• 24/10/2024

Los proyectos del RIGI ya pueden obtener la CUIT: qué límites establece AFIP para las ganancias

Los proyectos del RIGI ya pueden obtener la CUIT y tendrán límites para las ganancias que distribuya el VPU a las empresas y accionistas
24/10/2024 - 11:20hs
Pesos AFIP

Mientras sigue aumentando el interés de empresas en invertir en Argentina en el marco del Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), el Gobierno apuró la implementación, con un decreto, una resolución del Ministerio de Economía y una resolución de AFIP que permitirá a los proyectos obtener el CUIT y establece límites a la distribución de Ganancias.

Además, ese reglamento de AFIP ordena valuar y testear las ganancias declaradas por el VPU a cargo del proyecto RIGI por el mecanismo de precios de transferencia, para evitar el fraude fiscal con la alícuota reducida de Impuesto a las Ganancias.

Qué dice la reglamentación de AFIP

La AFIP instrumentó los beneficios impositivos previstos en el RIGI, a través de la Resolución General 5590/2024.

La norma pone operativo el régimen RIGI, y se refieren a cómo se saca el CUIT, cómo deben registrarse los proveedores para poder venderle al VPU y cómo se van a valuar las transferencias con compañías relacionadas, señala Sergio Caveggia, socio de EY Argentina.

Uno de los puntos clave que determino la Resolución apunta a evitar el fraude fiscal, al asignar un margen de utilidad mayor al proyecto RIGI, que paga una alícuota reducida de 25%, y menos a las empresas que integran el VPU o a los accionistas, explica.

Con este objetivo, la AFIP establece que las utilidades que gire el VPU a las empresas que lo constituyan o a los accionistas deberán ser valuadas y testeadas por el mecanismo de cálculo conocido como precios de transferencia, sostiene

Una segunda norma de AFIP, la Resolución General 5589, implementa el pago por parte del VPU del IVA a los proveedores, ya que el proyecto RIGI no paga el IVA con dinero en caja, sino con un certificado fiscal, indica.

Qué trámites se realizarán por la plataforma digital TAD

La Resolución 1074 del Ministerio de Economía, respecto de la implementación del RIGI, distinguen los siguientes 5 procedimientos a iniciarse mediante la plataforma de "Trámites A Distancia" (TAD), precisa el estudio Tavarone, Rovelli, Salim & Miani:

  • Adhesión al RIGI de un VPU a cargo de un Proyecto Único, para una inversión de más de $200 millones.
  • Adhesión al RIGI del Proyecto de EELP (grandes proyectos de exportación de más de $1.000 millones).
  • Adhesión al RIGI de la Ampliación de un Proyecto Preexistente no adherido al régimen.
  • Adhesión al RIGI del Proveedor local de bienes y/o servicios con mercadería importada.
  • Baja voluntaria del Proyecto RIGI del régimen.

En cada trámite se deberá proveer la documentación requerida por la Ley Bases y el Decreto Reglamentario.

Cuál es el plazo para la resolución de las solicitudes

El plazo para el dictado del acto administrativo que apruebe o rechace la solicitud de adhesión o de baja voluntaria al RIGI será de 45 días hábiles administrativos contados desde la presentación de la solicitud.

La suspensión del plazo se dará cuando el Ministerio de Economía requiera la opinión a otros órganos u organismos públicos, privados o mixtos, o bien información complementaria a los solicitantes.

En este sentido, la notificación de la providencia que señala un incumplimiento formal por parte del solicitante supondrá la suspensión del plazo, hasta tanto sea subsanado el defecto.

El acto administrativo que rechace la solicitud será irrecurrible. No obstante, el solicitante tendrá la posibilidad de presentar un nuevo plan respecto del mismo proyecto hasta 2 veces más dentro del mismo año calendario.

Cómo es el procedimiento de adhesión

El procedimiento de adhesión al RIGI, tendrá las siguientes intervenciones:

  1. Generación del expediente electrónico del registro del Ministerio de Economía.
  2. Remisión a la Unidad de Coordinación RIGI, que enviará las actuaciones a la dependencia con competencia técnica específica en la materia.
  3. Análisis preliminar sobre el cumplimiento de los requisitos formales de la solicitud.
  4. Evaluación de factibilidad del proyecto.
  5. En caso de corresponder, la intervención del Banco Central y de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, en cuyo caso se suspenderá el plazo.
  6. La Unidad de Coordinación RIGI podrá convocar a audiencia al representante legal del VPU.
  7. Elevación al Comité Evaluador, que realizará una recomendación no vinculante respecto de la aprobación o rechazo de la.
  8. Remisión a la dependencia con competencia técnica específica en la materia correspondiente para la elaboración del proyecto de acto administrativo que apruebe o rechace la solicitud de adhesión.
  9. Intervención del servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía para la emisión del correspondiente dictamen.
  10. Elevación de las actuaciones para el dictado del acto administrativo que resuelva la solicitud.

Cuál será el contenido de la aprobación del proyecto

En cuanto al contenido del acto administrativo para su aprobación, la Resolución 1074 establece que debe contener:

  • La individualización del VPU.
  • La fecha de adhesión al RIGI.
  • El monto que deberá cumplirse en los primeros 2 años contados desde la fecha de notificación del acto administrativo que apruebe la adhesión al RIGI.
  • La fecha límite para el cumplimiento del monto de inversión mínima en activos computables, según lo propuesto por el VPU en el plan de inversión aprobado.
  • La identificación del listado de mercaderías y/o servicios que el VPU podrá importar.
  • Aceptación de la manifestación efectuada por el VPU en la solicitud de adhesión al régimen de Resolución de Disputas.
  • La instrucción a la Unidad de Coordinación RIGI para que inscriba al VPU adherido en el Registro de Vehículos de Proyecto Único.
  • La comunicación a la AFIP para que proceda a la generación de una CUIT especial a los efectos del RIGI.
  • La comunicación al BCRA a fin de que aplique al VPU adherido al RIGI los incentivos cambiarios correspondientes.
  • Dictado el acto administrativo aprobatorio, la Autoridad de Aplicación emitirá el "Certificado de Adhesión del Proyecto al RIGI".

En los casos en que, al aprobarse la solicitud de adhesión, se incluya alguna imposición o condicionamiento, el VPU podrá presentar su desistimiento mediante notificación escrita y fehaciente dentro del plazo de 5 días hábiles de notificado.

Qué debe establecer Industria para las importaciones

La Resolución 1074 encomienda a la Secretaría de Industria y Comercio lo siguiente:

El establecimiento de la metodología para la determinación del origen nacional de los bienes.

El establecimiento de los criterios para considerar que un bien importado ha sido objeto de un proceso de transformación, en los términos del artículo 8 del Anexo I del Decreto Reglamentario.

La determinación del porcentaje de facturación mínima de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Anexo I aprobado por el Decreto Reglamentario, que enumera los bienes de capital y los bienes informáticos que podrán importar el VPU o su proveedor adherido.

Asimismo, se encomienda a la Secretaría de Industria y Comercio para que, en forma conjunta con la AFIP, por intermedio de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), implementen los sistemas de listado de mercaderías con beneficio, mercaderías de reposición y el listado de mercaderías sujetas a incentivos.

Las autorizaciones para la importación se remitirán a la Dirección General de Aduanas, mediante el VUCEA y la plataforma del Sistema Malvinas. Deberán ser declaradas al momento de la oficialización de las solicitudes de destinación de importación.

Por otro lado, se autoriza a la AFIP para que instrumente las garantías por actuación u operación.

Finalmente, se encomienda a la Secretaría de Industria y Comercio y a la AFIP, de modo conjunto, el establecimiento del procedimiento y los parámetros técnicos para el otorgamiento y la determinación de las garantías aduaneras por actuación.

Así, el Gobierno puso operativo el RIGI con un decreto, una resolución del Ministerio de Economía y un reglamento de AFIP que permitirá al proyecto obtener el CUIT y establece garantías contra el fraude en la distribución de ganancias.

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