Cómo deben obtener el CUIT AFIP las Sociedades Simplificadas bonaerenses
La AFIP estableció que las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) que tengan domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires, para obtener el CUIT deberán seguir el procedimiento simplificado para la obtención de la Clave Única de Identificación Tributaria establecido por la resolución general (AFIP) 5238.
AFIP: cuál es el procedimiento para que SAS obtengan CUIT
Para la obtención del CUIT, el representante legal o la persona debidamente autorizada deberá suministrar la información necesaria para la adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico y la designación del Administrador de Relaciones de la Clave Fiscal.
En tanto, la Dirección, una vez concluido satisfactoriamente el procedimiento de verificación de la documentación presentada por el responsable, remitirá la solicitud de validación a la AFIP mediante el servicio "web" habilitado al efecto.
El Organismo Fiscal Nacional validará el CUIT, el CUIL o la CDI de todos los componentes y podrá bloquear la continuación del trámite de obtención de la identificación fiscal en el caso de que las mismas sean inexistentes, pertenezcan a personas fallecidas, registren quiebra, se encuentren inactivas por conformar la base de contribuyentes no confiables o por suplantación de identidad u oficio judicial, entre otras causales.
De superarse todas las validaciones la Dirección Provincial de Personas Jurídicas efectuará la registración de la SAS y remitirá la solicitud de inscripción a la AFIP, acompañada de la copia del instrumento constitutivo.
A continuación, el fisco generará la CUIT, habilitará el servicio informático "Domicilio Fiscal Electrónico" del contribuyente y registrará la vinculación del Administrador de Relaciones.
También informará a la Dirección Provincial, la CUIT asignada mediante el mismo servicio "web" utilizado para la remisión de la solicitud de la identificación fiscal, a efectos de su comunicación al solicitante, junto con la finalización del trámite de inscripción.