BLANQUEO AFIP

Blanqueo: la AFIP habilitó la opción para presentar la declaración jurada

La declaración jurada con el detalle de los bienes regularizados para la etapa 1 del blanqueo debe presentarse hasta el 30 de noviembre de 2024
IMPUESTOS - 08 de Octubre, 2024

La AFIP habilitó la opción para presentar la declaración jurada del blanqueo. La declaración jurada con el detalle de los bienes regularizados para la etapa 1 del blanqueo debe presentarse hasta el 30 de noviembre de 2024.

Blanqueo AFIP: que debe tener la declaración jurada

Al realizar la declaración jurada se deberán identificar los bienes que se incluyen en el blanqueo.

Blanqueo AFIP: cómo identificar los bienes

Complementariamente, al momento de la presentación de la declaración jurada se deben adjuntar las constancias fehacientes y toda otra documentación necesaria para acreditar la titularidad y el valor de los bienes regularizados:

Bienes en Argentina:

Moneda nacional o extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias o de cualquier otro tipo de entidades residentes en la República Argentina. Para acreditar titularidad y valuación se deberá presentar certificado de depósito o resumen bancario de la "Cuenta Especial de Regularización de Activos" en moneda nacional y/o extranjera donde se indique el nombre completo del titular, Clave Bancaria Uniforme (CBU), y el saldo depositado en la cuenta.

Bienes en el exterior:

Moneda extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias o de cualquier otro tipo de entidad financiera no residente en el país. En caso de que el contribuyente optara por mantener los fondos depositados en una cuenta bancaria de una entidad financiera del exterior, deberá acreditar la titularidad adjuntando el extracto bancario o resumen de cuenta y/o subcuenta que acredite el saldo declarado y en el que consten, entre otros, los datos identificatorios de la cuenta, de la entidad financiera del exterior y de la jurisdicción en la que se encuentra registrada la misma.

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