• 26/12/2024

Precios de transferencia: nuevo fallo del Tribunal Fiscal

Se analiza el fallo emitido por el TFN "BASF Argentina S.A.", donde se discuten aspectos relacionados con la aplicación de precios de transferencia
15/10/2024 - 06:47hs
Precios de transferencia: nuevo fallo del Tribunal Fiscal

El presente artículo analiza el fallo emitido por el Tribunal Fiscal de la Nación en el expediente Nº 47.045–I, caratulado "BASF Argentina S.A. s/recurso de apelación – Impuesto a las Ganancias", donde se discuten aspectos relacionados con la aplicación de los métodos de precios de transferencia en operaciones entre empresas vinculadas. El caso se centró en la revisión de los ajustes fiscales realizados por la AFIP sobre las transacciones internacionales de BASF Argentina S.A. para el período fiscal 2008, particularmente en torno a la correcta aplicación del Método de Margen Neto de la Transacción (MMNT) y la idoneidad de los ajustes contables introducidos por la compañía.

BASF Argentina S.A. (en adelante "BASF"), filial de la multinacional BASF, interpuso un recurso de apelación contra la Resolución N° 109/2016 de la Dirección General Impositiva – AFIP, mediante la cual se determinó de oficio un ajuste por el Impuesto a las Ganancias del ejercicio fiscal 2008, generando un nuevo saldo a favor del Fisco Nacional por la suma de $5.625.444,17. La controversia surgió a partir de la revisión del Estudio de Precios de Transferencia (EPT) de BASF, donde la AFIP cuestionó tanto la metodología utilizada como los ajustes aplicados por la empresa a sus estados financieros.

BASF, dedicada a la manufactura y distribución de productos químicos, entre otros negocios, justificó su método de cálculo basado en la agregación de resultados para evaluar el cumplimiento del principio de plena competencia (arm’s length). Para ello, empleó el MMNT, argumentando que debido a la interrelación entre sus actividades de manufactura y distribución en diferentes líneas de negocio (agroquímicos, pinturas, plásticos, y químicos), resultaba apropiado utilizar información global, y no una segmentación por producto o función.

Por su parte, la AFIP objetó este enfoque, exigiendo una segmentación de los resultados de cada función (manufactura y distribución) y producto para una adecuada comparación con las empresas seleccionadas como comparables. La entidad fiscalizadora también impugnó ciertos ajustes contables que BASF había introducido en su EPT, tales como la reclasificación de derechos de exportación y del resultado por tenencia, así como un ajuste relacionado con la imposibilidad de trasladar ciertos costos al precio de venta en su línea de pinturas automotrices.

BASF basó su defensa en los siguientes puntos:

Método de Margen Neto de la Transacción (MMNT): BASF alegó que el uso de un enfoque agregado en la aplicación del MMNT estaba en consonancia con las Directrices de la OCDE sobre precios de transferencia, y con jurisprudencia internacional que respalda el uso de datos globales cuando las actividades de la empresa están integradas y presentan interrelaciones funcionales, como es el caso de la manufactura y distribución de productos complementarios.

Ajustes de Exactitud (comparabilidad): La empresa impugnó los ajustes introducidos por la AFIP, particularmente:

  • Derechos de Exportación: BASF consideró que estos deberían reclasificarse, ya que no eran comparables con los costos de las empresas seleccionadas como comparables internacionales, dado su carácter extraordinario y específico de la legislación argentina.
  • Resultado por Tenencia: BASF argumentó que el resultado por tenencia debía excluirse, ya que la mayoría de las empresas comparables utilizaban costo histórico, lo que requería un ajuste para garantizar la homogeneidad en el análisis.
  • Pinturas Automotrices: La compañía alegó que no pudo trasladar a sus precios ciertos incrementos en los costos, como el aumento de salarios y de materias primas, y que estos debían ser considerados en el análisis.

La AFIP defendió la validez de los ajustes introducidos durante la fiscalización, argumentando que BASF no había proporcionado una segmentación adecuada de sus resultados por función o producto, lo que impedía realizar una correcta comparación con las empresas seleccionadas como comparables. Asimismo, rechazó los ajustes de exactitud introducidos por BASF en su EPT, sosteniendo que:

  • Los derechos de exportación no podían ser considerados como extraordinarios, ya que habían sido aplicados durante varios años en Argentina y, por lo tanto, no justificaban un ajuste.
  • El resultado por tenencia no debía excluirse, ya que formaba parte integral de los resultados operativos de la empresa.
  • En relación con las pinturas automotrices, la AFIP consideró que BASF no demostró de manera fehaciente que los aumentos de costos no habían sido trasladados a los precios.

El Tribunal Fiscal de la Nación resolvió confirmar en su totalidad la resolución apelada por BASF, fundamentando su decisión en los siguientes puntos:

Método de Margen Neto de la Transacción (MMNT): El Tribunal concluyó que el enfoque agregado utilizado por BASF no era adecuado para cumplir con el principio de plena competencia, ya que la compensación de resultados entre actividades tan diversas como la manufactura y la distribución de diferentes productos podría enmascarar las verdaderas utilidades de cada segmento. Las Directrices de la OCDE permiten la agregación de funciones solo en casos excepcionales, lo que no fue probado en este caso. El Tribunal consideró que la segmentación de resultados por función y producto es esencial para realizar una comparación precisa.

Ajustes de Exactitud:

  • Respecto de los derechos de exportación, el Tribunal rechazó el ajuste propuesto por BASF, argumentando que este tributo había sido aplicado de manera recurrente en Argentina durante el período analizado, lo que eliminaba su carácter extraordinario.
  • En cuanto al resultado por tenencia, se determinó que no debía excluirse, ya que afectaba directamente los márgenes operativos y, por lo tanto, era relevante para el análisis de precios de transferencia. En tal sentido, en su voto el Dr. Martin enfatiza en que, aunque los métodos de valuación externos puedan basarse en precios históricos, la comparación con empresas internacionales debe ser coherente tanto a nivel horizontal (entre empresas) como vertical (dentro de la misma empresa). El sistema contable que reconoce el resultado por tenencia refleja la realidad inflacionaria de la economía local, lo que afecta todos los rubros de los estados contables. Si se elimina este concepto, se distorsionaría el análisis.
  • Finalmente, respecto a las pinturas automotrices, el Tribunal confirmó que BASF no aportó prueba suficiente para acreditar que los aumentos de costos no habían sido trasladados a los precios de venta, por lo que el ajuste realizado por la AFIP era válido.

En conclusión, este fallo resalta la relevancia de la precisión en la aplicación de los métodos de precios de transferencia, especialmente en lo que respecta a la segmentación adecuada de resultados por función o producto. La agregación de actividades tan diversas como la manufactura y la distribución puede llevar a una distorsión en los márgenes operativos, afectando la comparabilidad y, en consecuencia, el cumplimiento del principio de plena competencia. Asimismo, el caso destaca la importancia de que las empresas justifiquen detalladamente los ajustes contables que introducen en sus estudios de precios de transferencia, particularmente cuando dichos ajustes buscan excluir ciertos elementos, como los derechos de exportación o los resultados por tenencia, que forman parte integral de las operaciones locales.

Dra. Andrea Picasso y Dr. Lucas Rebecchi

Especialistas en Tributación

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