• 5/11/2024

Tras el cierre de la AFIP, cómo puedo pagar la deuda de autónomos en ARCA

Más allá del cierre de la AFIP, el Gobierno dispone de diversas opciones de pago para cancelar la deuda atrasada en los aportes de autónomos
31/10/2024 - 08:53hs
Tras el cierre de la AFIP, cómo puedo pagar la deuda de autónomos en ARCA

El pago mensual de los aportes de los autónomos es una obligación fiscal, por la cual muchas personas a veces recaen en deudas significativas. Más allá del cierre de la AFIP y la creación de ARCA, el Gobierno dispone de diversas opciones de pago para cancelar la deuda atrasada en los aportes de autónomos.

Ex AFIP/ ARCA: cómo pagar deudas atrasadas de autónomos

A continuación, las opciones que da ARCA, la ex AFIP para pagar deudas atrasadas en los aportes de los trabajadores autónomos:

Billeteras virtuales

¿Dónde puedo pagar?

Cobro mediante Código QR. Ingresando desde la CCMA – Cuenta Corriente de Contribuyentes Monotributistas y Autónomos podrás abonar tu deuda acumulada (capital + intereses). Las billeteras habilitadas son:

  • Interbanking
  • Mercado
  • PagoCuenta DNI

Cobro mediante importes preestablecidos, denominados "facturables". Las billeteras habilitadas son:

  • Mercado Pago
  • Cuenta DNI – Banco Provincia
  • BNA + - Banco Nación
  • Interbanking

• Transferencia electrónica de fondos

¿Dónde puedo pagar?

En el sitio web de AFIP. Desde el servicio con clave fiscal "Presentación de DDJJ y Pagos" deberás generar el volante electrónico de pago (VEP), donde se especificará la obligación a cancelar y los datos correspondientes a CUIT, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe. También podrás efectuar la generación de los volantes electrónicos de pago (VEP), ingresando con tu clave fiscal al servicio CCMA - Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos. A fin de abonar el VEP, podrás hacerlo a través de las siguientes opciones:

  1. Código QR: deberás descargar y registrarte en alguna de las billeteras habilitadas para realizar el pago. Luego, deberás escanear el código QR y confirmar el pago. Es importante que la lectura del QR se realice desde la APP de la Billetera y no desde la cámara de fotos del teléfono inteligente.

A fin de abonar el VEP, podrás hacerlo mediante la lectura de un Código QR o accediendo a la entidad de pago (Interbanking – PAGAR – Pago Mis Cuentas) y seleccionando la opción "Pagos AFIP". El pago podrá efectuarse en forma inmediata tras la generación del VEP.

En lo que respecta al QR, las billeteras habilitadas para realizar el pago son:

  • Interbanking
  • Mercado
  • PagoCuenta DNI

Homebanking. Para utilizar este servicio, previamente y solo la primera vez, deberás concurrir con tu tarjeta de débito a cajeros automáticos que sean de la misma red que la tarjeta para obtener la clave de acceso. Obtenida la clave podrás realizar el pago del VEP. Una vez generado el VEP, su disponibilidad en el homebanking es inmediata.

Red Banelco. Para utilizar este servicio, deberás seleccionar la opción "Otras Operaciones", a fin de obtener la clave de acceso. Luego podrás realizar los pagos ingresando a la página www.pagomiscuentas.com

También podrás ingresar por el sitio web de tu entidad bancaria, accediendo desde la opción "Pago Mis Cuentas".

Pago mis cuentas – Red Banelco

Portal de Pagos PAGAR. Para utilizar este servicio, previamente deberás registrarte con un mail y una clave. Recordá que vas a necesitar una tarjeta de débito para adherir a la plataforma. Luego podrás realizar los pagos ingresando a la página pagar.redlink.com.ar/login.

Pagar – Red Link. A través de estas opciones también podés abonar tu cuota mensual de monotributo o autónomos del mes en curso, en base a los denominados "facturables". Esta opción permite pagar solo capital (es decir, no incluye intereses), sin la necesidad de generar previamente un VEP. Conocé cómo hacerlo desde la guía paso a paso "Pago de facturables en Homebanking Red Link / Pago Mis Cuentas / Plataforma Pagar"

Desde tu homebanking sin clave fiscal. Este servicio permite ingresar y autenticarse en el sitio web de la entidad bancaria para luego ser redirigido al sitio web de la AFIP. A través de esta modalidad, se permite acceder al servicio de AFIP "Presentación DDJJ y Pagos" para generar un VEP sin necesidad de tener una clave fiscal. Lo primero que deberás hacer es ingresar a la plataforma de tu banco y buscar la opción "Servicios AFIP", el banco validará tu identidad y permitirá que ingreses al sitio web de AFIP para que puedas generar el VEP. Una vez generado el VEP, para poder realizar el pago, deberás ingresar nuevamente a tu homebanking y cancelar la obligación.

Portal de Pagos de Provincia NET. A través de esta plataforma, podrás pagar cualquier tipo de impuesto que abonabas en un puesto de cobranza presencial.

Primero debés registrarte, creando un usuario y una contraseña. Una vez logueado tendrás la opción de realizar "Pagos con factura" (en caso de poseer un código de barras) o "Pagos sin facturas". En esta última opción deberás detallar el servicio que deseas abonar, indicando los datos solicitados. Es importante destacar que los pagos serán efectuados mediante tarjeta de débito de cualquier banco.

A través de este medio, está habilitado el pago correspondiente al capital de varios períodos (puede ser período fiscal del mes en curso o también períodos más antiguos) y, a su vez, el pago de intereses.

También podrás abonar VEPs generados desde el sitio web de AFIP. Para ello, deberás enviar el VEP a la entidad de pago - "XNET Group". Luego, deberás ingresar al Portal de Pagos de Provinicia NET con usuario y contraseña, y seleccionar la opción de "Pago con Factura". Por último, deberás escribir el código de barras (ubicado al final del VEP generado) y proceder al pago.

Débito automático: llamando a la tarjeta.

AFIP autónomos: valores vigentes

A continuación, los valores vigentes de los aportes mensuales para autónomos:

A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

Categorías:

  • I: $43.886,22
  • II: $61.439,76
  • III: $87.771,66
  • IV: $140.434,59
  • V: $193.096,80

B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial

Categorías

  • I’ (I prima): $48.000,55
  • II’ (II prima): $67.199,73
  • III’ (III prima): $96.000,25
  • IV’ (IV prima): $153.600,33
  • V’ (V prima): $211.199,62

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