• 22/12/2024

AFIP postergó primer anticipo de ganancias para autónomos

Ahora, según se informó oficialmente, la fecha de cierre quedó establecida para el 25 de octubre. Conocé todos los detalles en la siguiente nota
11/10/2024 - 09:08hs
AFIP postergó primer anticipo de ganancias para autónomos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergó por diez días el vencimiento de la primera cuota del anticipo del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores autónomos.

Además, el organismo corrigió un error en las escalas y las deducciones para el cálculo del mismo impuesto para el caso de los empleados en relación de dependencia.    

A través de un comunicado la AFIP informó que se pospuso el vencimiento hasta el próximo 25 de octubre -inclusive- para el "ingreso del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias, correspondiente al período fiscal 2024 de las personas humanas y sucesiones indivisas".

El anticipo de Ganancias para autónomos se estima en función de la liquidación anterior del impuesto y sobre ello se establecen cinco cuotas mensuales del 20 por ciento. Al finalizar el período se completa el saldo en función del impuesto determinado para el período actual.  

AFIP corrige el mínimo del Impuesto a las Ganancias y habrá devolución

La AFIP publicó nuevas tablas para el Impuesto a las Ganancias, tanto para las deducciones personales como para la escala de alícuotas, corrigiendo la actualización semestral que se realizó en septiembre con dos meses de IPC en lugar de tres. De esta manera, el mínimo para un soltero será de $2.002.065 de salario bruto en octubre.

Las nuevas tablas de Ganancias reconocen tres meses de período de ajuste de IPC, junio, julio y agosto, lo que ahora arroja una suba del mínimo del Impuesto a las Ganancias de 13,35%, la AFIP tomó como base junio y solo actualizó por los dos meses siguientes, danto un incremento de la base de 8,37% en forma errada.

Cuáles son las diferencias con la actualización del Impuesto a las Ganancias

De acuerdo a los términos de la reforma fiscal, a partir de septiembre se debía actualizar el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, en línea con la inflación acumulada entre junio, julio y agosto.

Esto daría un índice de 13,35% y un mínimo de Impuesto a las Ganancias para solteros de $2.002.065 de sueldo bruto en octubre y $1.661.714 de sueldo de bolsillo, calcula el consultor impositivo Ariel Bassanetti.

En cambio, la AFIP sorprendió al publicar las tablas para liquidar los sueldos con la actualización de Impuesto a las Ganancias, al utilizar un porcentaje de 8,37% anual.

Así subió el mínimo solo a $1.950.685 de salario bruto para un trabajador soltero, lo que son aproximadamente $51.380 menos de lo esperado.

Cómo se estima el cálculo del Impuesto a las Ganancias con el cambio que dio la AFIP

El mínimo no imponible, que era de $1,8 millones brutos para solteros, pasará en octubre a lo siguiente, según estima Bassanetti:

  • Solteros: $2.002.065,34 en bruto y de $1.661.714,23 de bolsillo.
  • Solteros 1 hijo: $2.166.011,32 bruto y $1.797.789,40 neto.
  • Solteros 2 hijos: $2.329.957,31 bruto y $1.933.864,56 neto.
  • Casado: $ 2.327.159,13 bruto y $1.931.542,08 de bolsillo.
  • Casado 1 hijo: $2.491.105,11 bruto y $2.067.617,24 neto.
  • Casado 2 hijos: $2.655.051,10 bruto y $2.203.692,41 neto.

Los valores surgen de una estimación promedio, incluido el proporcional del aguinaldo; no se tuvieron en cuenta otras deducciones y tomando como promedio retenciones del 17%, aclara Bassanetti.

Esto se fija con base en la variación de precios que mide el INDEC. En esta oportunidad, se tomará el IPC trimestral correspondiente al período junio y agosto, que alcanzó 13,35%, indica, y puntualiza que surge de tomar índices de inflación sin decimales, de 4.6% en julio; 4 en agosto, y 4,2 en agosto.

En tanto, para la actualización final anual 2024, que se liquida en abril 2025, los mínimos quedarán como sigue, puntualiza Bassanetti.

  • Solteros: $2.040.300,34 en bruto y de $1.693.449,28 de bolsillo.
  • Solteros 1 hijo: $2.207.377,33 bruto y $1.832.123,19 neto.
  • Solteros 2 hijos: $2.374.454,32 bruto y $1.970.797,09 neto.
  • Casado: $2.371.602,70 bruto y $1.968.430,24 de bolsillo.
  • Casado 1 hijo: $2.538.679,69 bruto y $2.107.104,15 neto.
  • Casado 2 hijos: $2.705.756,68 bruto y $2.245.779,05 neto.

Cuándo puede estar la devolución desde septiembre

Por un lado, como consecuencia de lo establecido en el Artículo 9 de la RG 5531/2024, donde se detalla la forma de aplicación de esta actualización, no siendo retroactiva a enero para las liquidaciones mensuales, las escalas del impuesto se han aumentado solo un 1,48% por mes, considerando la aplicación desde septiembre en adelante, enfatiza Bassanetti.

Por este motivo, la aplicación del índice de actualización de 13,35% desde septiembre recién se verá en la declaración jurada que se presentará en abril 2025, precisa, y considera que en ese momento sí habrá una devolución para todos.

Mientras tanto, no hay precisiones para los ajustes mensuales, pero Bassanetti opina que el ajuste será automático con las nuevas tablas y escalas.

Cómo quedan las deducciones personales dadas a conocer por la AFIP

La AFIP publica que las deducciones personales del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, aplicables a las remuneraciones percibidas en el período septiembre a diciembre de 2024, que quedan como sigue:

Ganancias no imponibles $3.228.586,06.

Cargas de familia:

  • Cónyuge: $3.040.680,51.
  • Hijo: $1.533.426,27.
  • Hijo incapacitado para el trabajo: $3.066.852,54.

Deducción Especial: $15.497.213,08.

De esta manera, la AFIP corrigió el error de haber tomado solo 2 meses de inflación para calcular la actualización de Impuesto a las Ganancias, y publico nuevas tablas y escalas.