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Mercado Pago: cuál es el límite de la app para no tener problemas con ARCA

El fisco determinó los montos vigentes, sin necesidad de justificación, para no tener problemas a la hora de realizar transferencias
Por IM
03/01/2025 - 08:42hs
Mercado Pago transferencias

Luego de la disolución de AFIP y su posterior reemplazo por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, más conocida como ARCA, se generaron dudas sobre cuáles serán los cambios que habrá en materia fiscal.

Mercado Pago: cuál es el límite de la app y qué sucede con tras billeteras virtuales

Con respecto a la cantidad de transferencias que se pueden hacer en un mismo día, los bancos y billeteras virtuales cuentan con límites internos. Estos obedecen a parámetros de "razonabilidad", los cuales varían de usuario a usuario.

Por ejemplo, un monotributista registrado en el rubro de alimentos como un kiosco es razonable que reciba varias transferencias pequeñas, mientras que no es esperable para un empleado en relación de dependencia sin otra actividad registrada.

En los casos de superarlos, la entidad puede solicitar información que justifique el origen de las operaciones. Esto se aplica para evitar la evasión fiscal. En el caso de no poder hacerlo, la empresa notificará a ARCA, la cual suele iniciar un proceso que va desde un simple apercibimiento hasta costosas multas.

En cuanto a los movimientos de dinero, estos dependen del perfil y los ingresos declarados del contribuyente. Sin embargo, para prevenir ilegalidades, los bancos y billeteras virtuales establecen límites propios generales, además de los particulares.

Por ejemplo, muchos bancos ofrecen un tope de $8.000.000, mientras que MODO establece el máximo de movimientos en $2.000.000 y Mercado Pago lo fija en $500.000. De necesitar superar estos montos, se puede hacer, pero con una notificación previa.

En paralelo, ARCA también hace foco en la cantidad de dinero que pueden tener los usuarios sin ingresos declarados en una billetera virtual. En esta línea, el organismo ha detallado que solicitará información sobre las personas que tengan saldos mensuales iguales o mayores a $700.000.

Asimismo, los ingresos y egresos no justificados que se hagan a través de los bancos y entidades privadas no podrán superar los $400.000. Si se supera el parámetro, de forma automática, el banco suele intentar rastrear la trazabilidad del dinero. Por ejemplo, chequeando si el monto fue declarado en AFIP.

Estos valores se actualizan de forma semestral, según los datos que arroje el Índice de Precios al Consumidor (IPC) determinado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Según se conoce, el objetivo de este tipo de controles es confirmar que el dinero proviene de fuentes legales y que no se trate de dinero que no haya sido declarado previamente. En este sentido, serán los bancos y billeteras virtuales las encargadas de compartir la información referente a transacciones, saldos y consumos que superen determinados parámetros.

¿Cómo justificar el origen de los fondos?

La documentación necesaria para respaldar las transferencias con los bancos y billeteras virtuales son los siguientes:

  • Boletos de compra y venta: sirven como comprobante de operaciones comerciales realizadas, especialmente cuando se trata de montos elevados
  • Documentos de venta de acciones o empresas: este tipo de documentación permite justificar ingresos por ventas de activos o participaciones en compañías
  • Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios: los ingresos obtenidos mediante sueldos y jubilaciones tienen que ser respaldados por recibos oficiales
  • Facturas de los últimos meses: la facturación reciente es requerida especialmente para quienes poseen actividad comercial o trabajan de manera independiente, ya sea a través del monotributo o del Régimen General
  • Constancia de inscripción en el monotributo: este comprobante es válido para aquellos inscriptos en el régimen simplificado de impuestos. Sin embargo, no suele ser suficiente por si solo, ya que no respalda las cifras involucradas como tal
  • Certificado de fondos emitido por un contador público: un contador puede certificar fondos en cuentas personales o empresariales, lo cual puede ser útil en transacciones de gran magnitud

Una vez presentada la documentación, la entidad financiera la guardará en el perfil de cada cliente. Si ARCA le solicita la información al banco o billetera virtual, esta le reenviará los documentos. Cabe recordar que las empresas financieras solicitan información de manera preventiva, es decir, para anticiparse a pedidos del fisco.