Monotributo: vence la recategorización semestral del Régimen Simplificado de la ciudad de Buenos Aires
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Vence el próximo viernes el plazo para que los contribuyentes de la ciudad de Buenos Aires realicen la recategorización del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Monotributo porteño).
El trámite se realiza en la página de Internet de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), de la ciudad de Buenos Aires.
Qué es el Régimen Simplificado
De acuerdo con el Código Fiscal porteño, dentro de las distintas categorías de contribuyentes se encuentra el Régimen Simplificado, dirigido a pequeños contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, explica Noelia Girardi, del estudio Lisicki, Livtin & Abelovich.
Este régimen puede ser utilizado exclusivamente por aquellos que desempeñen sus actividades dentro de la ciudad, siempre que estas no se encuentren excluidas.
Cuáles son los beneficios del Monotributo porteño
Entre los principales beneficios, el Régimen Simplificado permite reemplazar la obligación de presentar mensualmente la declaración jurada del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, estableciendo en su lugar el pago de un monto fijo bimestral sin importar el monto facturado.
Según la normativa vigente, quienes adhieran a este sistema quedan exceptuados de tributar mediante el régimen general del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Quiénes pueden adherir al pago bimestral fijo
Los sujetos que pueden hacer uso de este régimen son:
- Personas humanas
- Sucesiones indivisas
- Sociedades de hecho y comerciales irregulares de hasta 3 socios
La categoría en la cual se deban encuadrar dependerá de los parámetros en los que se encuadre el contribuyente. Los factores a considerar son: ingresos brutos, superficie afectada y energía eléctrica consumida.
Cuáles son los montos de facturación y pago

Para poder ser incluidos, los contribuyentes no tienen que haber superado en el último año el monto de facturación de $82.370.281,28 y no pueden vender bienes cuyo precio unitario supere el monto de $466.361,15.
La cuota bimestral del Monotributo porteño va de $39.065 en la categoría A hasta $411.855 en la Categoría K.
Estos montos quedaron actualizados mediante la Resolución General (AGIP) 41/2025, equiparando los límites de cada categoría a los del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes a nivel nacional (Monotributo nacional), a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Al igual que en el caso del Monotributo nacional, la recategorización de ambos tributos tiene lugar dos veces al año, en los meses de febrero y agosto.
La recategorización solo es obligatoria en los casos en que el contribuyente deba modificar su categoría.
En caso de superar los montos de la última categoría, deberá abandonar el Régimen Simplificado para pasar a tributar Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Régimen Local.
Cuáles son los descuentos para casos especiales
Con la Resolución 194/2025, el Ministerio de Hacienda porteño fija en 8,33% la bonificación para los contribuyentes inscriptos en el Monotributo porteño, en función de la metodología de pago del tributo establecida por la AGIP.
Además, la bonificación a los nuevos contribuyentes de Monotributo porteño se aplica como sigue:
Primer año
Será de 100% de cada cuota la bonificación para los nuevos contribuyentes que inicien actividades dentro del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Segundo año
Se establece en 50% de cada cuota la bonificación para los nuevos contribuyentes que hubieran iniciado actividades dentro del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el ejercicio fiscal inmediato anterior, siempre que permanezcan dentro del mismo.
Bonificación a los jóvenes contribuyentes del Monotributo porteño
Se fija en 100% de cada cuota la bonificación para los nuevos contribuyentes, de entre 18 y 29 años, que inicien y mantengan actividades dentro del Régimen Simplificado durante los primeros 24 meses desde su alta.
Bonificación a contribuyentes con discapacidad de Monotributo porteño
Será de 50% de cada cuota la bonificación para los contribuyentes con discapacidad inscriptos en el Régimen Simplificado.
Los contribuyentes del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la ciudad de Buenos Aires tendrán que recategorizarse hasta el viernes próximo.