Qué pasa si transfiero dinero de una billetera virtual a otra
Cada cierto tiempo, AFIP aplica algunos cambios en cuanto a los valores que las entidades deben informales, las operaciones de los usuarios. Según la última actualización, un banco o billetera virtual deberá enviar el detalle de los movimientos del cliente cuando este registre operaciones, como transferencias, ingresos y egresos de dinero, gastos, entre otras, por un valor de $400.000.
En este contexto, surgen dudas en los usuarios sobre cuáles son la totalidad de operaciones alcanzadas y qué sucede con las transacciones entre cuentas propias, es decir, una transferencia de dinero entre dos cuentas del mismo titular.
¿Qué sucede si me transfiero dinero de una cuenta propia a otra?
AFIP obliga a los bancos a informar los movimientos de dinero que se encuentren por encima del monto previamente mencionado, incluyendo la totalidad de transferencias en el sistema, sin importar si son propias o de terceros.
Por ejemplo, si en el mes se recibió $110.000, luego se retiraron, se volvieron a depositar y se transfirieron a otra cuenta propia, ya se habrá superado el umbral establecido por el fisco, pese a que el monto operado es el mismo.
Sin embargo, cabe aclarar que, en el caso de contar con información declarada como estar inscripto y facturar como monotributista o responsable inscripto, cobrar un salario en relación de dependencia, entre otras opciones, el fisco "descuenta" las operaciones entre cuentas propias.
Además, en el hipotético caso de que el banco pida justificar las operaciones, esas transacciones quedarán justificadas con el simple hecho de demostrar que son cuentas del mismo titular.
Por otra parte, el monto se va actualizando periódicamente. Su próxima revisión está afectada por el SITER y se va a realizar en el mes de diciembre para establecer un nuevo valor. Sin embargo, el monto que se determine recién empezará a regir dos meses después, es decir, a partir de febrero del 2025.
¿Cuáles son las consecuencias de no justificar el origen de los fondos y cuándo me empieza investigar AFIP?
Si bien los montos detallados anteriormente son un parámetro, en el caso de contar con dinero justificado el banco amplía este criterio. Es decir, con base en la información que cruza con distintos organismos, crea un perfil, en el cual establece los criterios de "razonabilidad" para operar.
Si dichos parámetros se superan, suelen pedir justificar el origen de los montos. Cabe aclarar que los valores y criterios que aplican las entidades financieras no es conocido por el público para evitar la especulación.
Con respecto a la justificación, se suele realizar a través de un correo electrónico, solicitando documentación respaldatoria que sustente las transacciones.
Entre los documentos más frecuentes se encuentran las facturas que se emitieron en los últimos 6 meses, recibos de sueldo, recibos de haberes jubilatorios y certificados de ingresos emitidos por contadores públicos, entre otros.
En caso de que no se justifique total o parcialmente las operaciones, es muy probable que el banco genere un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) y lo notifique a la Unidad de Información Financiera (UIF).
Luego, las acciones de dicho organismo varían considerablemente, ya que dependen de la "gravedad" del asunto. Es decir, no es igual no poder justificar 4 millones de pesos para una empresa que factura una gran cantidad mensual, que para una persona física con un ingreso formal equivalente a un salario mínimo.
Por otra parte, la Administración Federal de Ingresos Públicos dispone de una amplia gama de herramientas y recursos para identificar inconsistencias en las declaraciones de los contribuyentes.
En el caso de que detecte discrepancias significativas, como por ejemplo, gastos excesivos con relación a tus niveles de ingresos declarados, el organismo fiscalizador puede llevar a cabo un proceso de revisión y control con el objetivo de que se regularice la situación.
En otras palabras, cuando se presentan inconsistencias relevantes ante la AFIP, es muy probable que esta inicie una investigación. A pesar de esto, si las inconsistencias son mínimas, es posible que no lo haga ni emprenda un reclamo posterior, debido a que el procedimiento resultaría más costoso que el monto reclamado.
Por lo tanto, para evitar problemas con AFIP, lo ideal es contar con información que permita respaldar las operaciones de terceros. En el caso de transacciones entre bancos o billeteras virtuales propias, simplemente se debe acreditar la titularidad en ambas cuentas.