REPRESENTACIÓN

La Corte Suprema emitió un fallo clave sobre las quejas de consumidores ante los jueces

La Corte Suprema emitió un fallo clave sobre las quejas de consumidores ante los jueces, en una causa judicial que resultó a favor de Telefónica
IMPUESTOS - 27 de Noviembre, 2024

Por un fallo de la Corte Suprema de Justicia, no cualquier asociación de consumidores podrá iniciar un juicio colectivo contra una empresa, sino que los jueces deberán establecer primero si la misma tiene "legitimación" para representar a ese grupo de consumidores en concreto.

La Corte Suprema intervino este martes ante un recurso de hecho deducido por la empresa en la causa Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores c/ Telefónica de Argentina SA s/ ordinario, para decidir si había sido procedente todo el trámite en su contra, dado que cuestiona la representación de los usuarios por parte de la entidad.

En qué consiste el fallo a favor de Telefónica

La asociación de consumidores demandó a Telefónica de Argentina en virtud de que le estaría remitiendo a sus usuarios documentación sin soporte físico, aunque el usuario no haya solicitado el envío digital, explica Flavio Lowenrosen, abogado especialista en Derecho del Consumidor, y precisa:

Telefónica planteó que la asociación no tenía legitimación activa, es decir, competencia para iniciar el juicio colectivo.

En la discusión en primera y segunda instancia, los tribunales inferiores entendieron que se debía resolver del tema de la legitimación con el fondo.

La Corte entendió que la legitimación colectiva y la representación adecuada de la asociación actora debía resolverse con carácter previo a la resolución de la cuestión de fondo que tramita en el juicio, o sea, la conducta de la empresa que se cuestiona. 

Este criterio se funda en que la Corte entiende que la representación adecuada es fundamental en el marco de la tramitación de las acciones colectivas y, por eso, los tribunales se deben pronunciar al inicio de la acción sobre este tema.

Cómo se realiza un reclamo en Defensa del Consumidor

Los consumidores en la Argentina progresivamente van ganando derechos y hoy pueden iniciar un reclamo en Defensa al Consumidor con solo levantar el teléfono.

Los derechos se fueron ampliando. Por ejemplo, ahora las empresas de servicios deben ofrecer un "botón de baja" en un lugar visible de su página web para que el usuario no tenga que atravesar largos e imposibles procesos para desuscribirse de un servicio. Si ese botón no funciona, pueden iniciar un reclamo en Defensa al Consumidor.

Pocos lo saben, pero desde 2021 también pueden hacer un reclamo los niños y adolescentes argentinos o residentes de 13 a 17 años.

Qué vías de contacto están disponibles para iniciar un reclamo para defender tus derechos y cuáles son los teléfonos de Defensa al Consumidor en tu distrito dentro de la Argentina:

A nivel nacional, los teléfonos y vías de contacto con la Subsecretaría son los siguientes:

  • Dirección: Av. Julio A. Roca 651- Piso 4° (Sector 401), CABA.
  • Teléfono: (5411) 4349-3000 (línea de atención gratuita de lunes a viernes de 10 a 16 horas).

Es fundamental saber que como se trata de un derecho, el reclamo ante Defensa al Consumidor es un proceso gratuito.

Defensa al consumidor: cómo reclamar online

Si compraste o contrataste un bien o un servicio y la empresa proveedora no cumplió con el compromiso asumido, se puede comenzar el reclamo oficial de manera gratuita y online.

También hay vías para comunicarte por teléfono de lunes a viernes o por redes sociales para recibir orientación.

Si preferís hacer tu reclamo vía Internet, se puede hacer a través de la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor, que designará el método más apropiado para dar resolución al conflicto (derivación a las provincias, COPREC o Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo).

Es necesario que completes un formulario, que es el primer paso para iniciar tu reclamo a Defensa al Consumidor online.

Para ello, vas a necesitar los siguientes datos:

  • Número de DNI o Pasaporte.
  • Teléfono o dirección de correo electrónico de contacto.
  • Nombre y localidad del proveedor del bien o servicio por el cual se reclama.
  • La información básica de la compra del servicio o producto (captura o foto de la factura, provincia donde lo adquiriste y donde lo usaste, datos del proveedor).

Una vez que envíes el formulario, la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor lo va a derivar al organismo al que le corresponde atender el caso.

El consumidor o consumidora recibirá eventualmente la respuesta, a través del medio de contacto que especificó en el formulario, para saber cómo continuar el reclamo. Luego deberá concurrir el día y hora acordados a la instancia de encuentro para resolverlo.

Todo este procedimiento de arbitraje es un proceso gratuito para quien reclama.

Qué se puede reclamar a Defensa al Consumidor

En la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, estos pueden reclamar por malas prácticas de parte de las empresas e incumplimientos de Ley de Defensa del Consumidor.

Para llamar por teléfono e iniciar un reclamo, primero hay que saber reconocer si se infringió la ley y si, por lo tanto, si hay derecho a reclamar una solución o rescisión. Para esto, lo mejor es leer completa la ley, pero en resumen, los derechos de los consumidores que deben respetar las empresas son los siguientes:

  • Un trato digno y equitativo: las empresas no pueden ejercer prácticas discriminatorias en razón del género, el color de piel, la edad, la condición física, etc.
  • Información cierta, clara y detallada: el proveedor está obligado a informarte de forma completa sobre las características y condiciones de los productos y servicios que ofrece.
  • Protección a la salud: los productos y servicios ofrecidos no pueden presentar riesgos para la salud o integridad física de las y los consumidores.

Si alguno de estos derechos no fueron cumplidos de parte de una empresa o proveedor, se puede iniciar el reclamo a Defensa al Consumidor.

Otra vía es el juicio colectivo, pero para esto, la Corte establece ahora que primero la asociación de consumidores que pretenda la representación de estos, primero debe demostrar su "legitimación activa" para litigar en el caso.

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