Gurú de la City cuestionó a Caputo por no quitar retenciones: qué respondió el ministro
El economista Salvador Di Stéfano, conocido por sus artículos sobre el panorama financiero y alternativas de inversión, cuestionó al Gobierno este lunes respecto del incremento en la alícuota de derechos de exportación.
Derechos de exportación: Gurú de la City cruzó a Luis Caputo
"¿Y esto? ¿No piensan sacar los derechos de Exportación? Es imposible que suban el 100%, salvo que aumenten las alícuotas de esos derechos. Preocupante", escribió el "Gurú de la City" junto con el siguiente cuadro, que refleja la variación de impuestos como IVA, Ganancias, derechos de exportación y otros ítems, que contempla el Presupuesto 2025.
El especialista en finanzas se refiere específicamente al punto sobre derechos de exportación, que señala que, según el Presupuesto 2025, habría un aumento del 100,4% de ingresos mediante el cobro de esa alícuota. Según la tabla que adjunta Di Stéfano, el Gobierno aumentaría su recaudación hasta casi el 200% de monotributo y combustibles y dióxido de carbono.
Unas horas más tardes, Caputo compartió la publicación del economista y señaló: "La base de comparación del 2023 quedó muy baja porque hubo mucho adelantamiento de exportaciones, Salvador. Ahora vamos a sacar un aclaración. Nada para preocuparse. Gracias por la observación. Saludos".
Aumenta el mínimo no imponible de Ganancias
De acuerdo a los términos de la reforma fiscal, a partir de septiembre se actualiza el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, en línea con la inflación acumulada entre junio, julio y agosto.
El mínimo no imponible pasará de $1.800.000 a $2.040.300 en bruto para los trabajadores solteros y sin hijos. Mientras que para los casados con dos hijos, el piso salarial pasará de $2.300.000 a $2.682.208.
Esto se fija en base a la variación de precios que mide el INDEC. En esta oportunidad, se tomará el IPC trimestral correspondiente al período junio y agosto, que alcanzó 13,3%.
A partir del 2025, los montos y las escalas se ajustarán de forma semestral, es decir, el 1° de enero y el 1° de julio en línea con el índice de Precios al Consumidor (IPC).
De acuerdo a los montos previstos en el artículo 30 y en el primer párrafo del artículo 94 de la ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, se ajustarán excepcionalmente en septiembre de 2024 por el coeficiente que surja de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), organismo desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Economía, correspondiente a los meses junio a agosto de 2024.
Como en junio la inflación fue del 4,6%, en julio de 4% y en agosto de 4,2%, el ajuste que hay que hacer sobre todas las escalas y las deducciones es del 12,8%, y solo para los salarios que se van a cobrar en octubre. Luego los ajustes, se van a hacer en enero y en julio de cada año, por la inflación semestral.