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Blanqueo Monotributo: últimas aclaraciones de la AFIP para recategorización y efecto futuro

La AFIP realizó aclaraciones para el Monotributo y el blanqueo, que afecta los antecedentes para la recategorización, pero también el efecto futuro
IMPUESTOS - 25 de Septiembre, 2024

La AFIP emitió recientemente una serie de aclaraciones importantes para los monotributistas que optan por ingresar al blanqueo de capitales, entre otras, qué pasa con la recategorización, y cómo afectarán en la permanencia en el Monotributo las rentas y gastos que el bien genere en el fututo.

Así resume lo que puntualizó la AFIP el contador Arija, Damián Ignacio, de Tributo Simple:

Cuáles son los beneficios del blanqueo

Liberación de impuestos: el blanqueo permite a los contribuyentes liberarse del pago de impuestos no declarados por bienes regularizados.

Bienes regularizados: se aplica a cualquier bien o tenencia poseída antes del 31 de diciembre de 2023 que no se haya declarado.

Obligaciones en discusión: incluye también obligaciones en discusión administrativa o judicial en ámbitos tributarios, cambiarios y aduaneros.

Cómo impacta en la recategorización del Monotributo

Impacto en antecedentes: las tenencias declaradas en el blanqueo no se tomarán en cuenta como antecedentes para la exclusión o recategorización del pequeño contribuyente en períodos anteriores a la declaración.

Para evaluar la próxima permanencia, recategorizacion o posible exclusión del declarante del régimen, es necesario considerar las rentas y gastos que el bien pueda generar en el futuro.

Cuáles son las opciones para quienes fueron excluidos

Reingreso al Monotributo: los contribuyentes que fueron excluidos del régimen simplificado o renunciaron para solicitar el alta en el Régimen General pueden reingresar entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2024, hasta el 30 de septiembre de 2024 inclusive.

Cumplimiento de obligaciones: aquellos que superen el límite de ingresos de la categoría H durante este período tendrán cumplidas sus obligaciones en el Régimen Simplificado, siempre que no excedan el límite de la categoría K.

Estas medidas ofrecen una valiosa oportunidad para que los monotributistas regularicen su situación fiscal y aprovechen los beneficios del blanqueo de capitales, afirma Arija.

Qué otras aclaraciones hizo AFIP sobre blanqueo

El Decreto 773/24 aclara las siguientes situaciones del Régimen del Regularizacion de Activos, indica Gustavo Policella, del estudio Policella & Asoc:

1. Inmuebles en Argentina y en el exterior:

Quedan comprendidas las obras en construcción -cualquiera sea su grado de avance- y las mejoras, en ambos casos, al 31 de diciembre de 2023.

2. Parientes a cargo

Está previsto que los parientes que regularicen pueden computar, proporcionalmente, la franquicia de u$s100.000 prevista en el régimen, siempre que los mismos se encuentren a cargo.

Pero ahora el Poder Ejecutivo aclara que esa situación se verifica cuando se cumplen las siguientes condiciones:

  • Parientes a cargo son aquellos a los que el contribuyente que regulariza sostiene, total o parcialmente, desde el punto de vista económico.
  • En la medida en que sus ingresos totales anuales no sean superiores a $3.091.035.

No se precisa ni aclara qué periodo es el que debe considerarse para evaluar si el pariente obtuvo ingresos por debajo o por encima del mencionado límite.

3. Tapón fiscal

Se precisa que la liberación de los impuestos comprendidos en el régimen alcanza también a los montos consumidos hasta el período fiscal 2023, inclusive, por cualquier bien o tenencia que hubieren poseído con anterioridad al 31/12/23 y no lo hubieren declarado.

A ese respecto, es importante aclarar que el beneficio de "tapón fiscal" procede en la medida en que el sujeto haya adherido al régimen, no siendo aplicable a los "contribuyentes cumplidores" que han venido cumpliendo con sus obligaciones fiscales como corresponde.

4. Facturas apócrifas

Se aclara que no se encuentran alcanzados por la liberación de acciones y de impuestos el gasto computado en el Impuesto a las Ganancias, el impuesto a las salidas no documentadas y el crédito fiscal del IVA, provenientes de facturas consideradas apócrifas por la AFIP en causas que se encontraban en discusión.

No se aclara si ese impedimento a gozar de los beneficios señalados también resulta aplicable a causas que se inicien en el futuro, en las cuales la AFIP pudiera detectar el uso de facturas apócrifas.

Cuáles son las cuestiones del blanqueo sin aclarar

Según Policella, aún quedan cuestiones del blanqueo pendientes por resolver o aclarar, que enumera como sigue:

5. Si puede regularizarse o no, y en caso afirmativo como adhiere al régimen, una persona que al 31/12/23 poseía dinero en efectivo que con posterioridad utilizó, por ejemplo, para destinarlo a la adquisición de un inmueble.

6. Si se contempla el caso de tenencias o bienes existentes al 31/12/23 que con posterioridad a esa fecha sufrieron una pérdida de valor como consecuencia de situaciones ajenas al contribuyente.

7. Si el Poder Ejecutivo hará uso de sus facultades para prorrogar los plazos del régimen del blanqueo, en particular el de la Primera Etapa cuyo vencimiento opera el 30/9/24.

La AFIP hizo aclaraciones claves sobre el Monotributo, para saber si los antecedentes del blanqueo disparará una recategorización hacia el pasado, pero también el efecto a futuro de los gastos y rentas que genere el bien regularizado.

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