Dólar tarjeta: cómo queda el precio de un auto importado o una apuesta online sin impuesto PAIS
La percepción del 30% a cuenta del Impuesto a las Ganancias que se aplica a todas las operaciones con moneda extranjera, aunque se conoce como "dólar tarjeta", alcanza también a la importación de automóviles, ciertos bienes suntuarios y a las apuestas online en plataformas de juego y casinos del exterior, y no desaparece con el impuesto PAIS desde este lunes.
Fernando López Chiesa, de Lisicki Litvin & Asoc, afirma que este impuesto a las operaciones con dólares es un sobrecosto que es trasladado por los comerciantes en el precio final de los productos importados.
Se debe tener en cuenta que el recupero en la declaración jurada de impuestos o la devolución de ese 30% tiene lugar hasta más de un año después de haber sufrido la percepción por parte de ARCA.
Fin del Impuesto PAÍS: a qué importaciones aplica la percepción del 30%
Las normas sobre dólar tarjeta incluyen en la percepción de 30% a cuenta del Impuesto a las Ganancias o sobre los Bienes Personales, la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para el pago de obligaciones por la importación de las mercaderías incluidas en un anexo, explica López Chiesa, y precisa:.
Posiciones para Importación de Mercaderías incluidas en el Anexo I
- Vehículos automóviles (precio mayor o igual a u$s25.000).
- Motos.
- Vehículos para el transporte de personas y mercancías.
- Embarcaciones.
- Relojes.
- Juegos de azar.
- Bebidas Alcohólicas.
- Máquinas para minar criptomonedas.
Para las importaciones anteriores, no corresponde aplicar la percepción del 30% sobre los siguientes servicios:
- Servicios conexos.
- Servicios postales de mensajería.
- Seguros.
- Servicios financieros.
- Propiedad Intelectual. Investigación y Desarrollo.
- Publicidad.
- Servicios Jurídicos y Contables.
- Asistencia Técnica.
- Servicios Audiovisuales.
Qué incluyen las posiciones arancelarias
El resumen de las posiciones arancelarias y los conceptos principales que incluyen son las siguientes, indica López Chiesa:
1. Bebidas alcohólicas:
Incluyen vinos, licores, vermut, sidra, vodka, whisky, ron, y otras bebidas alcohólicas.
Restricción: Valor FOB igual o mayor a u$s50 por litro.
2. Equipos tecnológicos:
Máquinas para la validación de criptomonedas ("minadoras").
3. Vehículos para transporte de personas:
Automóviles y vehículos todoterreno, incluidos eléctricos, híbridos y diésel.
Restricción: Valor FOB igual o mayor a u$s25.000 por unidad.
4. Vehículos para transporte de mercancías:
Camiones y otros vehículos pesados de transporte.
Restricción: Valor FOB igual o mayor a u$s25.000 por unidad, con excepciones como camionetas pick-up.
5. Embarcaciones de recreo:
Botes y embarcaciones deportivas, excluyendo botes de remo de competición y salvavidas.
Restricción: Valor FOB igual o mayor a u$s5.000 por unidad.
6. Relojes:
Relojes de pulsera, de metal precioso o no, mecánicos o electrónicos.
Restricción: Valor FOB igual o mayor a u$s500 por unidad.
7. Juegos de azar:
Juegos activados por monedas, tarjetas o fichas.
Restricción: excepto juegos específicos excluidos en la descripción.
De esta manera, los autos, bienes suntuarios y apuestas online en plataformas y casinos del exterior se encarecen con la percepción de 30% a cuenta de Ganancias, aunque ya desaparece el impuesto PAIS.