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ARCA sube los montos para que bancos y billeteras informen transferencias: ¿afecta a los consumidores?

ARCA incrementa los montos para que bancos y billeteras informen sobre transferencias y la pregunta es si esto afecta a los consumidores
03/01/2025 - 08:41hs
ARCA sube los montos para que bancos y billeteras informen transferencias: ¿afecta a los consumidores?

Aunque no se publicó una resolución al respecto, ARCA informó en un comunicado de prensa que aplica el ajuste que surge de la actualización semestral automática por IPC a los importes a partir de los cuales deben informar las entidades financieras y las billeteras virtuales sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes.

La pregunta es cómo afecta esta medida a los consumidores, ya que es algo que ocurre sin su conocimiento.

Qué es la información que pide ARCA

Este ajuste surge de la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC, de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024. Los nuevos importes comienzan a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1/1/2025.

¿Desde cuándo rigen los nuevos importes?

Desde el 1 de enero de 2025.

¿En qué afecta a los consumidores?

En nada. Simplemente, es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.

Sin embargo, ARCA puede pedir al contribuyente, sobre todo en el caso de los monotributistas, que justifique un ingreso en su cuenta bancaria de una transferencia extraordinaria, como la que puede derivar de la venta de inmueble o de un auto usado, así como de una donación por parte del padre en caso de querer adelantar la herencia.

Qué montos y operaciones se informan

¿Cuáles son los nuevos montos a partir de enero y qué debe informarse?

Deben informarse las siguientes operaciones solo si superan los siguientes importes:

$600.000

  • Total de consumos con tarjetas de débito del país.
  • Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$1.000.000

  • Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
  • Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
  • Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
  • Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
  • Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

$2.000.000:

Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.

De esta manera, ARCA incrementa los montos a partir de los cuales los bancos y billeteras deben informar sobre transferencias y otras operaciones de los consumidores, los que no se ven afectados directamente por la medida.

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