• 20/9/2024

Fallo de Cámara aplica habeas data para que AFIP borre información de director de sociedad

Un fallo de Cámara admitió una acción de habeas data contra AFIP para que elimine en el sistema a un director de sociedad comercial que renunció
20/09/2024 - 10:35hs
Fallo de Cámara aplica habeas data para que AFIP borre información de director de sociedad

La Justicia admitió en un fallo la acción de habeas data contra la AFIP, para exigir que actualice sus registros y deje de incluir a un ex director de una sociedad comercial en sus bases, dado que no existe un procedimiento para hacer el trámite por sí mismo, sino que queda en manos del nuevo director.

Por qué se pidió el habeas data contra AFIP

En un reciente fallo, la Cámara Contencioso Administrativo Federal admitió la acción de habeas data promovida por un contribuyente a fin de que la AFIP rectifique y actualice los datos del mismo en sus registros y lo desvincule de la sociedad comercial de la que fue director y representante legal, por haber renunciado a dicho cargo, explican Nicolás Scalone y Santiago Trongé, del Departamento Legal de MGI Jebsen & Co.

La sentencia fue dictada por la Sala III de la Cámara el 20 de agosto pasado en la causa "Weber, Enrique Raúl c/ AFIP s/ habeas data" y tuvo el siguiente contenido, indican Scalone y Trongé:

1. En primera instancia, la acción de habeas data había sido desestimada debido a que se consideró que existe un procedimiento reglado para corregir los datos de identificación de los contribuyentes y que la situación denunciada por el contribuyente se debía a la inactividad de la sociedad comercial, la cual no mantuvo actualizados los datos de los representantes legales y sujetos vinculados a la misma.

2. El contribuyente apeló la sentencia de primera instancia con base en considerar que, si bien existe un procedimiento reglado de actualización y corrección de datos de los contribuyentes, el mismo prevé que sea el nuevo director de la sociedad quien deba dar de baja al anterior.

Afirmó que esto no resulta idóneo para garantizar la debida protección de los datos personales del exdirector, ya que este no tiene acceso a la documentación necesaria para realizar el trámite de desvinculación ni puede compeler a la sociedad o a su nuevo representante legal a efectuarlo.

Qué dijo el fallo de Cámara

Los jueces del tribunal de apelaciones avalaron el criterio del contribuyente, señalando que las Resoluciones Generales 3713 y 5048 de la AFIP no establecen ningún mecanismo para que el ex director (a quien le fue desvinculada su clave fiscal con la CUIT de la sociedad que representaba) pueda rectificar los datos que se encuentran registrados de forma errónea o inexacta en la base de datos de la AFIP.

Por el contrario, esas normas supeditan la modificación de los datos al accionar de un tercero (el nuevo director o representante legal), dijeron los jueces.

Con base en estos preceptos, admitieron la acción de habeas data a efectos de que se corrija la información existente en los registros de la AFIP que aún consigna al contribuyente como presidente de la sociedad pese a haber renunciado a dicho cargo en el año 2014 y haber inscripto dicha renuncia ante la Inspección General de Justicia (IGJ).

Qué significa esta sentencia sobre habeas data

"Este precedente jurisprudencial resulta de particular interés debido a que admite la viabilidad de la acción de habeas data para la rectificación de datos inexactos de contribuyentes en la base de datos de la AFIP ante la falta de un procedimiento administrativo que garantice debidamente el derecho del contribuyente a la protección de sus datos personales", señalaron Scalone y Trongé.

"Esto es importante especialmente en el caso de exdirectores de sociedades comerciales que, a diferencia de lo que sucede en la IGJ que prevé un procedimiento especial para inscripción de la renuncia del director ante la inacción de la sociedad, no cuentan con una vía que les permita tramitar la desvinculación de sus datos respecto de los de la sociedad", subrayaron.

"La protección de los datos personales es un derecho fundamental que debe ser garantizado en cualquier sociedad democrática y la acción constitucional de habeas data se convierte en la herramienta esencial para salvaguardar este derecho, permitiendo a los ciudadanos acceder a la información que se tiene sobre ellos", consideraron.

Pero agregaron que "también -y fundamentalmente- el habeas data permite a los ciudadanos controlar su exactitud y solicitar la corrección de los datos que resulten incorrectos".

"Esto resulta crucial en una era como la actual en la que la circulación de información por medios electrónicos y digitales presenta particular rapidez e intensidad", sostuvieron.

De esta manera, la Justicia aplica la acción de habeas data a la corrección de sus bases de datos por parte de la AFIP en el caso del director de una sociedad comercial, con base en que no existe un procedimiento reglado para este trámite por parte del mismo afectado, sino que queda en manos del nuevo director

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