137,39
- II $ 70.191,27
- III $ 100.273,91
- IV $ 160.438,17
- V $ 220.601,61
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial
Categorías
- I’ (I prima) $ 54.837,77
- II’ (II prima) $ 76.771,70
- III’ (III prima) $ 109.674,58
- IV’ (IV prima) $ 175.479,25
- V’ (V prima) $ 241.283,02
Hasta marzo de 2024, los aportes de los autónomos se actualizaban cada tres meses, en marzo, junio, septiembre y diciembre 2024, los aportesde los autónomos se actualizarán de acuerdo al índice de aumento de los haberes jubilatorios.
Por el DNU 274/2024, a partir de abril de 2024, la nueva fórmula de movilidad jubilatoria tendrá un mecanismo de actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General de Índice de Precios al Consumidor.
ARCA nuevo aplicativo Ganancias
Por otra parte ARCA, a través de las resoluciones generales 5657 y 5658, aprobó la versión 25.0 del programa aplicativo para la confección de la declaración del Impuesto a las Ganancias por parte de personas jurídicas y la versión 6.0 del programa aplicativo del Impuesto al Valor Agregado (IVA), respectivamente.
La versión 25.0 del programa aplicativo se debe utilizar para la confección de las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias por parte de sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otro que practiquen balance comercial.
Desde ARCA señalan que la nueva versión incluye campos relacionados con el Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI) y actualiza los montos de la escala del artículo 73 de la ley del impuesto a las Ganancias, que rige para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2025.
El nuevo aplicativo resultará de aplicación para las declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se presenten a partir del 10 de marzo de 2025.
ARCA nuevo aplicativo IVA
En tanto, la resolución general 5658, aprobó la versión 6.0 del programa aplicativo para la determinación e ingreso del IVA que incorpora mejoras y habilita campos para informar el crédito fiscal abonado mediante certificados de crédito fiscal del IVA emitidos según la resolución general 5589.
Las novedades impactarán en el formulario "F. 2002 IVA por Actividad" del servicio con Clave Fiscal "Mis Aplicaciones WEB", para los sujetos que deban confeccionar sus declaraciones juradas con arreglo al procedimiento establecido por la Resolución General 5591.
Las disposiciones de la resolución general 5658, resultarán de aplicación para las declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se presenten a partir del 11 de marzo de 2025.