BLANQUEO DE EFECTIVO

¿Se reabre el blanqueo de efectivo?: alcanzaría a quienes depositaron en cuentas CERA pero no adhirieron al régimen

Desde el Ministerio de Economía y desde ARCA analizan una solución para los contribuyentes que depositaron el dinero en una cuenta CERA perono adhirieron
IMPUESTOS - 20 de Noviembre, 2024

Cerrada la primera etapa del blanqueo de capitales, las autoridades comezaron a detectar que no son pocos los casos de contribuyentes que realizaron el déposito del dinero en la Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA), pero -que por mal asesoramiento u otro motivo en particular- "olvidaron" realizar la manifestación de adhesión al blanqueo de capitales.

De acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional, tanto desde el Ministerio de Economía como desde ARCA (la nueva AFIP) analizan dar una solución para los casos antes mencionados. Se trataría de una reapertura del blanqueo de efectivo para quienes efectuaron el depósito en la cuenta CERA pero no adhirieron formalmente al blanqueo.

¿Se reabre el blanqueo de efectivo?

Al respecto, César Litvin, CEO del Estudio Lisicki, Litvin & Asociados fue categórico: "La Administración Tributaria debe buscar una solución para evitar que estos contribuyentes afronten una contingencia por no haber cumplido con un trámite formal".

"Lo sustancial lo completaron. Les resta una formalidad. Y por una formalidad incompleta no se les puede hacer caer el blanqueo", aseguró César Litvin.

"Es importante encontrar una solución para quienes blanquearon dinero que tenían bajo el colchón o en la caja de seguridad, y que no fueron debidamente asesorados. Se les debe dar una solución para que no queden desprotegidos por la falta de un asesoramiento correcto", agrego Litvin.

En tanto, Alejandro Rosenfeld, asesor tributario, señaló que "leyendo la ley, el decreto y las resoluciones de AFIP no surge en ningun lado que el efectivo se puede blanquear solamente en la etapa I del blanqueo".

"Sólo establece que tiene que estar depositado antes del vencimiento para la adhesión a la etapa I, por lo tanto quien no hizo la adhesión en dicha etapa podría entrar perfectamente en la etapa II", detalló Rosenfeld.

"ARCA debería permitir la presentación de la declaración jurada de la etapa I sin adhesión ya que no hay ningún perjuicio (no existía pago a cuenta) y se encuentra manifestada la voluntad de adhesión con el depósito", puntualizó el experto.

Etapa II y III del blanqueo

Segunda Etapa:

Adhesión y pago adelantado: desde el 9 de noviembre de 2024 y hasta el 7 de febrero de 2025

Presentación y pago: hasta el 7 de marzo de 2025

Tercera Etapa:

Adhesión y pago adelantado: desde el 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025

Presentación y pago: hasta el 6 de junio de 2025

El "Régimen de regularización de activos" fue dispuesto por el Título II de la ley 27743 de "Medidas Fiscales, Paliativas y Relevantes", al que pueden adherir las personas humanas, sucesiones indivisas y sujetos del artículo 53 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, que sean residentes fiscales argentinos al 31 de diciembre de 2023, se encuentren o no inscriptos en la AFIP, así como las personas humanas no residentes que fueron residentes fiscales argentinos antes del 31 de diciembre de 2023 y perdieron dicha condición a esa fecha.

Un dato importante es que en la segunda etapa del blanqueo, la tasa del impuesto ascenderá al 10% frente el 5% que ofrecía la primera y no se podrá regularizar dinero en efectivo depositado en una cuenta especial de regularización.

Ya para cuando transitemos la tercera y última etapa del blanqueo, el impuesto a pagar será del 15% de la base declarada descontando la franquicia.

Si bien aún quedan meses de blanqueo, cuánto antes tome la decisión el contribuyente de regularizar sus bienes, menor será el costo de esta decisión, ya que la alícuota irá en aumento, siempre si se superan los u$s100.000 dólares

Por último, y dato no menor es que si un contribuyente realiza adhesiones en más de una etapa, se tomará la última para el cálculo de alícuotas.

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