• 22/12/2024

ARCA, la ex AFIP reglamentó la nueva prórroga del blanqueo

Luego de la prórroga dispuesta por decreto, ARCA, la ex AFIP modificó la norma reglamentaria del régimen de regularización de activos
04/11/2024 - 09:06hs
ARCA, la ex AFIP reglamentó la nueva prórroga del blanqueo

A través de la resolución general 5596, ARCA, la ex AFIP cambió la reglamentación del "Régimen de regularización de activos- blanqueo de capitales", a raíz de la prórroga dispuesta por el Poder Ejecutivo por medio del decreto 977/2024.

ARCA Ex AFIP blanqueo: nuevas fechas límites

En efecto, el decreto 977/2024, prorrogó las fechas dispuestas para las tres etapas del blanqueo, de acuerdo al siguiente cronograma:

Primera Etapa:

Segunda Etapa:

  • Adhesión y pago adelantado: desde el 9 de noviembre de 2024 y hasta el 7 de febrero de 2025
  • Presentación y pago: hasta el 7 de marzo de 2025

Tercera Etapa:

  • Adhesión y pago adelantado: desde el 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025
  • Presentación y pago: hasta el 6 de junio de 2025

El "Régimen de regularización de activos" fue dispuesto por el Título II de la ley 27743 de "Medidas Fiscales, Paliativas y Relevantes", al que pueden adherir las personas humanas, sucesiones indivisas y sujetos del artículo 53 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, que sean residentes fiscales argentinos al 31 de diciembre de 2023, se encuentren o no inscriptos en la AFIP, así como las personas humanas no residentes que fueron residentes fiscales argentinos antes del 31 de diciembre de 2023 y perdieron dicha condición a esa fecha.

Un dato importante es que en la segunda etapa del blanqueo, la tasa del impuesto ascenderá al 10% frente el 5% que ofrecía la primera y no se podrá regularizar dinero en efectivo depositado en una cuenta especial de regularización.

Ya para cuando transitemos la tercera y última etapa del blanqueo, el impuesto a pagar será del 15% de la base declarada descontando la franquicia.

Si bien aún quedan meses de blanqueo, cuánto antes tome la decisión el contribuyente de regularizar sus bienes (ya no dinero ya que este ítem no se encontrará habilitado), menor será el costo de esta decisión, ya que la alícuota irá en aumento, siempre si se superan los u$s100.000 dólares

Por último, y dato no menor es que si un contribuyente realiza adhesiones en más de una etapa, se tomará la última para el cálculo de alícuotas.

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