MIENTRAS PIERDE VALOR

Ni AFIP ni ARCA: qué pasa con la devolución de impuestos sobre dólar que no aparece

La devolución de impuestos sobre viajes o dólar debía comenzar en octubre, pero pasó el mes y ni AFIP ni ARCA las depositan en la cuenta del contribuyente
IMPUESTOS - 28 de Octubre, 2024

La AFIP se fue y llegó ARCA, pero ninguna paga las devoluciones por percepciones de Impuesto a las Ganancias sobre operaciones con dólares, con tarjeta o viajes, cobradas a quienes pagaron un pasaje al exterior, compras en el extranjero o Netflix y otros servicios digitales.

Qué está pasando con la devolución de impuestos

Si bien desde la AFIP se informó que las devoluciones de impuestos sobre el dólar por operaciones de 2023 comenzarían a realizarse en forma escalonada a lo largo de 6 meses, comenzando en octubre, el mes termina y los solicitantes aún no lo ven reflejado, afirma Noelia Girardi, de Lisicki Litvin & Asoc.

La novedad que sí impacto en los portales de aquellos que hicieron la solicitud, es que se pudo visualizar en el portal de AFIP de cada uno que la solicitud de devolución ha sido aprobada, aclara.

Durante todo el período anterior, muchas solicitudes se encontraban observadas o bajo análisis del organismo, lo que implicaba que la AFIP no había resuelto devolver los montos percibidos. Ahora, siempre y cuando no tengan impuestos adeudados o faltas de presentación, las solicitudes cambiaron a "estado: devolución automática", indica.

Junto con los montos percibidos que serán devueltos, también se acreditarán intereses resarcitorios devengados desde su generación hasta el momento en que ocurra el efectivo pago, subraya.

Pero el "lado B" del cobro de estos intereses, es que ellos no son libres de impuestos: se les aplica una retención en concepto de pago único y definitivo, reduciendo entonces el total a cobrar, advierte.

Giardi recomienta a quienes hayan sufrido estás percepciones en 2024, realicen el pedido de devolución con la mayor celeridad posible una vez iniciado el nuevo año.

Esto es necesario para saber si son aprobadas sin ninguna observación, y subsanar lo informado de existir algún incumplimiento, como también para ser los primeros en la lista de devolución en superar los controles, explica.

El período de solicitud siempre comienza a partir del primer día del año siguiente al que se produjo la percepción, precisa.

Cuándo queda sujeta a fiscalización la solicitud

Si el fisco presume que el solicitante no tiene ingresos o no son consistentes con los gastos realizados, podrá requerir información al solicitante para evaluar la aprobación o no, afirma Girardi.

De igual forma, si es titular de bienes y no ha presentado la declaración jurada de Bienes Personales, el organismo intimará a inscribirse en el impuesto y efectuar las presentaciones correspondientes, apunta.

Cuándo es improcedente la solicitud

Si el solicitante se encuentra inscripto en el Impuesto a las Ganancias y/o en el Impuesto sobre los Bienes Personales, deberá tramitar la solicitud a través de la presentación de las declaraciones juradas correspondiente a los mencionados gravámenes, sostiene.

La misma situación se presenta si se trata de un empleado en relación de dependencia, con ingresos susceptibles de sufrir retención, que implicará solicitad la devolución a través del formulario donde se carga las deducciones, conocido como SIRADIG, remarca.

Por ahora, la AFIP sigue sin depositar en la CBU de los contribuyentes la devolución de percepciones de impuestos sobre pagos en dólares o viajes, a pesar de que pasó un mes desde que anunció que este trámite comenzaría.

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