• 16/9/2024

AFIP ART: se automatiza la carga de datos en la declaración jurada en línea

La AFIP automatiza la carga de datos de la ART en la declaración jurada en línea y en el Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social
06/09/2024 - 07:20hs
AFIP declaración jurada ART: se automatiza la carga de datos

La AFIP, a través de la nueva versión del programa aplicativo del "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS", incorporó el importe fijo correspondiente del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) - ART y sus respectivas actualizaciones, a partir de agosto 2024.

De igual manera, el sistema "Declaración en Línea" incorporará las novedades de la nueva versión del programa aplicativo del fisco nacional.

A fin de establecer la obligación con destino a la ART, los sistemas adicionarán de forma automática el importe correspondiente al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales del mes de liquidación, y el empleador deberá consignar únicamente el importe fijo que surja del contrato entre las partes (de corresponder).

AFIP declaración jurada ART: cómo será la carga de datos

Asimismo, los empleadores que determinen sus obligaciones a través del "SICOSS", deberán  señalar en la versión 47 -en el campo "importe fijo contractual" de la declaración jurada- el monto fijo determinado por contrato. 

En tanto, los empleadores que determinen sus obligaciones a través de los servicios "Declaración en Línea" o "Libro de Sueldos Digital" deberán ingresar al módulo "para actualizar sus datos de empleador" del servicio "Declaración en Línea", y consignar en el campo "importe fijo contractual" el monto fijo determinado por contrato.

La obligación de utilización de la versión 47 del programa aplicativo "SICOSS" o del sistema "Declaración en Línea", comprende también a las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- correspondientes a períodos anteriores a agosto 2024, que se efectúen a partir de su fecha de vigencia.

La norma indica que las declaraciones juradas correspondientes al período devengado agosto de 2024, presentadas con una versión anterior a la versión 47, serán consideradas válidas al efecto de cumplir con la obligación.

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