Extienden hasta fines de 2027 el impuesto del 7% sobre los pasajes aéreos
El Poder Ejecutivo, mediante el decreto 4/2025, publicado este lunes en el Boletín Oficial, prorrogó la vigencia del Fondo Nacional de Turismo hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive.
Con esta medida, continúa vigente el DNT, un impuesto que consiste en el 7% sobre el valor de los pasajes aéreos, marítimos y los fluviales al exterior, que las empresas perciben a través de los sistemas de reserva y emisión de pasajes.
Impuesto sobre pasajes aéreos: prórroga
En efecto,la principal fuente de financiamiento del Fondo Nacional de Turismo se constituye con el producto del 7% del precio de los pasajes aéreos y marítimos al exterior, y los fluviales al exterior, vendidos o emitidos en el país y los vendidos o emitidos en el exterior para residentes argentinos en viajes que se inicien en el territorio nacional.
También se financia con las sumas que se le asignen en el Presupuesto de la Administración Nacional; donaciones y legados al Estado nacional con fines turísticos; intereses, recargos, multas y toda otra sanción pecuniaria derivada del incumplimiento de la ley, fondos provenientes de servicios prestados a terceros y de las concesiones que se otorgaren.
Puntualmente, el Fondo Nacional de Turismo, financia acciones promocionales, programas de capacitación y de desarrollo e infraestructura turística.
Pasajes aéreos: qué impuestos contienen
Por ende, actualmente se cobran los siguientes tributos sobre los pasajes del exterior:
- Tasa de seguridad de la aviación, que es de US$8 y va a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC)
- Tasa aeroportuaria, que es de US$57, y va para los concesionarios de aeropuertos
- Tasa de seguridad, que es de US$1,40 y va para la Policía de Seguridad Aeroportuaria
- Tasa de migraciones, que es de US$7 y la cobra la Dirección de Migraciones
- Impuesto al turismo, del 7% sobre la tarifa aérea sin impuestos, que va a la Dirección Nacional de Turismo
- Percepción a cuenta del impuesto a las Ganancias, del 30% sobre la tarifa sin impuestos, el cual es un tributo coparticipable con las provincias, aunque lo recaudado por esta vía puede ser devuelto al cliente si no corresponde
En tanto, cabe recordar que, desde el 23 de diciembre pasado, ya no está vigente el impuesto PAIS, el cual equivalía al 30% sobre la tarifa y lo recaudaba el Tesoro.