ARCA comienza a cobrar las transferencias a quienes no cumplan con estos requisitos
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que reemplazó a la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP), dio a conocer las nuevas normativas que impactarán en las transferencias de dinero a partir del mes de diciembre.
Según las disposiciones anunciadas, quienes no cumplan con ciertos requisitos al realizar transacciones podrían enfrentar multas o apercibimientos.
ARCA, la ex AFIP, cobrará las transferencias que no cumplan este requisito
De acuerdo con lo comunicado, ARCA implementará retenciones automáticas sobre las transferencias de dinero en caso de que los usuarios no cumplan con la regulación vigente. Esta medida incluye descuentos relacionados con las percepciones de IVA y otros impuestos, lo que afectó principalmente a personas que:
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No están registradas bajo el régimen fiscal de ARCA.
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No han presentado sus declaraciones juradas de ingresos en tiempo y forma.
En estos casos, los usuarios podrán enfrentar retenciones de hasta un 5% en concepto de Ingresos Brutos, mientras que el porcentaje habitual es inferior al 1,5%.
ARCA: cómo evitar las retenciones automáticas
Para prevenir las deducciones, ARCA recomienda:
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Regularizar la situación fiscal: Consultar con un contador público matriculado para asegurarse de que todos los tributos necesarios estén dados de alta y evitar costos adicionales.
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Informar al banco: Notificar previamente a la entidad financiera si la transferencia no corresponde a una operación comercial.
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Confirmar titularidad en cuentas propias: Para transacciones entre cuentas propias, como entre un broker o billetera virtual y un banco, se sugiere contactar a la institución financiera para garantizar que se trate del mismo titular.
Actualización de los montos del Monotributo
En paralelo, ARCA también actualizó los montos correspondientes al régimen de monotributo. Esta medida, que había sido anunciada en agosto, detalla las cuotas que los contribuyentes deberán pagar en diciembre, así como los límites de facturación para cada categoría.
Los contribuyentes registrados en el monotributo deben abonar cuotas que varían desde $ 3.000 hasta $ 735.000, según la categoría asignada. A continuación, se detalla el esquema:
Categorías y montos
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Categoría A: $ 3.000
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Categoría B: $ 5.700
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Categoría C: $ 9.800 (servicios) y $ 9.000 (comercio)
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Categoría D: $ 16.000 (servicios) y $ 14.900 (comercio)
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Categoría E: $ 30.000 (servicios) y $ 23.800 (comercio)
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Categoría F: $ 42.200 (servicios) y $ 31.000 (comercio)
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Categoría G: $ 76.800 (servicios) y $ 38.400 (comercio)
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Categoría H: $ 220.000 (servicios) y $ 110.000 (comercio)
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Categoría I: $ 175.000 (comercio) y $ 437.500 (servicios)
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Categoría J: $ 210.000 (comercio) y $ 525.000 (servicios)
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Categoría K: $ 245.000 (comercio) y $ 735.000 (servicios)
Impacto en los contribuyentes
La actualización de los montos busca reflejar las variaciones económicas recientes, ajustando las escalas y los límites de facturación al contexto actual. No obstante, ARCA también destacó la importancia de mantener regularizada la información fiscal y financiera para evitar sanciones o retenciones que podrían resultar en costos adicionales para los contribuyentes.
Para aquellos contribuyentes interesados en ingresar al monotributo o que deseen modificar su categoría, se sugiere realizar los trámites de manera oportuna a través de los canales habilitados por el organismo.