• 20/12/2024

AFIP no publica las tablas del Impuesto a las Ganancias de los trabajadores: números esperados

De acuerdo con la reforma fiscal, desde septiembre se actualiza el mínimo no imponible en línea con la inflación acumulada entre junio, julio y agosto.
23/09/2024 - 09:06hs
AFIP Impuesto a las Ganancias: no se publican las tablas, números esperados

A 23 de septiembre, quienes tienen que liquidar impuestos no cuentan con las tablas oficiales del Impuesto a las Ganancias que deberán retener en los recibos de sueldos de los trabajadores, con la actualización que se estableció para septiembre en el paquete fiscal. Los números que debería confirmar AFIP.

De acuerdo a los términos de la reforma fiscal, a partir de septiembre se actualiza el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, en línea con la inflación acumulada entre junio, julio y agosto.

Cómo se estima la actualización de Ganancias

El mínimo no imponible, que era de $1,8 millones brutos para solteros, pasará a lo siguiente, según estima el consultor impositivo Ariel Bassanetti:

  • Solteros: $1.978.885,50 en bruto y de $1.642.474,96 de bolsillo.
  • Solteros 1 hijo: $2.140.933,32 bruto y $1.776.974,66 neto.
  • Solteros 2 hijos: $2.302.981,15 bruto y $1.911.474,35 neto.
  • Casado: $ 2.300.215,37 bruto y $1.909.178,75 de bolsillo.
  • Casado 1 hijo: $2.462.263,19 bruto y $2.043.678,45 neto.
  • Casado 2 hijos: $2.614.608,75 bruto y $2.178.178,14 neto.

Los valores surgen de una estimación promedio, incluido el proporcional del aguinaldo; no se tuvieron en cuenta otras deducciones y tomando como promedio retenciones del 17%, aclara Bassanetti.

Esto se fija con base en la variación de precios que mide el INDEC. En esta oportunidad, se tomará el IPC trimestral correspondiente al período junio y agosto, que alcanzó 13,33%, indica.

Esto surge de lo siguiente:

Como en junio la inflación fue del 4,58%; en julio de 4,03%, dando un acumulado de 4,22%%, y en agosto de 4,17%, con un acumulado de 4,54%, el índice de actualización de septiembre da 13,33%, indica.

Como consecuencia de lo establecido en el Artículo 9 de la RG 5531/2024, donde se detalla la forma de aplicación de esta actualización, no siendo retroactiva a enero para las liquidaciones mensuales, podemos establecer que las escalas del Impuesto a las Ganancias se han aumentado solo un 1,48% por mes, considerando la aplicación desde septiembre en adelante, enfatiza Bassanetti.

La retroactividad de esta actualización tendrá vigencia solo en la liquidación anual, es decir, ante una liquidación final por egreso o bien en la liquidación anual que se practicará en marzo 2025, donde el impacto del aumento del 13,33% se verá reflejado íntegramente, aclara.

Qué debería hacer AFIP

De acuerdo a los montos previstos en el artículo 30 y en el primer párrafo del artículo 94 de la ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, se ajustarán excepcionalmente en septiembre de 2024 por el coeficiente que surja de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a los meses junio a agosto de 2024.

Como se trata de una cuestión extraordinaria prevista por la ley, según opinó el tributarista Martín Caranta "lo más prolijo" para determinar el cambio de la escala "sería un decreto y luego una Resolución General de la AFIP", aunque consideró que con la resolución del organismo bastaría.

A partir de 2025, las actualizaciones de las escalas del tributo y las deducciones serán por inflación y semestralmente. Este año, habrá una actualización extraordinaria en septiembre por la evolución de precios de junio, julio y agosto, para evitar que la inflación provoque un desfase.

Con el antiguo régimen, no se actualizaban las escalas, entonces, todos los meses, los sueldos aumentaban, rápidamente llegaban al mínimo no imponible, y eran alcanzados por el gravamen del 27%. Ahora, este impuesto recae sobre los haberes de manera progresiva, con alícuotas que van del 5% al 35%.

Pero la AFIP no publica todavía las tablas oficiales, y los liquidadores de sueldo no pueden emitir los recibos para el mes de septiembre.

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