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Qué deberán vigilar sobre lavado de dinero los bancos, Mercado Pago y otras fintech

La UIF estableció lineamientos para la vigilancia de lavado de dinero del narcotráfico y el terrorismo para que cumplan los bancos y PSP
IMPUESTOS - 19 de Diciembre, 2024

La Unidad de Información Financiera (UIF), entidad que lucha contra el lavado de dinero proveniente del narcotráfico y el terrorismo, modificó los estándares de análisis de riesgo para los bancos y los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), como Mercado Pago y otras Fintech, de acuerdo a pedidos del GAFI, el ente multinacional en el tema.

Qué establece la UIF para los bancos

La Resolución 199/2024 de la UIF, publicada este jueves en el Boletín Oficial, se hace referencia a que, entre las funciones de la UIF se encuentran el análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir los delitos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.

Indica que, con la entrada en vigencia de la última normativa de 2023, se supervisó la labor de los Sujetos Obligados, y como resultado de ello se han advertido oportunidades de mejora en función de la información recabada, la operatividad del sector y la práctica observada.

Relata que tuvo lugar una mesa de trabajo con los representantes de las cámaras del sector bancario, y las autoridades del Banco Central, sobre estos temas.

En el marco de la cuarta ronda de evaluaciones realizada por el GAFI, se han contemplado diversas modificaciones que observan los estándares actuales en la materia e incluyen el análisis del marco normativo existente en nuestro país, profundizándose el Enfoque Basado en Riesgos, afirma.

La resolución tiene por objeto establecer los requisitos mínimos para la identificación, evaluación, monitoreo, administración y mitigación de los riesgos de lavado de activos, financiación del terrorismo, y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva que los bancos deberán adoptar y aplicar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, a los fines de evitar el riesgo de ser utilizados por terceros con estos objetivos criminales.

Qué establece la UIF para Mercado Pago y las Fintech

La Resolución 200/2024 de la UIF, publicada este jueves en el Boletín Oficial, hace referencia a las normas que designan como Sujetos Obligados a los emisores, operadores y proveedores de servicios de cobros y/o pagos, y a los proveedores no financieros de crédito.

Se dicta de conformidad con el enfoque basado en riesgos para los emisores, operadores y proveedores de servicios de cobro y/o pago, y los proveedores no financieros de crédito que deben entender respecto la probabilidad de que los riesgos de lavado ocurran y el impacto que puedan tener en cada una de las entidades del sector y posiblemente en la economía nacional a gran escala, en caso de materializarse.

La resolución tiene por objeto establecer los requisitos mínimos para la identificación, evaluación, monitoreo, administración y mitigación de los riesgos de lavado de activos, financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva que los Sujetos Obligados incluidos en el artículo 20 incisos 5 y 6 de la Ley 25.246 deberán adoptar y aplicar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, a los fines de evitar el riesgo de ser utilizados por terceros con estos objetivos criminales.

Las resoluciones de la UIF para cumplir con compromisos con el GAFI en la última ronda donde se logró evitar que la Argentina cayera a la lista gris aplican para bancos y PSP.

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