• 21/11/2024

¿Cuánto debo ganar para pagar el Impuesto a las Ganancias?

Según la ley vigente, el piso salarial para abonar el Impuesto a las Ganancias se incrementará en un 13,5% por efecto de la inflación
Por IM
10/11/2024 - 09:18hs
Bienes Personales AFIP ARCA

AFIP, ahora reemplazado por el ARCA, publicó los valores actualizados para hacer el cálculo del Impuesto a las Ganancias. El ajuste va en línea con la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes aprobadas por el congreso a fines de junio.

Cabe recordar que un capítulo de la Ley 27.743 modificó el régimen del tributo que recae sobre los ingresos laborales y previsionales, lo que provoca que más personas estén alcanzadas por la carga, en comparación con el número de quienes tributaron en los primeros meses del 2024.

¿Cuánto debo ganar para pagar el Impuesto a las Ganancias?

La actualización publicada por el fisco representa un aumento de los montos de ingresos libres del impuestos, es decir, la ganancia no imponible y las deducciones. A su vez, también se tiene en cuenta los valores de tabla que define la alícuota a aplicar, según el rango en el que se ubique el ingreso de cada persona.

En el caso de las personas que cobran un salario, cuando entró en vigencia la reforma, la remuneración a partir de la cual se paga Ganancias quedó en $1.800.000 brutos. Esto se traduce en $1.494.000 neto para un empleado sin deducciones por familia ni gastos, es decir, "solteros". Cabe recordar que existen casos de solteros con hijos deducibles y personas casadas que no pueden deducir al cónyuge.

En esta línea, un empleado que podía deducir a su cónyuge y dos hijos, el salario más bajo para ser alcanzado por Ganancias fue, en agosto, de $2.387.082. Es decir, $1.981.278 de bolsillo. En el caso de un contribuyente que dedujo dos menores de 18 años, el salario más bajo alcanzado fue de $2.094.799, por lo que el neto se ubicó en $1.738.683.

Sin embargo, los montos cambiaron con la mencionada actualización. A partir de lo cobrado en septiembre, se aplicó un coeficiente de la inflación acumulada en junio, julio y agosto de un 13,35%.

De esta forma, las remuneraciones más bajas sujetas a impuestos son de $2.040.300 en bruto o $1.693.449 para el mencionado caso "soltero", es decir, una persona sin deducciones de familia.

En cambio, aquella persona que puede deducir a su cónyuge y dos hijos menores de 18 años, se ubicó en $2.700.408 bruto o $2.245.779 neto. Con respecto a los trabajadores que deducen a dos hijos menores de 18 años, el monto pasó a $2.374.455 brutos o $1.970.797 neto.

Sin embargo, el reajuste es un alivio temporal que no se percibirá de forma completa en los próximos meses, por razones técnicas de implementación. De esta forma, según el fisco, el incremento del 13,35% se usará para hacer el cálculo definitivo por lo cobrado en 2024. Dicha cuenta se hará cuando se liquiden los salarios de abril en el 2025.

Deducciones personales y especiales: montos actualizados

Con respecto a las deducciones personales, los montos anuales fijados son los siguientes:

  • Ganancia no imponible (GNI): $3.503.688,17
  • Cónyuge con ingresos inferiores a la GNI. $3.299.771,52
  • Hijo menor de 18 años $1.664.086,82
  • Hijo incapacitado para el trabajo: $3.328.173,63
  • Deducción especial empleados: $16.817.703,23
  • Deducción especial autónomos: $12.262.908,60
  • Deducción especial emprendedor/joven profesional: $14.014.752,69

Por otra parte, cuando se trate de dinero proveniente de jubilaciones, retiros, subsidios, entre otros, las deducciones por ganancias no imponibles y deducción especial se reemplazarán por una deducción específica. Esta será equivalente a 8 veces la suma de los haberes mínimos garantizados, vigentes en cada mes del período.